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11 NORMAS LEGALES Viernes 24 de octubre de 2025 El Peruano / bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la O fi cina de Administración y del jefe de la O fi cina de Presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego. Asimismo, establece que las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso de Gobierno Nacional, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, precisando que la resolución del titular del pliego se publica en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 237- 2021-CG, se aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, entre otras instituciones, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las sociedades de auditoría que sean designadas para realizar labores de control posterior externo; encontrándose contemplado el INACAL entre las entidades a cargo de efectuar la citada retribución económica; Que, el subnumeral 7.2.1.2 del artículo 7 de la Directiva N°006-2025-CG/GRECE “Gestión de Sociedades de Auditoría para la ejecución de Auditorias Financieras Gubernamentales”, aprobada con Resolución de Contraloría N°314-2025-CG, establece que la Gerencia de Recursos Estratégicos en Control Gubernamental (GRECE) de la Contraloría General de la República, solicita a las Entidades que son componentes signi fi cativos para la auditoría a la Cuenta General de la República, efectuar la transferencia para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las SOA y pagar el derecho de designación y supervisión, dentro del plazo de quince (15) días hábiles computados desde el día hábil siguiente de la noti fi cación de la solicitud. Asimismo, indica que el titular, la máxima autoridad administrativa o el representante legal de la Entidad, es el responsable de considerar en el presupuesto de la Entidad los recursos sufi cientes y la previsión presupuestal para solventar el costo de la Auditoría Financiera Gubernamental (AFG), conforme a lo dispuesto en la normativa sobre presupuesto del Sector Público; Que, con Memorando N° 000527-2025-INACAL/ DDE, la Dirección de Desarrollo Estratégico de la Calidad comunica a la O fi cina de Administración que mediante el O fi cio N° 000380-2025-CG/GAD, la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República solicita la transferencia de retribución económica, pago de derecho de designación y formato con información necesaria, a fi n de que designen una Sociedad de Auditoría (SOA) que realice la auditoría fi nanciera gubernamental al proyecto “Promoción de la economía circular en el sector turismo y manufacturero de Perú a través de la generación de capacidades en infraestructura de la calidad” Fase 1, por el monto de S/ 36 451,00 (Treinta y Seis Mil Cuatrocientos Cincuenta y Uno con 00/100 Soles); Que, mediante Memorando N° 001725-2025-INACAL/ OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, de acuerdo a lo solicitado en la Nota N° 000196-2025-INACAL/OA-EFCNT del Equipo Funcional de Contabilidad, emite la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 0000003545 por el monto de S/ 34 687,00 (Treinta y Cuatro Mil Seiscientos Ochenta y Siete con 00/100 Soles), por concepto de transferencia fi nanciera por retribución económica, así como la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 0000003546 por el monto de S/ 1 764,00 (Mil Setecientos Sesenta y Cuatro con 00/100 Soles) por concepto de pago de derecho de designación y supervisión, en el marco de la auditoría fi nanciera gubernamental al Proyecto “Promoción de la economía circular en el sector turismo y manufacturero de Perú a través de la generación de capacidades en infraestructura de la calidad”, Fase 1; Que, con Memorando N° 000838-2025-INACAL/ OA, la O fi cina de Administración remite el Informe N° 000044-2025-INACAL/OA-EFCNT de la Responsable del Equipo Funcional de Contabilidad, con el cual solicita se gestione la emisión de la Resolución de Presidencia Ejecutiva que autorice la transferencia fi nanciera por retribución económica a favor de la Contraloría General de la República hasta por la suma de S/ 34 687,00 (Treinta y Cuatro Mil Seiscientos Ochenta y Siete con 00/100 Soles), afectándose a la Fuente de fi nanciamiento: Donaciones y Transferencias, Meta 0025 “Promoción de la economía circular en el sector turismo y manufacturero de Perú a través de la generación de capacidades en la infraestructura de la calidad”, Fase 1, en las especí fi cas de gasto 2.4.1 3.1 1. A Otras Unidades del Gobierno Nacional, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y modi fi catoria. Asimismo, indica que procederá con el trámite de pago por derecho de designación o supervisión, a nombre de la Contraloría General de la República, por el monto de S/ 1 764,00 (Mil Setecientos Sesenta y Cuatro con 00/100 Soles); Que, mediante Informe N° 000209-2025-INACAL/ OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto señala que mediante Memorando N° 001725-2025-INACAL/OPP, emitió la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 0000003545 por el monto de S/ 34 687,00 (Treinta y Cuatro Mil Seiscientos Ochenta y Siete con 00/100 Soles), con cargo a la meta presupuestal 025 del Pliego INACAL, en la fuente de fi nanciamiento Donaciones y Transferencias, y especi fi ca de gasto 2.4.1 3.1 1. A Otras Unidades del Gobierno Nacional, por concepto de transferencia fi nanciera a la Contraloría General de la República para la Auditoría Financiera Gubernamental al Proyecto “Promoción de la economía circular en el sector turismo y manufacturero de Perú a través de la generación de capacidades en infraestructura de la calidad”, Fase 1, por el periodo 09/01/2024 - 08/01/2026, por lo que emite opinión favorable sobre la disponibilidad de fi nanciamiento para la realización de la transferencia fi nanciera por retribución económica a la Contraloría General de la República; Que, con Informe N° 000362-2025-INACAL/OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica emite opinión favorable respecto de la transferencia fi nanciera por retribución económica por el monto de S/ 34 687,00 (Treinta y Cuatro Mil Seiscientos Ochenta y Siete con 00/100 Soles), a favor de la Contraloría General de la República, en el marco de lo establecido en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y su modi fi catoria; Con las visaciones de la Dirección de Desarrollo Estratégico de la Calidad, de la O fi cina de Administración, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; la Ley N° 32185, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; el Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba la Sección Única del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Calidad – INACAL; la Directiva N° 006-2025-CG/GRECE “Gestión de Sociedades de Auditoría para la ejecución de Auditorias Financieras Gubernamentales”, aprobada por Resolución de Contraloría N° 314-2025- CG; y la Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG, Aprueban Tarifario que establece el monto de la retribución económica, así como el IGV y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría por el periodo a auditar, que se debe transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las Sociedades de Auditoría que sean designadas para realizar labores de control posterior externo; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República Autorizar la transferencia fi nanciera, con cargo al Presupuesto Institucional 2025 del Pliego 0244: Instituto Nacional de Calidad – INACAL, Unidad Ejecutora 001: