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10 NORMAS LEGALES Viernes 24 de octubre de 2025 El Peruano / PRODUCE Designan Jefa de Comunicaciones e Imagen Institucional de la Secretaría General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000352-2025- PRODUCE Lima, 23 de octubre de 2025 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el puesto de Jefe/a de Comunicaciones e Imagen Institucional de la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional de la Secretaría General del Ministerio de la Producción, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho puesto; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la señora AMPARO DEL ROCIO SANCHEZ RAMOS en el puesto de Jefa de Comunicaciones e Imagen Institucional de la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional de la Secretaría General del Ministerio de la Producción. Artículo 2.- La mencionada servidora debe presentar su Declaración Jurada de Ingresos, Bienes y Rentas y su Declaración Jurada de Intereses, conforme al procedimiento y plazos establecidos en la normatividad vigente. Regístrese, comuníquese y publíquese. CESAR MANUEL QUISPE LUJAN Ministro de la Producción 2451535-1 Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 000094-2025- INACAL/PE San Isidro, 22 de octubre del 2025 VISTO: El Memorando N° 000527-2025-INACAL/DDE de la Dirección de Desarrollo Estratégico de la Calidad; el Memorando N° 000838-2025-INACAL/OA de la O fi cina de Administración; el Informe N° 000044-2025-INACAL/ OA-EFCNT del Equipo Funcional de Contabilidad de la O fi cina de Administración; el Memorando N° 001725-2025-INACAL/OPP y el Informe N° 000209-2025-INACAL/OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 000362-2025-INACAL/ OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica y, la Nota N° 237-2025-INACAL/GG de la Gerencia General; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, establece que el Instituto Nacional de Calidad – INACAL, es un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, constituye Pliego Presupuestal, cuenta con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y fi nanciera; Que, en el marco de lo previsto en la Ley N° 32185, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000021-2024-INACAL/PE, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al año fi scal 2025 del Pliego 244: Instituto Nacional de Calidad - INACAL, por el monto total de S/ 36 771 161,00 (Treinta y Seis Millones Setecientos Setenta y Un Mil Ciento Sesenta y Uno y 00/100 Soles), por toda Fuente de Financiamiento; Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000008-2025-INACAL/PE, se autoriza la desagregación de recursos autorizados mediante Decreto Supremo N°010-2025-EF, Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 a favor de diversos Pliegos del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y diversos gobiernos locales, hasta por la suma de S/ 34 600,00 (Treinta y Cuatro Mil Seiscientos con 00/100 Soles) a favor del Pliego 244: Instituto Nacional de Calidad – INACAL, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas de la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, genérica de gasto 2.1 Personal y Obligaciones Sociales, para fi nanciar el costo del otorgamiento del bono excepcional y, por única vez, de S/ 200,00 (Doscientos con 00/100 Soles); Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000009-2025-INACAL/PE, se autoriza la incorporación de mayores ingresos públicos provenientes del Saldo de Balance en el Presupuesto del Pliego 244: Instituto Nacional de Calidad – INACAL para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 348 400,00 (Trescientos Cuarenta y Ocho Mil Cuatrocientos con 00/100 Soles), en la fuente de fi nanciamiento Donaciones y Transferencias, por concepto de la donación recibida de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) a favor de la intervención “Promoción de la Economía Circular en el sector turismo y manufactura de Perú a través de la generación de capacidades en la Infraestructura de la Calidad” – Fase 2; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000011-2025-INACAL/PE, se autoriza la incorporación de mayores ingresos públicos en el Presupuesto del Pliego 244: Instituto Nacional de Calidad – INACAL, por el monto total de S/ 737 029,00 (Setecientos Treinta y Siete Mil Veintinueve y 00/100 Soles) en la fuente de fi nanciamiento Donaciones y Transferencias, para la continuidad y culminación del proyecto “Promoción de la economía circular en el sector turismo y manufactura de Perú a través de la generación de capacidad en infraestructura de la calidad”, fi nanciado por AECID, correspondiente a la Fase 1; Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000093-2025-INACAL/PE, se autoriza la desagregación de recursos autorizados mediante Decreto Supremo N°214-2025-EF, hasta por la suma de S/ 451 384,00 (Cuatrocientos Cincuenta y Un Mil Trescientos Ochenta y Cuatro con 00/100 Soles) a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas con cargo al Pliego 244: Instituto Nacional de Calidad – INACAL, de la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, respecto de las Sociedades de Auditoría, establece que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República, para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría (SOA), previa solicitud de la Contraloría General de la República,