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5 NORMAS LEGALES Martes 28 de octubre de 2025 El Peruano / temática sobre controles sanitarios y fi tosanitarios de las importaciones basados en criterios cientí fi cos para facilitar el comercio seguro, eventos que se desarrollarán en los días 3 y 4 de noviembre del presente año, respectivamente; Que, durante la reunión del Grupo de Trabajo sobre Transparencia, se realizará una presentación sobre los resultados y recomendaciones del Proyecto APEC CTI_202_2024T sobre transparencia en noti fi caciones MSF, que incluyó un estudio de seguimiento y un diálogo público- privado con participación de las economías del Asia Pací fi co; Que, en la reunión formal del Comité MSF, se tiene previsto presentar en la discusión de PCE que afectan a los intereses nacionales el caso referido a Demoras indebidas de México en el proceso de evaluación para la reapertura de las importaciones de camarón peruano; Que, de conformidad con el artículo 82 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo aprobado por Resolución Ministerial Nº 216-2025-MINCETUR, la Dirección de Requisitos Técnicos al Comercio Exterior de la Dirección General de Políticas de Desarrollo de Comercio Exterior del Viceministerio de Comercio Exterior, tiene entre sus funciones, participar y representar al sector en las negociaciones comerciales internacionales y de integración comercial en materia de medidas sanitarias y fi tosanitarias, obstáculos técnicos al comercio y coherencia regulatoria; formular, coordinar y ejecutar las acciones relativas a la implementación, evaluación, monitoreo y administración de los acuerdos comerciales internacionales y de integración comercial, y de cooperación económica y social, en materia de medidas sanitarias y fi tosanitarias, obstáculos técnicos al comercio y coherencia regulatoria, y participar en los comités de los respectivos acuerdos comerciales y de integración comercial en materia de su competencia; Que, por tal razón, resulta de interés institucional la participación en representación del MINCETUR, de la señorita Carmen Pia Aranya Huamani, profesional de la Dirección de Requisitos Técnicos al Comercio Exterior de la Dirección General de Políticas de Desarrollo de Comercio Exterior del Viceministerio de Comercio Exterior, en la Nonagésima Tercera Reunión Formal del Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (MSF) de la OMC y reuniones conexas; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y sus modi fi catorias; la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que a prueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señorita Carmen Pia Aranya Huamani, profesional de la Dirección de Requisitos Técnicos al Comercio Exterior de la Dirección General de Políticas de Desarrollo de Comercio Exterior del Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 1 al 8 de noviembre de 2025, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo participe en las reuniones a que se re fi ere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, está a cargo del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y apellidosPasajes aéreos Clase Económica US$Zona GeográficaViáticos por día US$Total Viáticos US$ Carmen Pia Aranya Huamani3 031,52 Europa540,00 x 6 días 3 240,00Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la señorita Carmen Pia Aranya Huamani presenta a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá; asimismo, presenta la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.TERESA STELLA MERA GÓMEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 2452124-1 ECONOMÍA Y FINANZAS Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 a favor de la Reserva de Contingencia, del Instituto del Mar del Perú y de dos gobiernos locales DECRETO SUPREMO Nº 225-2025-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Vigésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas, durante el presente Año Fiscal, a realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional, con cargo a los recursos del presupuesto institucional de las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, por las fuentes de fi nanciamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, lo que comprende los recursos que se autoricen mediante modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional mediante una norma con rango de ley y los recursos que se asignen o trans fi eran para el fi nanciamiento de los fi nes de los Fondos en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, a favor de la Reserva de Contingencia a la que se re fi ere el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; las que se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; para tal fi n, se exceptúa a las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales de lo establecido en el literal b) del artículo 33 de la Ley Nº 32185; Que, el literal a) del numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, autoriza, de manera excepcional, durante el presente Año Fiscal, al Ministerio de Economía y Finanzas, a realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, con cargo a los recursos a los que se re fi ere el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, para fi nanciar los gastos asociados a la reactivación de la economía a través de la ejecución de la inversión, incluyendo proyectos que no se encuentren bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional considerados en el artículo 2 de la Ley Nº 32103, en ejecución e intervenciones de mantenimiento. Asimismo, el numeral 17.2 del artículo