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17 NORMAS LEGALES Martes 28 de octubre de 2025 El Peruano / Resolución de Gerencia General N° 000156-2025-GG- ONP; Que, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Evaluación de la Gestión, mediante el Informe N° 000415-2025-OPG-ONP, y la O fi cina de Asesoría Jurídica, mediante el Memorando N° 002616-2025-OAJ-ONP, que adjunta el Informe N° 000255- 2025-OAJ.AL-ONP, concluyen que es técnica y legalmente viable, respectivamente, la propuesta de delegación de facultades formulada por la O fi cina de Administración; Que, por las consideraciones precedentes, resulta necesario modi fi car la Resolución de Gerencia General N° 000127-2025-GG-ONP, con la fi nalidad de incluir la delegación de determinadas facultades asignadas al Gerente General, modi fi cada por la Resolución de Gerencia General N° 000156-2025-GG-ONP; Con los vistos de la Directora General de la O fi cina de Administración; del Director General de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Evaluación de la Gestión; del Director General de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido por el artículo 6 de la Ley N° 28532, Ley que establece la reestructuración integral de la O fi cina de Normalización Previsional; los artículos 10 y 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la ONP, aprobado por la Resolución Ministerial N° 174-2013-EF/10; la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009- 2025-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi cación Modifícase el artículo 1 de la Resolución de Gerencia General N° 000127-2025-GG-ONP, modi fi cada por la Resolución de Gerencia General N° 000156-2025-GG-ONP, conforme al siguiente texto: Artículo 1.- Delegación de facultades al/la Director/a General de la O fi cina de Administración Delégase las siguientes facultades al/la Director/a General de la O fi cina de Administración: (…) x) Aprobar las modi fi caciones a los contratos por acuerdo de las partes, por disposición de la entidad contratante o a solicitud del contratista, para alcanzar la fi nalidad del contrato de manera oportuna y e fi ciente y en consideración a la estrategia de contratación. Con la excepción de los supuestos establecidos en la Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento. y) Supervisar el cumplimiento de la obligación de otras entidades cuando se les solicite información u opinión técnica, en el marco de la estandarización de requerimientos. Artículo 1.1.- Delegación de facultad al/ la Coordinador/a de la Unidad Funcional de Abastecimiento Delégase la siguiente facultad al/la Coordinador/a de la Unidad Funcional de Abastecimiento Verifi car que los servidores de la Dependencia Encargada de las Contrataciones se encuentren certi fi cados como compradores públicos, conforme al nivel que corresponda a las actividades que realiza. Artículo 2.- Notifi cación Pónese en conocimiento la presente Resolución al/la Director/a General de la O fi cina de Administración. Artículo 3.- Publicación Dispónese la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano, en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe/onp) y en el Portal de Transparencia Estándar del Estado (www.transparencia. gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE ERNESTO MONTALVA DE F ALLA Gerente General 2452311-1ORGANISMOS AUTÓNOMOS CONTRALORÍA GENERAL Designan Jefe del Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional La Libertad RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 477-2025-CG Lima, 27 de octubre de 2025 VISTOS: La Hoja Informativa Nº 000252-2025-CG/VCG, de la Vicecontraloría de Control Gubernamental; la Hoja Informativa Nº 000036-2025-CG/GRLIB, de la Gerencia Regional de Control de la Libertad; el Memorando Nº 001253-2025-CG/GCH, de la Gerencia de Capital Humano; el Memorando Nº 001834-2025-CG/POLDEH, de la Subgerencia de Políticas y Desarrollo Humano; la Hoja Informativa Nº 000710-2025-CG/PER, de la Subgerencia de Personal y Compensaciones; la Hoja Informativa Nº 000846-2025-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica; y, el Memorando Nº 001124-2025-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias, el Jefe del Órgano de Control Institucional mantiene una vinculación de dependencia funcional y administrativa con la Contraloría General de la República, en su condición de ente técnico rector del Sistema, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones; Que, el artículo 19 de la citada Ley Nº 27785 dispone que esta Entidad Fiscalizadora Superior, aplicando el principio de carácter técnico y especializado del control, designa a los Jefes de los Órganos de Control Institucional de las entidades sujetas a control; asimismo, establece que las entidades sujetas a control proporcionarán los medios necesarios para el ejercicio de la función de control en dichas entidades, de acuerdo con las disposiciones que sobre el particular dicte la Contraloría General de la República; Que, el numeral 7.1.3 de la Directiva Nº 020- 2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada mediante Resolución de Contraloría Nº 392-2020-CG, y sus modi fi catorias, en adelante la Directiva de los OCI, establece que la designación en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional es una competencia exclusiva y excluyente de la Contraloría General de la República la cual se efectúa mediante Resolución de Contraloría publicada en el diario o fi cial El Peruano; Que, el numeral 7.1.3.1 de la citada Directiva establece que el Jefe del Órgano de Control Institucional designado por la Contraloría General de la República ejercerá sus funciones en una entidad por un periodo de tres (3) años; y que, por convenir a las necesidades del servicio y al interés institucional, podrá permanecer en el cargo por un periodo menor a los tres (3) años o, de ser el caso, prorrogar el periodo de designación hasta por un máximo de cinco (5) años en total; Que, de acuerdo con la actual normativa y conforme al modelo de control descentralizado orientado a resultados, la supervisión de la gestión en el uso de los recursos públicos debe asegurar una rendición de cuentas y el buen gobierno de las Entidades Públicas, cautelando la legalidad y e fi ciencia de sus actos y operaciones, así como las disposiciones para la correcta y transparente