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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025 (30/10/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Jueves 30 de octubre de 2025 El Peruano / CUL TURA Amplían vigencia del “Grupo de Trabajo encargado de la elaboración de una propuesta normativa de ingreso a zonas arqueológicas, museos y teatros administrados por el Ministerio de Cultura” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000278-2025-MC San Borja, 28 de octubre del 2025VISTOS: los Memorandos Nº 004382-2025-OGRH- SG/MC y Nº 004414-2025-OGRH-SG/MC de la O fi cina General de Recursos Humanos; el Memorando Nº 001951-2025-OGPP-SG/MC de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 001399-2025-OGAJ-SG/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, por la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria, se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 000135- 2025-MC, se crea el Grupo de Trabajo Sectorial, de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Cultura, denominado “Grupo de Trabajo encargado de la elaboración de una propuesta normativa de ingreso a zonas arqueológicas, museos y teatros administrados por el Ministerio de Cultura”, con el objeto de elaborar la propuesta normativa que conceda a los trabajadores del Ministerio de Cultura, activos, pensionistas y sus familiares, el ingreso libre a zonas arqueológicas, museos y teatros administrados por el Ministerio de Cultura; Que, el artículo 9 de la Resolución Ministerial Nº 000135-2025-MC, establece que el referido Grupo de Trabajo tiene una vigencia de noventa (90) días hábiles contados desde el día siguiente de su instalación; Que, mediante los Memorandos Nº 004382-2025-OGRH-SG/MC y Nº 004414-2025-OGRH-SG/MC, la O fi cina General de Recursos Humanos, en su calidad de Secretaría Técnica del referido Grupo de Trabajo, propone ampliar el plazo de vigencia en noventa (90) días hábiles adicionales al establecido en el artículo 9 de la Resolución Ministerial Nº 000135-2025-MC, a fi n de culminar con las acciones necesarias para el cumplimiento del objeto y funciones establecidas en su creación; Que, mediante el Memorando Nº 001951-2025-OGPP- SG/MC la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe Nº 000370-2025-OOM-OGPP/MC de la Ofi cina de Organización y Modernización, a través del cual emite opinión favorable a que se amplíe la vigencia del referido Grupo de Trabajo, a fi n de culminar con las acciones necesarias para el cumplimiento del objeto y funciones establecidas en su creación; Que, de conformidad con el numeral 28.1 del artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM, el Decreto Supremo Nº 064- 2021-PCM, y el Decreto Supremo Nº 097-2021-PCM: “Los grupos de trabajo son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica ni administración propia, que se crean para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fi scalización, propuesta o emisión de informes técnicos, tales como la elaboración de propuestas normativas, instrumentos, entre otros productos especí fi cos. Sus conclusiones carecen de efectos jurídicos sobre terceros”; Que, asimismo, el numeral 28.2 del artículo 28 de los citados lineamientos re fi ere que los grupos de trabajo “Pueden ser sectoriales o multisectoriales y se aprueban mediante resolución ministerial del ministerio del cual depende. Corresponde a la O fi cina General de Asesoría Jurídica o la que haga sus veces y a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces, validar la legalidad y sustento técnico para su creación, respectivamente. En el caso de los grupos de trabajo con una vigencia mayor a dos (2) años su creación requiere de la opinión técnica previa de la Secretaría de Gestión Pública (...)” ; Que, a través del Informe Nº 001399-2025-OGAJ-SG/ MC, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable a la propuesta de ampliación de la vigencia del Grupo de Trabajo creado mediante la Resolución Ministerial Nº 000135-2025-MC; Que, en ese sentido, resulta necesario emitir el acto resolutivo que amplíe el plazo de vigencia del “Grupo de Trabajo encargado de la elaboración de una propuesta normativa de ingreso a zonas arqueológicas, museos y teatros administrados por el Ministerio de Cultura” hasta noventa días hábiles adicionales al plazo establecido en el artículo 9 de la Resolución Ministerial Nº 000135-2025-MC; Con los vistos de la Secretaría General, de la O fi cina General de Recursos Humanos, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y, el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Ampliar la vigencia del “Grupo de Trabajo encargado de la elaboración de una propuesta normativa de ingreso a zonas arqueológicas, museos y teatros administrados por el Ministerio de Cultura”, hasta noventa (90) días hábiles adicionales al plazo establecido en el artículo 9 de la Resolución Ministerial Nº 000135-2025-MC. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de la publicación de la resolución en el diario ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFREDO MARTÍN LUNA BRICEÑO Ministro de Cultura 2453197-1 Determinan la Protección Provisional del sitio arqueológico Coayllo II y III, ubicado en el distrito de Coayllo, provincia de Cañete, departamento de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 000385-2025-DGPA- VMPCIC/MC San Borja, 24 de octubre del 2025Vistos, el Informe de Inspección N° 009-2025-LAMS- DCS-VMPCIC-MC en razón del cual la Dirección de Control y Supervisión de la Dirección General d44e Defensa del Patrimonio Cultural sustenta la propuesta para la determinación de la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Coayllo II y III, ubicado en el distrito de Coayllo, provincia de Cañete, departamento de Lima, los Informes N° 001631-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC e Informe N° 000202-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-MDR/MC de la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal; el Informe N° 000392-2025-DGPA-VMPCIC-ARD/MC de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, y;