NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (09/09/2025)
CANTIDAD DE PAGINAS: 56
TEXTO PAGINA: 8
8 NORMAS LEGALES Martes 9 de setiembre de 2025 El Peruano / g) Articular con el CND acciones para el desarrollo y uso de la IA y la gobernanza de datos. h) Concertar, cuando corresponda, con el CONCYTEC, las acciones de fomento, promoción, impulso e investigación en IA, así como con el PRODUCE las acciones de desarrollo y uso de la IA en el sector empresarial. i) Fomentar la participación activa de los Institutos Públicos de Investigación en el desarrollo, investigación e implementación de sistemas basados en IA, con el objetivo de generar soluciones innovadoras que atiendan demandas y necesidades especí fi cas de los diversos sectores del país. j) Articular con el Ministerio de Defensa acciones para la promoción, investigación y desarrollo de sistemas basados en IA en el ámbito de la seguridad y defensa nacional en el entorno digital. Artículo 12. Protección de Grupos Vulnerables en el desarrollo y uso de IA Todos los servicios digitales soportados en sistemas basados en IA, deben considerar plenamente las necesidades diferenciadas de mujeres, niñas, niños y adolescentes, adultos mayores, personas con discapacidad y grupos en situación de especial vulnerabilidad, garantizando que estos sean seguros, sostenibles, estables e inclusivos digitalmente. TÍTULO III FORMACIÓN DE CAPACIDADES Y DESARROLLO INNOVADOR Artículo 13. Formación de conocimientos y habilidades en IA 13.1 La SGTD, promueve y articula con las entidades de la Administración Pública, organizaciones de la sociedad civil, la academia y el sector privado, la identi fi cación y provisión de cursos, programas, talleres y otras modalidades formativas para crear capacidades en IA, a través de la Plataforma Nacional de Talento Digital. 13.2. La SGTD, articula con el Ministerio de Educación (MINEDU) la promoción del uso responsable, ético, transparente e inclusivo de la IA para desarrollo de las competencias estudiantiles en el marco del Currículo Nacional de la Educación Básica, con el objetivo de preparar al estudiantado para el futuro digital promoviendo la igualdad y cierre de brechas. Asimismo, se promueve la formación del personal docente en IA y tecnologías digitales para su aprovechamiento pedagógico en las instituciones educativas públicas y privadas. 13.3 La SGTD, fomenta y articula con los centros de educación técnico-productiva e institutos y escuelas de educación superior tecnológica y artística, universidad públicas y privadas, la implementación de programas de estudios, orientados al desarrollo de competencias en IA. Asimismo, fomenta la incorporación progresiva de contenidos relacionados con la IA en los programas de estudios vinculados a ingeniería de sistemas, ciberseguridad, ingeniería electrónica, ingeniería de software, ciencias de la computación, tecnologías de la información, matemáticas y demás disciplinas a fi nes, con el objetivo de fortalecer el per fi l profesional de los egresados y responder a las demandas de la transformación digital, promoviendo la participación igualitaria de las personas en la economía y sociedad digital. 13.4 El Ministerio de Defensa fomenta la formación de capacidades en su sector orientadas al ámbito de la Seguridad y Defensa Nacional, para lo cual articula con la SGTD, la academia y empresas del sector privado. Artículo 14. Campañas de sensibilización y compromiso a la ciudadanía La SGTD, articula acciones con las entidades de la Administración Pública, organizaciones de la sociedad civil, la academia y el sector privado a fi n de desarrollar sesiones de valor, actividades, programas, campañas de sensibilización y capacitación de la ciudadanía, a través de diversas iniciativas, como la “Alianza Nacional por una Internet Segura”, que tengan por fi nalidad:a) Generar un espacio o plataforma de difusión y alto grado de concientización en el uso seguro, responsable y ético de los sistemas basados en IA. b) Poner a disposición contenido que nos permita conocer los bene fi cios de la IA; así como experiencias internacionales al respecto. c) Generar espacios de re fl exión de la ciudadanía para evitar el uso indebido de los sistemas basados en IA, como la comisión de delitos informáticos, afectación a la reputación, honor, privacidad de datos u otros derechos fundamentales de las personas, así como la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, conforme está regulado en la Ley N° 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar. d) Aprender sobre el uso adecuado de sistemas basados en IA para generar bene fi cios en su actividad profesional y/o personal. Artículo 15. Formación y retención del talento nacional, y atracción del talento extranjero en IA 15.1 Las universidades, los centros de educación técnico-productiva, los institutos de educación superior y escuelas de educación superior públicos y privados y centros de investigación pueden implementar estrategias para atraer y retener talento nacional e internacional. Estas estrategias incluyen, sin ser limitativas, programas de mentorías, investigación conjunta y docentes visitantes, asegurando la sostenibilidad del conocimiento y la innovación en IA, en favor del desarrollo económico y social del país. 15.2 La SGTD, en articulación, cuando corresponda, con las autoridades competentes del SNTD, promueve la generación de comunidades o redes de especialistas y expertos en el uso de sistemas basados en IA, a nivel nacional e internacional para la transferencia de tecnología y de conocimientos; y, gestiona el apoyo de espacios multilaterales y multiactores, de la cual es parte. Artículo 16. Promoción de la IA para la mejora de la competitividad e innovación 16.1 Los integrantes del SNTD, en el ámbito de sus competencias, pueden promover y fomentar, a través de sus programas, proyectos, actividades o a fi nes, el desarrollo y fi nanciamiento del uso de la IA, para mejorar sus productos y servicios en favor del desarrollo económico y social del país, para lo cual, de ser necesario, articulan con la PCM a través de la SGTD. 16.2 La SGTD, en articulación con el CONCYTEC, con el apoyo de las entidades estatales y del sector privado, promueven la creación de laboratorios en IA, en universidades, institutos y escuelas de educación superior y centros de investigación. Para el caso de institutos y escuelas de educación superior tecnológica, la creación de laboratorios en IA debe sujetarse a los estándares vigentes en el marco de la Ley N° 30512. 16.3 La SGTD, en articulación con el PRODUCE, promueven la creación de laboratorios y áreas de I+D+i en las organizaciones del sector privado para facilitar el desarrollo de tecnologías de IA. 16.4 El CONCYTEC y las universidades fomentan la fi nanciación de programas formativos y proyectos de investigación en IA, y evalúan su e fi cacia considerando el número de publicaciones en IA en revistas indexadas. 16.5 Las entidades de la Administración Pública impulsan el desarrollo de Sistemas basados en IA de código abierto y otras alternativas para reducir las barreras de entrada al ecosistema tecnológico y de innovación del país y mejorar su e fi ciencia. TÍTULO IV FINANCIAMIENTO, INCENTIVOS Y MEDIDAS PROACTIVAS Artículo 17. Entorno de experimentación y prueba controlada para los sistemas basados en IA 17.1 El entorno de experimentación y prueba controlada para sistemas basados en IA es el conjunto organizado de reglas, tecnología y capacidades que buscan proveer un