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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (11/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 76

76 NORMAS LEGALES Jueves 11 de setiembre de 2025 El Peruano / Que, de la revisión del proyecto de modi fi cación de Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Gobierno Regional de Lima, se advierte que éste ha sido elaborado con arreglo a la normativa presupuestaria vigente y a la señalada en párrafos precedentes, por tanto, deviene en Precedente su formalización; Que, con fecha 18 de diciembre de 2024. se publicó en el Diario O fi cial “El Peruano la Ordenanza Regional Nº 012-2024-CR/GRL, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Lima, entrando en vigencia al día siguiente de su publicación, esto es, desde el 19 de diciembre de 2024. Asimismo, en su Artículo Tercero se dispone a ENCARGAR a la Gerencia General Regional Gobierno Regional de Lima, realizar los trámites necesarios para implementar la estructura orgánica respectiva, debiendo coordinar con las unidades de organización para su implementación; Que, mediante Resolución Gerencia General Regional Nº 006-2025-GRL/GGR se resuelve en su artículo segundo; APROBAR el “Cuadro de equivalencias de las Unidades de Organización del Gobierno Regional de Lima” así como el “Cuadro de siglas de las Unidades de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Lima”, de acuerdo a la estructura orgánica aprobada por la Ordenanza Regional Nº 012-2024-CR/GRL, y que en anexos forman parte de la presente resolución. Por tal motivo, el Gobierno Regional de Lima se encuentra en un proceso de implementación el cual mantiene la nomenclatura de O fi cina de Planeamiento Estratégico y Modernización a efectos de continuar con los procedimientos administrativos y legales hasta su completa implementación. Que, mediante el Acuerdo de Consejo Regional Nº 467-2024-CR/GRL de fecha 13-12-2024, se acordó DERIVAR el OFICIO Nº 889-2024-GRL/GOB, suscrito por la Abg. Rosa Gloria Vásquez Cuadrado - Gobernadora Regional de Lima, la misma que remite para su aprobación la propuesta de Ordenanza Regional que: MODIFICA EL REGLAMENTO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS, a la Comisión Ordinaria de Plani fi cación Estratégica, Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; para su análisis, estudio, seguimiento y dictamen fi nal correspondiente. En Sesión Extraordinaria del Consejo Regional de Lima, realizada el día 03 de julio de 2025, desde la Sala de Sesiones “José Luis Romero Aguilar y Víctor Fernando Terrones Mayta, in memoriam” del Consejo Regional de Lima, en la ciudad de Huacho, con los consejeros regionales presentes, se dio cuenta del pedido del visto; del debate entre los miembros del Consejo Regional de Lima, y; con el voto por UNANIMIDAD de los consejeros regionales participantes de la sesión extraordinaria del consejo regional, y; En uso de sus facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, modi fi cada por la Ley Nº 27680, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y sus modi fi catorias Leyes Nº 28968, Nº 29053 y Nº 31433; HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL: “REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA” Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Gobierno Regional de Lima; el mismo que, consta de treinta y tres (33) artículos y tres (03) disposiciones transitorias; y que se encuentran como anexo y parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO toda norma que contravenga a la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura, pase a comisiones y aprobación de acta.Artículo Cuarto.- PUBLICAR, la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” y en la página web del Estado Peruano (www.gob.pe/regionlima), para conocimiento y fi nes. En Huacho, a los tres días del mes de julio del año dos mil veinticinco. POR TANTO:Comuníquese a la señora Gobernadora del Gobierno Regional de Lima para su promulgación. VÍCTOR ARTURO URIBE TORRES Presidente del Consejo Regional de Lima Mando se comunique, publique y cumpla.Dado en la ciudad de Huacho, sede central del Gobierno Regional de Lima, a los dieciséis días del mes de julio del año dos mil veinticinco. ROSA GLORIA VÁSQUEZ CUADRADO Gobernadora Regional de Lima 2422686-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LINCE Aprueban el “Reglamento Interno para la Organización, Conformación y Funcionamiento de la Instancia de Articulación Local de Desarrollo e Inclusión Social de Lince” DECRETO DE ALCALDÍA N° 09-2025-MDL Lince, 2 de setiembre de 2025 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE VISTO: El Informe Técnico N° 00013-2025-MDL/GDH/ SSPPS, de fecha 20 de agosto de 2025, de la Subgerencia de Salud Pública y Programas Sociales; el Informe N° 00089-2025-MDL/GDH, de fecha 27 de agosto de 2025, de la Gerencia de Desarrollo Humano; el Informe N° 00330-2025-MDL-OGAJ, de fecha 29 de agosto de 2025, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; el Proveído N° 01820-2025-MDL/GM, de fecha 01 de setiembre de 2025, de la Gerencia Municipal; y; CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad a lo dispuesto en el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidad, Ley N° 27972, concordante con el artículo 194° de la Constitución Política del Perú; Que, de conformidad con los artículos 194° y 195° de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades tienen competencias, entre otras, para organizar, reglamentar y administrar los servicios públicos, es de su responsabilidad plani fi car el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones y ejecutar los planes y programas correspondientes; Que, mediante el artículo 73° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, se reconoce que las municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de competencia, para promover el desarrollo integral y viabilizar el crecimiento