NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (11/09/2025)
CANTIDAD DE PAGINAS: 80
TEXTO PAGINA: 67
67 NORMAS LEGALES Jueves 11 de setiembre de 2025 El Peruano / provisional del Distrito Fiscal de Amazonas, designándola en la Fiscalía Especializada en Violencia Contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Río Santiago - Yutupis. Artículo Segundo .- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Amazonas, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, Ofi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2437283-5 Nombran fiscales adjuntos provinciales provisionales del Distrito Fiscal de Amazonas RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 2778-2025-MP-FN Lima, 10 de setiembre de 2025VISTOS: El o fi cio N° 001647-2025-MP-FN-CN-FEVCMYGF e informe N° 00052-2025-MP-FN-OREF-LLA, y; CONSIDERANDO: Mediante el o fi cio de vistos, la Coordinadora Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, eleva las propuestas en terna para ocupar los cargos de fi scales adjuntos provinciales en la Fiscalía Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Huampami - Cenepa. Con informe N° 000715-2025-MP-FN-UEDFAMAZ- APH, emitido por el Área de Potencial Humano del Distrito Fiscal de Amazonas, se informa que las plazas mencionadas en el primer párrafo cuentan con registro en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) y con disponibilidad presupuestal para ser ocupadas. Mediante el Decreto de Urgencia N° 005-2025, se establecieron medidas económicas y fi nancieras para la implementación del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la protección y sanción de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar (SNEJ) en la provincia de Condorcanqui del Distrito Judicial de Amazonas; en virtud del cual, con el artículo segundo de la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 042-2025-MP-FN-JFS, de fecha 1 de julio de 2025, se resolvió crear la Fiscalía Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Huampami - Cenepa, conformada por 1 fi scal provincial y 4 fi scales adjuntos provinciales. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley N° 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modi fi cada por la Ley N° 31718, señala que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. El Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC N° 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria. En ese sentido, es necesario emitir el resolutivo correspondiente a fi n de nombrar y designar a los abogados Sandra Angie Mercedes Amaro Tello, Laura Stefany Chinchay Abad, Gina Vanessa Dávalos Laura y Wilder Perez Alvarado, para que ocupen provisionalmente los cargos de fi scales adjuntos provinciales en la Fiscalía Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Huampami - Cenepa; en atención al marco normativo, previa veri fi cación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe N° 00052-2025-MP-FN-OREF-LLA, de fecha 5 de septiembre de 2025. De conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada con el Decreto Legislativo N° 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley N° 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero .- Nombrar como fi scales adjuntos provinciales provisionales del Distrito Fiscal de Amazonas, designándolos en la Fiscalía Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Huampami - Cenepa, a los siguientes abogados: - Sandra Angie Mercedes Amaro Tello - Laura Stefany Chinchay Abad - Gina Vanessa Dávalos Laura - Wilder Perez Alvarado Artículo Segundo .- Disponer que la O fi cina General de Potencial Humano realice las acciones que correspondan, considerando el régimen laboral al que se encuentra sujeto la abogada Gina Vanessa Dávalos Laura. Artículo Tercero .- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Amazonas, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, Ofi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y a los abogados mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2437283-6