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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (15/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Lunes 15 de setiembre de 2025 El Peruano / Que, a través de la Resolución Ministerial N° 228- 2025-VIVIENDA, se aprueba el nuevo Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del PASLC; el mismo que cuenta con el cargo de Ejecutivo de la Unidad de Gestión de Inversiones como empleado de con fi anza; razón por la cual, a través del Memorando 358-2025-VIVIENDA-VMCS/PASLC se encargó temporal- mente las funciones de Ejecutivo de la Unidad de Gestión de Inversiones a la señora Gayle Violeta Vargas Escalante. Que, en ese sentido, se ha visto por conveniente designar a la persona que se desempeñará en el cargo de con fi anza de Ejecutivo de la Unidad de Gestión de Inversiones del PASLC, tomando en cuenta el nuevo CAP Provisional del PASLC; Que, a través del Informe N° 117-2025/VMCS/PASLC/ UA de fecha 12 de setiembre de 2025, la Unidad de Administración remite el Informe N° 162-2025/MVCS/ PASLC/UAEGTRH, el cual veri fi ca que el señor Luis Alberto Hidalgo Colquicocha, propuesto para la designación en el cargo de Ejecutivo de la Unidad de Gestión de Inversiones del PASLC, cumple con los requisitos establecidos para ocupar dicho cargo; asimismo, mediante el Informe N° 263-2025-VIVIENDA/VMCS/PASLC/UPP, se cuenta con la opinión favorable de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, en el marco de sus competencias; Que, a través del Informe N° 671-2025-VIVIENDA/ VMCS/PASLC/UAL, de fecha 12 de setiembre de 2025, la Unidad de Asesoría Legal remite el proyecto de resolución directoral; Con la visación de la Unidad de Administración, de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto y de la Unidad de Asesoría Legal del PASLC, y;De conformidad con lo previsto en el Decreto Supremo N° 008-2017-VIVIENDA, modi fi cado por Decreto Supremo N° 006-2018-VIVIENDA y por Decreto Supremo N° 008-2023-VIVIENDA, y estando la Resolución Ministerial N° 357-2024-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar, a partir del 15 de septiembre de 2025, al señor Luis Alberto Hidalgo Colquicocha en el cargo de con fi anza de Ejecutivo de la Unidad de Gestión de Inversiones del Programa Agua Segura para Lima y Callao del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo 2.- Dejar sin efecto a partir del 15 de septiembre de 2025, la Resolución Directoral N° 033-2025-VIVIENDA-VMCS-PASLC y el Memorando 358-2025- VIVIENDA-VMCS/PASLC. Artículo 3.- Encargar a la Unidad de Administración la noti fi cación de la presente resolución a las demás Unidades del Programa Agua Segura para Lima y Callao, así como la publicación del mismo en el Diario Ofi cial “El Peruano”, así como en el portal institucional de la Entidad. Regístrese y comuníquese. GIOVANNA DE LOURDES ALMEIDA RAMOS Directora EjecutivaPrograma Agua Segura para Lima y Callao 2438311-1 ORGANISMOS EJECUTORES CENTRAL DE COMPRAS PÚBLICAS Aprueban modificación del Documento de Información Complementaria del rubro Suministros, componentes y accesorios eléctricos y de iluminación del Listado de Fichas Técnicas RESOLUCIÓN JEFATURAL - D N° 000063-2025- PERÚ COMPRAS-JEFATURA San Isidro, 11 de setiembre del 2025VISTOS: El Informe-D Nº D000078-2025-PERÚ COMPRAS- DE, del 25 de agosto de 2025, emitido por la Dirección de Estandarización; el Informe-D N° 000128-2025-PERÚ COMPRAS-OAJ del 3 de setiembre de 2025, emitido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas (Perú Compras), y; CONSIDERANDO: Que, la Central de Compras Públicas (Perú Compras) es un Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que goza de personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; Que, mediante Decreto Supremo N° 066-2025- EF, se aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Central de Compras Públicas (Perú Compras); Que, el literal a) del artículo 4 del ROF establece que entre las competencias y funciones de Perú Compras se encuentra el “Promover, conducir y efectuar, según corresponda, la estandarización de los requerimientos del Estado, así como gestionar el listado de fi chas técnicas y determinar sus características” ;Que, el numeral 264.2 del artículo 264 del Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2025- EF, en adelante, el “Reglamento”, señalan que “A través de la fi cha técnica se estandarizan los requerimientos de bienes y servicios comunes” ; por su parte, el artículo 265 estipula que “Perú Compras genera y aprueba los documentos de información complementaria de las fi chas técnicas, los que se encuentran publicados en la Pladicop. Estos documentos pueden ser objeto de modi fi cación o exclusión, previo sustento técnico” . Que el numeral 8.3.1 de las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva N° 001-2025-PERÚ COMPRAS, denominada “ Directiva para la gestión de la lista de fi chas técnicas ”, aprobada por Resolución Jefatural N° 000048- 2025-PERÚ COMPRAS-JEFATURA de fecha 17 de abril de 2025, en adelante, “la Directiva”, establece que la Dirección de Estandarización implementa actividades de sostenimiento para mantener actualizado el Listado de Fichas Técnicas, entre ellas la Revisión del contenido técnico de los Documentos de Información Complementaria, conforme lo estipula el literal d) del refi ero numeral; Que, asimismo, el literal a) del numeral 8.3.14 de las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva establece que, la Dirección de Estandarización, mediante informe recomienda a la Jefatura, la modi fi cación del Documento de Información Complementaria, en atención a los supuestos: (1) La variación de la información consignada en el Documento de Información Complementaria sustentada en los documentos técnicos de referencia o en la homogeneización realizada por las entidades públicas; (2) Mejoras en la presentación de la información contenida en el Documento de Información Complementaria, para coadyuvar a una mejor comprensión de dicho documento; y, la (3) La variación de la información a raíz de la inclusión, modi fi cación o exclusión de Fichas Técnicas ; Que, por su parte el literal d) del precitado numeral, señala que “Con el informe de la Dirección de Estandarización en el que se recomienda la modi fi cación del Documento de Información Complementaria, la Jefatura de Perú Compras, a través de Resolución Jefatural aprueba la modi fi cación del Documento de Información Complementaria. La Resolución Jefatural de aprobación se publica en la Pladicop y en la sede digital de Perú Compras” ;