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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (16/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Martes 16 de setiembre de 2025 El Peruano / Que, a través de la Resolución Viceministerial N° 045-2022-MINEDU, se aprueba el documento normativo denominado “Disposiciones sobre la Estrategia Nacional de Refuerzo Escolar para estudiantes de los niveles de Educación Primaria y Secundaria de Educación Básica Regular - movilización nacional para el progreso de los aprendizajes”; Que, mediante los Informes N° 00629-2025-MINEDU/ VMGP-DIGEBR-DES y N° 01191-2025-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DES, elaborados por la Dirección de Educación Primaria, la Dirección de Educación Secundaria, la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe y la Dirección de Servicios Educativos en el Ámbito Rural y el O fi cio Nº 01183-2025-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DES de la Dirección de Educación Secundaria, se sustenta la necesidad de aprobar la propuesta de norma técnica denominada “Disposiciones para la implementación de la Estrategia Nacional de Refuerzo Escolar para estudiantes de los niveles de Educación Primaria y Secundaria de Educación Básica Regular”; Que, la propuesta de norma técnica tiene como objetivo establecer disposiciones, criterios y procedimientos de gestión pedagógica para la implementación de la Estrategia Nacional de Refuerzo Escolar en las instituciones educativas públicas de Educación Básica Regular, a nivel nacional, dirigida a los estudiantes de los niveles de Educación Primaria y Secundaria, en los ámbitos urbano y rural, incluyendo las que implementan los diversos modelos de servicio educativo; Que, resulta necesario derogar la Resolución Viceministerial N° 045-2022-MINEDU, que aprueba el documento normativo denominado “Disposiciones sobre la Estrategia Nacional de Refuerzo Escolar para estudiantes de los niveles de Educación Primaria y Secundaria de Educación Básica Regular - movilización nacional para el progreso de los aprendizajes”, dado que la materia que regula dicho documento normativo se encuentra comprendida en la propuesta de norma técnica; Que, de acuerdo al Informe N° 00629-2025-MINEDU/ VMGP-DIGEBR-DES y a los documentos que obran en el expediente, la propuesta de norma técnica cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Gestión Descentralizada, la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar y la Dirección General de Desarrollo Docente; Que, mediante el Informe N° 01233-2025-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, emite opinión técnica favorable para continuar con el trámite de aprobación de la propuesta de norma técnica; por cuanto, en materia de plani fi cación se encuentra alineada con las orientaciones y objetivos estratégicos e institucionales del sector Educación; y en materia presupuestal, no irrogará gastos adicionales a los programados en el Presupuesto Institucional del Pliego 010: M. de Educación, correspondiente al Año Fiscal 2025; Que, con el Informe Nº 01213-2025-MINEDU/SG- OGAJ y el O fi cio N° 00468-2025-MINEDU/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina que la aprobación de la propuesta de norma técnica, así como su resolución de aprobación; resultan legalmente viables; Que, mediante el literal a) del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 008-2025-MINEDU, el Titular de la Entidad delega en la Viceministra de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2025, la facultad de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modi fi can o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, en la Ley N° 28044, Ley General de Educación, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y en virtud a las facultades delegadas mediante la Resolución Ministerial Nº 008-2025-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la norma técnica denominada “Disposiciones para la implementación de la Estrategia Nacional de Refuerzo Escolar para estudiantes de los niveles de Educación Primaria y Secundaria de Educación Básica Regular”; la misma que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Derogar la Resolución Viceministerial N° 045-2022-MINEDU que aprueba el documento normativo denominado “Disposiciones sobre la Estrategia Nacional de Refuerzo Escolar para estudiantes de los niveles de Educación Primaria y Secundaria de Educación Básica Regular - movilización nacional para el progreso de los aprendizajes”. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y de su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ESTHER CUADROS ESPINOZA Viceministra de Gestión Pedagógica 2438726-1 ENERGÍA Y MINAS Otorgan a favor de GR CHABARBAMBA S.A.C. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto “Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Macarena – S.E. Poroma”, ubicado en el distrito de Marcona, provincia de Nasca, departamento de Ica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 290-2025- MINEM/DM Lima, 10 de setiembre de 2025 VISTOS: El Expediente Nº 14418725 sobre la solicitud de otorgamiento de concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica para el proyecto “Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Macarena – S.E. Poroma”, presentada por la empresa GR CHABARBAMBA S.A.C.; el Informe Nº 564-2025-MINEM/ DGE-DCE, de la Dirección General de Electricidad; el Informe Nº 0827-2025-MINEM/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante documento con Registro Nº 3950450, de fecha 11 de marzo de 2025, la empresa GR CHABARBAMBA S.A.C. solicita el otorgamiento de la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica para el proyecto “Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Macarena – S.E. Poroma”, ubicado en el distrito de Marcona, provincia de Nasca, departamento de Ica; Que, de acuerdo a la memoria descriptiva del proyecto, este consiste en la construcción de una línea de transmisión en 220 kV desde la S.E. Macarena hasta la S.E. Poroma ─cuya longitud es de 6,26 km ─, a fi n de permitir la conexión y evacuación de la energía generada por la futura Central Solar Fotovoltaica Macarena hacia el Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN); Que, de conformidad con el artículo 28 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, la solicitud de concesión que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 25, debe resolverse en un plazo máximo de sesenta (60) días hábiles a partir de la fecha de su presentación, sin considerar la presentación de los