NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (16/09/2025)
CANTIDAD DE PAGINAS: 100
TEXTO PAGINA: 31
31 NORMAS LEGALES Martes 16 de setiembre de 2025 El Peruano / RELACIONES EXTERIORES Disponen la reapertura de la Embajada del Perú en la República de Filipinas, con sede en la ciudad de Manila RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 138-2025-RE Lima, 15 de setiembre de 2025CONSIDERANDO:Que, los Gobiernos de la República del Perú y de la República de Filipinas establecieron relaciones diplomáticas el 30 de noviembre de 1974; Que, el Perú mantuvo una Embajada residente en Manila, capital de Filipinas, durante los años 1980 a 1993 y de 1995 a 2003. Desde entonces, el Perú ha acreditado como Embajador concurrente al Embajador de la República del Perú en el Reino de Tailandia, con residencia en Bangkok; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 0270- 2024-RE, se aprueba el Plan Estratégico Sectorial Multianual PESEM 2024-2030 del Sector Relaciones Exteriores. Dicho plan recoge las acciones estratégicas AES.01.1, AES.01.4, AES.01.5 y AES.01.6, referidas, respectivamente, a mejorar el posicionamiento del Perú en la cooperación internacional; fortalecer la proyección internacional del Perú en regiones estratégicas, mecanismos de integración y organismos internacionales; mejorar la inserción del Perú en los mercados internacionales e incrementar la presencia cultural del Perú en el exterior; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0190-2025- RE, se aprueba el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2025-2030 del Pliego 008: Ministerio de Relaciones Exteriores, en el que se establece como misión y propósito fundamental del Ministerio, el promover, proteger y defender en el sistema internacional los intereses del Estado peruano y sus nacionales, contribuyendo al desarrollo sostenible del Perú, fortaleciendo la soberanía nacional y respetando el Derecho Internacional, de manera continua y articulada; Que, el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2025– 2030 del Ministerio de Relaciones Exteriores contempla como Objetivo Estratégico Institucional OEI.01 el fortalecimiento de la proyección internacional del Perú en regiones estratégicas, mecanismos de integración y organismos internacionales, incluyéndose en el mismo la Acción Estratégica Institucional AEI.01.04 referida a fortalecer las relaciones con los países del Asia y Oceanía y foros regionales, particularmente con China, Japón, República de Corea, India y el Sudeste Asiático; Que, asimismo, el referido Plan Estratégico Institucional (PEI) 2025 – 2030 del Ministerio cuenta con los Objetivos Estratégicos Institucionales OEI.02, OEI.06 y OEI.10, referidos, respectivamente, a mejorar la inserción del Perú en los mercados internacionales, al incremento de la presencia cultural del Perú en el exterior y al fortalecimiento de nuestro posicionamiento en la dinámica de cooperación Internacional. Sobre este último OEI.10, es importante destacar su Acción Estratégica Institucional AEI.10.03 referida a promover intervenciones de cooperación triangular y Sur – Sur integrales para el Perú; Que, en ese marco, la República de Filipinas destaca por su relevancia política en el Sudeste Asiático, por su ubicación geográ fi ca estratégica en el Asia Pací fi co, por su base demográ fi ca de alrededor de 113 millones de habitantes, y por su próspero desempeño económico, convirtiéndose en una de las economías de mayor crecimiento en dicha región; Que, asimismo, la República de Filipinas es miembro fundador y tiene un papel relevante en la Asociación de Naciones del Sudeste Asiático (ASEAN), considerado el bloque de integración más sólido y exitoso de la región y pieza clave en el entorno geopolítico asiático, cuyos miembros forman parte de una región con los mayores índices de crecimiento económico y desarrollo inclusivo, que aportan a la construcción de un espacio regional de estabilidad, paz y seguridad; Que, el Perú ha venido desarrollando una política de diversi fi cación de su política exterior, profundizando activamente sus relaciones con todos los países de la región Asia Pací fi co. En el marco de su activa inserción en dicha región, el Perú forma parte del Foro de Cooperación Económica Asia – Pací fi co (APEC) desde 1998; adhirió al Tratado de Amistad y Cooperación en el Sudeste Asiático (TAC), en 2019; y obtuvo el estatus de “socio de desarrollo” de ASEAN, en 2024; Que, contar con una embajada residente en la República de Filipinas impulsa y fortalece la relación bilateral en los ámbitos político–diplomático, económico–comercial, cientí fi co–tecnológico, de promoción de inversiones y turismo, y consular, habida cuenta de la importancia y amplio potencial de la relación bilateral; Que, la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas del 18 de abril de 1961 dispone que el establecimiento de relaciones diplomáticas entre Estados y el envío de misiones diplomáticas permanentes se efectúa por consentimiento mutuo; Que, mediante Nota Diplomática N° 025 2070, del 13 de junio de 2025, la República de Filipinas ha manifestado su consentimiento con relación a la reapertura de la Embajada residente del Perú en su capital, cumpliéndose de esta forma con lo dispuesto en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas; Que, de conformidad con el literal b) del numeral 41.1 del artículo 41 del Reglamento del Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Mejora de la Calidad Regulatoria, aprobado por Decreto Supremo N°023-2025-PCM, la presente propuesta de resolución suprema se considera excluida del alcance del AIR Ex Ante, al encontrarse fuera de los supuestos establecidos en el numeral 33.2 del artículo 33 del presente Reglamento. Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el numeral 11 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por Decreto Supremo N°047-2021-RE; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0516-2025-RE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Reapertura de la Embajada del Perú en la República de Filipinas Se dispone la reapertura de la Embajada del Perú en la República de Filipinas, con sede en la ciudad de Manila, su capital. Artículo 2.- Asignación de recursos Se asignan los recursos necesarios para la reapertura y sostenimiento de la Embajada del Perú en la República de Filipinas, a través del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 3.- Refrendo La presente Resolución Suprema es refrendada por el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ELMER SCHIALER SALCEDO Ministro de Relaciones Exteriores 2438849-1