NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (18/09/2025)
CANTIDAD DE PAGINAS: 52
TEXTO PAGINA: 10
10 NORMAS LEGALES Jueves 18 de setiembre de 2025 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, el artículo 13 de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, crea el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura (ahora, Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI); Que, de conformidad con el literal c) del artículo 14 de la citada Ley, el SERFOR tiene entre sus funciones emitir y proponer normas y lineamientos de alcance nacional relacionados con la gestión, administración y uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre; Que, el artículo 25 de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre establece que la zoni fi cación forestal tiene por fi nalidad delimitar, de manera obligatoria, técnica y participativa, las tierras forestales, de fi niendo las alternativas de uso del recurso forestal y de fauna silvestre. Asimismo, señala que el reglamento de la norma establece la metodología, plazos, condiciones y criterios sociales, económicos, culturales y ambientales aplicables, garantizando el respeto a los derechos de las poblaciones locales; Que, conforme al artículo 26 del mismo cuerpo normativo, la zoni fi cación forestal constituye un proceso técnico, participativo y obligatorio, que se realiza con enfoque ecosistémico, en concordancia con la zoni fi cación ecológico-económica y con los instrumentos de plani fi cación y gestión territorial a nivel regional. Además, establece que el reglamento de fi ne la metodología y el procedimiento aplicables, los cuales son de carácter vinculante para la gestión forestal; Que, asimismo, el artículo 27 de dicha Ley establece las categorías de zoni fi cación forestal, las cuales comprenden: a) Zonas de Producción Permanente, b) Zonas de Protección y Conservación Ecológica, c) Zonas de Recuperación, y d) Zonas de Tratamiento Especial; Que, por su parte, el artículo 27 del Reglamento de Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, señala que, a fi n de determinar las categorías de la Zoni fi cación Forestal, el SERFOR aprueba una Guía Metodológica como un documento técnico que contiene, entre otros, los criterios y lineamientos para asignar las diferentes categorías de zoni fi cación y unidades de ordenamiento forestal; la metodología para el desarrollo de los procesos participativos; los criterios del sistema de monitoreo y evaluación de la Zoni fi cación Forestal; y el procedimiento de actualización e incorporación de información sobre la Zoni fi cación Forestal en tierras de comunidades campesinas y comunidades nativas; Que, en el marco del referido artículo, el SERFOR, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 168-2016-SERFOR-DE, aprueba la “Guía Metodológica de Zoni fi cación Forestal” como documento técnico para establecer los criterios que determinan las categorías de zonifi cación; Que, mediante la Resolución de Dirección Ejecutiva N° D000145-2025-MIDAGRI-SERFOR-DE, de fecha 03 de agosto de 2025, se publica en el Diario O fi cial El Peruano, la propuesta de actualización de la “Guía Metodológica para la Zoni fi cación Forestal”, por un plazo de quince (15) días calendario, contados a partir del día siguiente de su publicación, a efectos de recibir los comentarios y/o aportes de las personas interesadas; Que, bajo ese marco normativo, la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre, a través del Memorando N° D001165-2025-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS, mani fi esta su conformidad al Informe Técnico N° D000991-2025- MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DCZO, el cual sustenta la formulación y aprobación mediante Resolución de Dirección Ejecutiva, de la propuesta de actualización de la “Guía Metodológica para la Zoni fi cación Forestal”, con el fi n de optimizar la implementación de la zoni fi cación para identi fi car las categorías forestales; Que, asimismo, la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, a través del Memorando N° D000978-2025-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS, mani fi esta su conformidad al Informe Técnico N° D000382-2025-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS-DPR de la Dirección de Política y Regulación, en el cual opina que el proyecto de actualización de la Guía Metodológica para la Zoni fi cación Forestal se ha realizado en concordancia con la normativa vigente, considerándola jurídica y técnicamente viable para su aprobación; Que, por su parte, la O fi cina General de Asesoría Jurídica mediante el Informe Legal N° D000401-2025- MIDAGRI-SERFOR-GG-OGAJ, bajo el sustento técnico contenido en el Informe Técnico N° D000991-2025-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DCZO y en el Informe Técnico N° D000382-2025-MIDAGRI-SERFOR- DGPCFFS-DPR, concluye que resulta legalmente viable que el Director Ejecutivo, en el marco de la función establecida en el literal m) del artículo 10 del ROF del SERFOR, emita el acto resolutivo que disponga la publicación de la propuesta de actualización de la Guía Metodológica para la Zoni fi cación Forestal; Que, conforme a lo previsto en el artículo 14 del Reglamento para la Gestión Forestal aprobado por Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, la Dirección Ejecutiva del SERFOR es la máxima autoridad ejecutiva institucional; asimismo, las normas expedidas por el SERFOR, son aprobadas por dicha instancia mediante Resolución de Dirección Ejecutiva; Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre, del Director General (e) de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre y del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, el Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, y el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI y su modi fi catoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer la aprobación de la actualización de la “Guía Metodológica para la Zoni fi cación Forestal”, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 168-2016-SERFOR-DE, de fecha 27 de julio de 2016, con la que se aprueba la “Guía Metodológica para la Zoni fi cación Forestal”. Artículo 3.- Encargar a la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre, en coordinación con la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, realice las capacitaciones y/o asistencia técnica necesarias para implementar lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 4.- Disponer la noti fi cación de la presente Resolución a la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre, para la acción prevista en el Artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano; así como la publicación de dicho acto resolutivo y el documento mencionado en el Artículo 1, en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR https://www.gob.pe/serfor. Regístrese, comuníquese y publíquese. DESIDERIO ERASMO OTÁROLA ACEVEDO Director Ejecutivo Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre 2439749-1 Aprueban el Régimen de incentivos para el pago de las multas administrativas impuestas por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº D000174-2025- MIDAGRI-SENASA-JN La Molina, 10 de setiembre del 2025