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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (18/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Jueves 18 de setiembre de 2025 El Peruano / Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución ministerial al Consejo Directivo del Fondo Nacional de Capacitación Laboral y de Promoción del Empleo – FONDOEMPLEO; y al señor Edgar Auberto Quispe Remón, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 2439803-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Modifican los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada de las localidades del departamento de Cusco, aprobado por la R.VM. N° 108-2004-MTC/03 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 0071-2025-MTC/03 Lima, 9 de setiembre de 2025 VISTO, el Informe N° 1583-2025-MTC/28.01 de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; CONSIDERANDO:Que, el artículo 11 de la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Televisión, concordado con el artículo 6 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC y sus modi fi catorias, en adelante el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establece que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y en general cuanto concierne a la gestión del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión; Que, el artículo 7 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, dispone que toda asignación de frecuencias para el servicio de radiodifusión se realiza en base al Plan Nacional de Asignación de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalización y de Asignación de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusión y determina las frecuencias técnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignación de Frecuencias son aprobados por Resolución Viceministerial; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 108- 2004-MTC/03 y sus modi fi catorias, se aprobó los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) para distintas localidades del departamento de Cusco; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe Nº 1583-2025-MTC/28.01, propone la incorporación de la localidad de PANGOA-POYENTIMARI-ZONAKISHIATO, a los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) del departamento de Cusco; e indica que en la elaboración de su propuesta, ha observado lo dispuesto en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobado por Resolución Ministerial N° 358-2003-MTC/03 y sus modi fi catorias, así como lo establecido por el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión; De conformidad con la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Televisión y sus modi fi catorias, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modi fi catorias, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modi fi catorias, el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por la Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1 .- Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Viceministerial Nº 108-2004-MTC/03 que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) de las localidades del departamento de Cusco, a fi n de incorporar el plan de la localidad de PANGOA-POYENTIMARI-ZONAKISHIATO, conforme se indica a continuación: Localidad: PANGOA-POYENTIMARI-ZONAKISHIATO Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización CanalesPlan de Asignación Frecuencia (MHz) 233 94.5 241 96.1 249 97.7 265 100.9 281 104.1 Total de canales: 5 La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será de 0.1 kW. Las estaciones a instalarse en esta localidad son secundarias de acuerdo a lo previsto en el artículo 16 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y están sujetas a los parámetros técnicos establecidos en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas con Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias. Artículo 2.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones debe considerar las condiciones técnicas previstas en los Planes de Asignación de Frecuencias aprobados, en la evaluación de las solicitudes de autorización y de modi fi cación de características técnicas. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLO RENATO DE LOS SANTOS LA SERNA Viceministro de Comunicaciones 2438910-1 Modifican los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en UHF, para distintas localidades del departamento de Puno, aprobado por la R.VM. N° 187-2004-MTC/03 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 0072-2025-MTC/03 Lima, 10 de setiembre de 2025 VISTO: el Informe Nº 1657-2025-MTC/28.01 de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; CONSIDERANDO:Que, el artículo 11 de la Ley N° 28278, Ley de Radio y Televisión, concordado con el artículo 6 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC y sus modi fi catorias, en adelante el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establece que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la