NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (21/09/2025)
CANTIDAD DE PAGINAS: 72
TEXTO PAGINA: 7
7 NORMAS LEGALES Domingo 21 de setiembre de 2025 El Peruano / publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2024-JUS; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial N° 199-2025-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31742, Ley que promueve el fortalecimiento, transparencia y meritocracia del Servicio Civil a través de la implementación de la Plataforma Integrada para la Gestión Electrónica de Recursos Humanos, y su respectiva Exposición de Motivos, en las sedes digitales de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/ pcm) y de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (www. gob.pe/servir). Artículo 2.- Establecer el plazo de quince (15) días calendario, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial, para recibir los comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas y/o privadas y de la ciudadanía en general; las mismas que deben ser remitidas a través del Formulario de Registro - Mesa de Partes, disponible en https://app02.servir.gob.pe/mpv-web/#/info/form; o a través del correo electrónico politicas@servir.gob.pe o, presentados en la Mesa de Partes presencial de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, ubicada en el pasaje Francisco de Zela N° 150, distrito de Jesús María, de lunes a viernes de 08:30 a 16:30 horas. Artículo 3.- Encargar a la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, recibir, procesar y sistematizar los comentarios, aportes u opiniones que se presenten. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Presidente del Consejo de Ministros 2440734-1 AMBIENTE Aprueban el documento “Activos estratégicos para ser considerados como inversiones de optimización, de ampliación marginal, de rehabilitación y de reposición (IOARR), en la tipología de inversión pública: Gestión Integral de Residuos Sólidos Municipales” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00228-2025- MINAM Lima, 19 de setiembre de 2025VISTOS; el Informe Nº 00348-2025-MINAM/VMGA/ DGGRS/DGMRS de la Dirección de Gestión y Manejo de Residuos Sólidos; el Memorando Nº 01424-2025- MINAM/VMGA/DGGRS de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos; el Memorando Nº 01627-2025-MINAM/VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe Nº 00657-2025-MINAM/SG/OGPP/OPPMI de la O fi cina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones; el Memorando Nº 01116-2025-MINAM/SG/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 00769-2025-MINAM/SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella; Que, mediante el artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 1252, se crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, como sistema administrativo del Estado, con la fi nalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país; Que, de acuerdo al numeral 9.1 y el inciso 3 del numeral 9.3 del artículo 9 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, aprobado por el Decreto Supremo Nº 284-2018- EF, en adelante el Reglamento, el Órgano Resolutivo es el Ministro, el Titular o la máxima autoridad ejecutiva del Sector, el cual tiene entre sus funciones, designar a la Ofi cina de Programación Multianual de Inversiones del Sector, así como a su responsable, de acuerdo con el perfi l profesional que establece la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el inciso 10 del numeral 10.3 del artículo 10 del Reglamento, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 074-2023-EF, establece que la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones del Sector tiene la función de veri fi car que las inversiones, de su ámbito de responsabilidad funcional, a formularse o aprobarse, según corresponda; y a ejecutarse se encuentren alineadas con los objetivos priorizados y metas respecto al cierre de brechas de infraestructura o de acceso a servicios establecidos en la programación multianual de inversiones y cumplan con los criterios de priorización aprobados por el Sector; adicionalmente, cuando se requiera fi nanciamiento, veri fi car que las inversiones a ejecutarse cumplan con la metodología general del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, las metodologías especí fi cas sectoriales y las normas técnicas que le sean aplicables; Que, de acuerdo con el inciso 4 del numeral 12.3 del artículo 12 del Reglamento, las Unidades Formuladoras tienen la función de cautelar que las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación (IOARR) no contemplen intervenciones que constituyan proyectos de inversión, ni correspondan a gasto corriente, entre otros; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 167-2017-MINAM, se designa, entre otros, a la O fi cina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Ambiente como unidad orgánica encargada de realizar las funciones de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Ambiente; Que, con el artículo 1 de la Resolución Directoral Nº 004- 2019-EF/63.01, se aprueba, entre otros, los “Lineamientos para la identi fi cación y registro de las inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y de Reposición”, cuyo numeral 1.1.2 establece que corresponde a las O fi cinas de Programación Multianual de Inversiones de los Sectores del Gobierno Nacional, defi nir el listado de activos estratégicos vinculados al (los) servicio (s) que presta la Unidad Productora (UP) y al Clasi fi cador de Responsabilidad Funcional, en coordinación con el ente rector del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de inversiones; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 288-2020- MINAM, se aprueban los indicadores de brechas de infraestructura o de acceso a servicios públicos del Sector Ambiente, para su aplicación en la Fase de Programación Multianual de Inversiones de los tres niveles de gobierno; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 166-2021- MINAM, se aprueba el documento “Activos estratégicos para ser considerados como inversiones de optimización, de ampliación marginal, de rehabilitación y de reposición (IOARR), en la tipología de inversión: Gestión Integral de Residuos Sólidos Municipales”; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 00213-2024-MINAM, se aprueba la modi fi cación de siete (7) indicadores de brecha de infraestructura o acceso a servicios públicos del Sector Ambiente, entre los cuales