Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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30 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de agosto de 2026 El Peruano / Migratorio de la Dirección de Registro y Control Migratorio de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, a partir del 19 de agosto de 2026. Artículo 2.- Requiérase al personal indicado en el artículo 1 de la presente resolución, la presentación de la Declaración Jurada de Intereses y Declaración Jurada de Ingresos, Bienes y Rentas, dentro de los plazos establecido en la normativa sobre la materia. Artículo 3.- Disponer que la O fi cina de Recursos Humanos noti fi que la presente resolución al señor CARLOS EDUARDO DIAZ QUEPUY; así como, la Unidad de Imagen y Comunicación efectúe la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES (www.gob.pe/migraciones) y en el Portal de Transparencia Estándar. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS FARES YUNIS HERRERA Superintendente 2544903-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Implementan el Módulo Corporativo de Familia en el Segundo Juzgado Especializado de Familia de Cañete de la Corte Superior de Justicia de Cañete; y dictan otras disposiciones PRESIDENCIA DEL CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000086-2026 -P-CE-PJ Lima, 18 de agosto del 2026 VISTO: El O fi cio N° 000103-2026-CR-PPRFAMILIA-PJ, cursado por el señor Johnny Manuel Cáceres Valencia, Consejero Responsable del Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia”. CONSIDERANDO: Primero.- El señor Consejero Responsable del Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia”, mediante O fi cio N° 000103-2026-CR-PPRFAMILIA-PJ, solicita a este Órgano de Gobierno la implementación del Módulo Corporativo de Familia en la Corte Superior de Justicia de Cañete y su incorporación al Proyecto Piloto “Oralidad en los Procesos Judiciales de Tenencia y Régimen de Visitas”. Segundo.- Mediante Resolución Administrativa N° 371-2020-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó el modelo de Despacho Judicial Corporativo de Familia y su implementación progresiva en las Cortes Superiores de Justicia. Asimismo, posteriormente, mediante Resolución Administrativa N° 000185-2023- CE-PJ, se aprobó la actualización del “Reglamento de Funcionamiento” y el “Manual de Organización y Funciones - Tipo” del Módulo Corporativo de Familia, con el propósito de implementar en los distritos judiciales el modelo de Despacho Judicial Corporativo Familia. Tercero.- La implementación del Módulo Corporativo de Familia en las Cortes Superiores de Justicia se encuentra alineada con el “Plan Estratégico Institucional del Poder Judicial, orientado al cumplimiento de sus objetivos y acciones estratégicas”, particularmente en lo referido al fortalecimiento de la celeridad de la administración de justicia y al impulso de mejora de la calidad del servicio de justicia, en bene fi cio de la sociedad. Cuarto.- En el marco de la modernización del servicio de justicia en materia de familia, mediante Resolución Administrativa N° 000490-2023-CE-PJ se aprobó el proyecto piloto “Oralidad en los Procesos Judiciales de Tenencia y Régimen de Visitas”, disponiéndose su implementación inicial en las Cortes Superiores de Justicia del Callao, Tacna, Arequipa y Piura. Quinto.- La implementación de la oralidad permite aplicar principios procesales orientados a la simpli fi cación, inmediatez, o fi ciosidad, celeridad y fl exibilidad de los procesos de tenencia y régimen de visitas, estableciendo procedimientos e fi caces, para la intervención del equipo multidisciplinario, fortaleciendo la conciliación y optimizando la realización de audiencias especiales y audiencias únicas. Sexto.- A través de la Resolución Administrativa N° 000042-2026-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó el Plan de Trabajo del Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia”, en el cual se contempla dentro del Eje 02: Apoyo a los Despachos Judiciales, la implementación progresiva de la oralidad a nivel nacional, previa evaluación técnica y recomendación del programa, garantizando su alineación con los principios de e fi ciencia, celeridad y acceso a la justicia. Séptimo.- Que, la Corte Superior de Justicia de Cañete, mediante O fi cio N.º 000377-2026-P-CSJCÑ- PJ, solicitó la evaluación de viabilidad de implementar el Módulo Corporativo de Familia y el proyecto piloto. En ese contexto, a través del Informe N° 000003-2026-PPR-CSJCÑ-PJ se acreditaron condiciones técnicas, organizativas y operativas adecuadas para su implementación. Octavo.- Conforme al Informe N.º 000089-2026-RT- PPR FAMILIA -PJ, elaborado por la secretaria técnica del Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia”, se concluye que la Corte Superior de Justicia de Cañete cuenta con los requisitos necesarios para operar bajo el modelo de despacho judicial corporativo, y sumarse al referido proyecto piloto de la oralidad, al contar con la infraestructura, recursos adecuados y el compromiso institucional requerido. Noveno .- Que, la implementación de la corporativización coadyuvará en la tramitación de los procesos judiciales, permitiendo atender a un mayor número de bene fi ciarios. Además, considerando la necesidad de optimizar la atención de los procesos en materia de familia y brindar un servicio más ágil, oportuno y transparente en los casos de tenencia y régimen de visitas, resulta pertinente autorizar la implementación del Módulo Corporativo de Familia y la incorporación al proyecto piloto en mención a la Corte Superior de Justicia de Cañete. Décimo .- De conformidad con el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, con cargo a dar cuenta al Pleno de este Órgano de Gobierno, RESUELVE:Artículo Primero.- Implementar el Módulo Corporativo de Familia en el Segundo Juzgado Especializado de Familia de Cañete de la Corte Superior de Justicia de Cañete, a partir del 19 de agosto de 2026, con sus respectivos equipos jurisdiccionales, administrativos y equipo multidisciplinario. Artículo Segundo.- Aprobar la implementación del Proyecto Piloto “Oralidad en los Procesos de Tenencia y Régimen de Visitas” en el órgano jurisdiccional antes precisado de la Corte Superior de Justicia de Cañete.