Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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66 NORMAS LEGALES Domingo 30 de agosto de 2026 El Peruano / sede propuesta en la Comunidad Nativa Nuevo Mundo cuenta con afectación en uso del inmueble, condiciones operativas iniciales, informe de riesgo bajo, conectividad básica y mejor ubicación relativa frente a la actual atención desde Quillabamba. 4.7 La propuesta cuenta con respaldo social e institucional, incluyendo procesos de socialización con actores locales, opinión favorable de la UGEL La Convención y UGEL Pichari Kimbiri Villa Virgen, así como alineamiento con el Proyecto Educativo Regional del Cusco al 2036. 4.8 Corresponde elevar al Consejo Regional el Proyecto de Ordenanza Regional que crea la UGEL Megantoni, incorporando los contenidos mínimos exigidos por la Norma Técnica y disponiendo las acciones posteriores para su inscripción provisional y defi nitiva en el RENDUGEL”; Que, mediante Informe Legal N° 026-GR-C/ GEREDU-C/OAJ, de fecha 29 de abril de 2026, la O fi cina de Asesoría Jurídica de la GEREDU, al respecto de la creación de la UGEL de Megantoni concluye lo siguiente: “4.1. La propuesta de creación de la Unidad de Gestión Educativa Local de Megantoni cumple con los requisitos y criterios técnicos establecidos en la Resolución Viceministerial N° 047-2015-MINEDU. 4.2. El Ministerio de Educación, mediante Informe N° 00019-2026-MINEDU/VMGI-DIGEGED-DAGED, ha emitido opinión técnica favorable para la creación de la UGEL Megantoni. 4.3. Se encuentra acreditada la necesidad pública de desconcentrar la gestión educativa en el distrito de Megantoni, debido a sus características geográ fi cas, territoriales, culturales e interculturales. 4.4. El Gobierno Regional del Cusco ha garantizado la sostenibilidad presupuestal y operativa para la implementación y funcionamiento de la nueva UGEL, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. 4.5. Desde el punto de vista jurídico, técnico y administrativo, resulta viable la creación de la Unidad de Gestión Educativa Local de Megantoni, ubicada en el distrito de Megantoni, provincia de La Convención, departamento del Cusco” Que, mediante Memorándum N° 1093-2026-GR CUSCO/GRPPM, de fecha 04 de mayo de 2026, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, emite opinión señalando lo siguiente: “Resulta procedente remitir a la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica la documentación vinculada al proyecto de Ordenanza Regional que crea la Unidad de Gestión Educativa Local - UGEL Megantoni a fi n de que emita la opinión legal correspondiente y se continúe el trámite para su elevación al Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco. El expediente técnico de creación de la UGEL Megantoni ya fue evaluado por el Ministerio de Educación mediante el Informe N° 00019-2026-MINEDUNMGI-DIGEGED- DAGED, emitido en el marco de la Norma Técnica aprobada por Resolución Viceministerial N° 047-2015-MINEDU. El pronunciamiento técnico sectorial del Ministerio de Educación acredita el cumplimiento de los requisitos del Anexo I de la Norma Técnica y sustenta la viabilidad de la creación de la UGEL Megantoni, considerando criterios de sostenibilidad, mejora de la calidad del servicio educativo y enfoque territorial. No resulta necesario requerir informes adicionales de la Subgerencia de Planeamiento ni de la Subgerencia de Modernización como condición previa para la remisión del expediente a la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, toda vez que el Ministerio de Educación ya evaluó los componentes técnicos, territoriales, organizacionales e instrumentales exigidos por la Norma Técnica El componente presupuestal se encuentra acreditado mediante el Infome N0 131-2026-GR CUSCO/GRPPM y el Informe N0 368-2026-GR CUSCO/GRPPM-SGPR, que sustentan la disponibilidad y sostenibilidad presupuestal para la creación e implementación de la UGEL Megantoni hasta por el monto de S/ 3,615,767.00. La O fi cina Regional de Asesoría Jurídica deberá evaluar la legalidad del proyecto de Ordenanza Regional, la competencia del Consejo Regional, la consistencia normativa del expediente y la procedencia de su elevación para aprobación. Precisar que, el proyecto de ordenanza adjunto al presente, incluye la propuesta remitida por la Gerencia Regional de Educación, adicionando algunas consideraciones y argumentos adicionales”; Que, mediante Memorándum N° 1136-2026-GR CUSCO/GRPPM, de fecha 06 de mayo de 2026, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, remite información complementaria al sustento técnico para la emisión de la Ordenanza Regional que crea la UGEL Megantoni, el cual señala: “Por lo expuesto, de la veri fi cación efectuada, se advierte que la propuesta de Ordenanza Regional que aprueba la creación de la Unidad de Gestión Educativa Local de Megantoni contiene los elementos mínimos requeridos por la Norma Técnica aprobada mediante Resolución Viceministerial N° 047-2015-MINEDU, en lo referido a nombre, sede, ámbito jurisdiccional, anexos, instrumentos de gestión, plazo de adecuación, fi nanciamiento, publicación e inscripción en el RENDUGEL. Para fi nes de veri fi cación de los anexos citados en el texto de la Ordenanza Regional, corresponde tener por adjuntos los mapas del ámbito jurisdiccional y el anexo de listado de instituciones educativas, los cuales forman parte integrante de la propuesta normativa y permiten constatar la delimitación territorial y la cobertura educativa de la UGEL Megantoni”; Que, mediante Informe Legal N° 381-2026-GR CUSCO/ORAJ, la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable a la Propuesta de Ordenanza Regional, que aprueba la “LA CREACIÓN DE LA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE MEGANTONI CON SEDE EN LA COMUNIDAD NATIVA DE NUEVO MUNDO, DISTRITO DE MEGANTONI, PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y DEPARTAMENTO DE CUSCO”; Que, mediante Ordenanza Regional N° 282-2026-CRC/GRC, de fecha 09 de junio de 2026, el Pleno del Consejo Regional aprueba la creación de la Unidad de Gestión Educativa Local de Megantoni - UGEL Megantoni, como instancia de ejecución descentralizada del Gobierno Regional de Cusco, con autonomía en el ámbito de su competencia, dependiente de la Gerencia Regional de Educación Cusco; Que, mediante O fi cio N° 170-2026-GR CUSCO/SG, de fecha 12 de junio de 2026, la Secretaría General advirtió observaciones a la Ordenanza Regional, consistentes en la falta de los Anexos 1 y 2 requeridos para su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, así como en de fi ciencias de redacción en los artículos quinto y octavo de la citada Ordenanza Regional. En atención a dichas observaciones, mediante O fi cio N° 858-2026- GR CUSCO-CR/SCR, de fecha 26 de junio de 2026, la Secretaría del Consejo Regional devolvió el expediente para el levantamiento de las observaciones formuladas; Que, mediante Informe N° 278-2026-GR CUSCO/ GEREDU, de fecha 03 de julio de 2026, la Gerencia Regional de Educación remite el Informe N° 194-2026-GR CUSCO/GEREDU-DIGI, de fecha 02 de julio de 2026 de la Dirección de Gestión Institucional, mediante el cual se absuelven las observaciones formuladas y se adjuntan los documentos faltantes señalados en el numeral precedente; Que, mediante Informe N° 309-2026-GR CUSCO/ ORAJ, de fecha 10 de julio de 2026, la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, remite informe sobre el levantamiento de observaciones efectuando las aclaraciones y precisiones correspondientes respecto de la publicación de la Ordenanza Regional N° 282-2026-CRC/GRC y de su implementación, de conformidad con los procedimientos y competencias previstos en el ordenamiento jurídico vigente; Que, mediante Memorándum N° 277-2026-GR CUSCO/GR, la Gobernación Regional formuló precisiones a la Ordenanza Regional N° 282-2026-CRC/GRC, de fecha 9 de junio de 2026, proponiendo la incorporación y modi fi cación de la referida Ordenanza Regional. Dichas precisiones se sustentan en lo señalado en el Informe N° 00019-2026-MINEDU/VMGI-DIGEGED-DAGED y se adecuan a los lineamientos establecidos en la Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa, Ley N° 26889, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2022-JUS; Que, mediante Informe Legal N° 572-2026-GR CUSCO/ORAJ, la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable a las precisiones formuladas por la Gobernación Regional mediante Memorándum N° 277-2026-GR CUSCO/GR respecto de la Ordenanza Regional N° 282-2026-CRC/GRC, de fecha 9 de junio de 2026, a fi n de que el Consejo Regional de Cusco incorpore en la exposición de motivos el texto contenido en el referido Memorándum y, asimismo, modi fi que los artículos