Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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3 NORMAS LEGALES Domingo 18 de octubre de 2026 El Peruano / PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Aprueban “Lineamientos para la Gestión y el Manejo de Cadáveres y Restos Humanos en situaciones de emergencias y desastres” RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES N° 005-2026-PCM/ SGRD Lima, 14 de octubre de 2026CONSIDERANDO: Que, por el artículo 1 de Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (Ley del SINAGERD), se crea dicho sistema como un sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la fi nalidad de identi fi car los riesgos asociados a peligros, priorizar la prevención para evitar la generación de nuevos riesgos, reducir o minimizar sus efectos así como la preparación y respuesta ante situaciones de emergencia o desastre, mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres; Que, el artículo 3 de la citada Ley N° 29664, de fi ne a la Gestión del Riesgo de Desastres como un proceso social cuyo fi n último es la prevención, la reducción y el control permanente de los factores de riesgo de desastre en la sociedad, así como la adecuada preparación y respuesta ante situaciones de desastre, considerando las políticas nacionales con especial énfasis en aquellas relativas a materia económica, ambiental, de seguridad, defensa nacional y territorial de manera sostenible. Asimismo, está basada en la investigación cientí fi ca y de registro de informaciones, y orienta las políticas, estrategias y acciones en todos los niveles de gobierno y de la sociedad con la fi nalidad de proteger la vida de la población y el patrimonio de las personas y del Estado; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento de la Ley N° 29664, el INDECI tiene, entre otras funciones, “9.1 Asesorar y proponer al ente rector la normativa que asegure procesos técnicos y administrativos que faciliten la preparación, la respuesta y la rehabilitación”; Que, artículo 31 del Reglamento de la Ley N° 29664 aprobado con Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, establece que el Proceso de la Respuesta como parte integrante de la Gestión del Riesgo de Desastres, está constituida por el conjunto de acciones y actividades, que se ejecutan ante una emergencia o desastre, inmediatamente de ocurrido éste, así como ante la inminencia del mismo; Que, el numeral 2.21 del artículo 2 del Reglamento de la Ley N° 29664 aprobado con Decreto Supremo N° 048- 2011-PCM, precisa que los Planes especí fi cos en Gestión del Riesgo de Desastres: “Constituyen instrumentos técnicos elaborados en concordancia con el marco establecido por el Plan Nacional de Gestión del riesgo de Desastres, los lineamientos aprobados por el ente rector del SINAGERD, y el presente reglamento; Que, el numeral 5.2 de los “Lineamientos para la formulación y aprobación del Plan de Gestión Reactiva.” aprobado mediante Resolución de Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres N° 005-2025/PCM, establece que el Plan de Gestión Reactiva, es “un instrumento técnico elaborado en concordancia con el PLANAGERD y de acuerdo al presente lineamiento, que detalla las acciones especí fi cas para la implementación de los procesos de Preparación, Respuesta y Rehabilitación, aprobado por las entidades públicas de los tres niveles de gobierno, de acuerdo a sus competencias”. Asimismo, la estructura establecida por dichos Lineamientos, para la elaboración del mencionado Plan, considera un Protocolo de Respuesta, cuyo contenido desarrollado en el Anexo 1 Contenido del Plan de Gestión Reactiva, incluye en lo que corresponde a la Respuesta Complementaria, al “Manejo de Cadáveres y Restos Humanos”; Que, el Plan Nacional de Operaciones de Emergencia (PNOE), aprobado mediante Resolución Ministerial N° 237-2022-PCM, constituye el instrumento técnico-operativo a nivel nacional, que contiene el detalle de las acciones para responder de manera efectiva ante la ocurrencia de un desastre, a fi n de procurar una óptima respuesta en caso de una declaratoria de estado de emergencia nacional en el nivel 5; Dicho Plan Nacional considera al Manejo de Cadáveres y Restos Humanos, entre las acciones de Salud, incluyéndolo a su vez en el Protocolo de Respuesta. Que, en dicho contexto legal, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), mediante O fi cio N° 001112-2026-INDECI/GG, complementado con el Ofi cio N° 0001995-2026-INDECI/GG, sustentado en los Informe Técnico N° 000151-2026-INDECI/DIRES y N° 000044-2026-INDECI/DIPPE, de la Dirección de Respuesta y Dirección de Políticas, Planes y Evaluación, respectivamente, e Informe Legal N° 000181-2026-INDECI/OAJ, de la O fi cina de Asesoría Jurídica del INDECI, propone y sustenta el proyecto normativo denominado “Lineamientos para la Gestión y el Manejo de Cadáveres y Restos Humanos en situaciones de emergencias y desastres”; Que, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la PCM aprobado por Resolución Ministerial N°239-2026-PCM, dispone que la Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres es el órgano de línea que ejerce la rectoría del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, con autoridad técnico normativa a nivel nacional responsable de proponer, articular, implementar y evaluar la política en materia de gestión del riesgo de desastres; así como de proponer y aprobar normas, directivas, estándares, lineamientos, mecanismos, instrumentos y demás disposiciones, en materia de su competencia, asimismo, realiza, entre otras, las funciones de seguimiento a la implementación y funcionamiento del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, en el marco del ejercicio de dicha rectoría; Que, los “Lineamientos para la Gestión y el Manejo de Cadáveres y Restos Humanos en situaciones de emergencias y desastres” tienen por fi nalidad articular las acciones de las entidades competentes en la Gestión y el Manejo de Cadáveres y Restos Humanos en situaciones de emergencias y desastres, de acuerdo al marco normativo vigente sobre la materia promoviendo un manejo seguro, adecuado, respetuoso y digno; Que, a través del Informe N° D000022-2026-PCM- SGRD-BAS, se recomienda la aprobación de los “Lineamientos para la Gestión y el Manejo de Cadáveres y Restos Humanos en situaciones de emergencias y desastres”, cuya propuesta ha sido presentada por el INDECI; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar los “Lineamientos para la Gestión y el Manejo de Cadáveres y Restos Humanos en situaciones de emergencias y desastres”, que como Anexo forma parte de la presente Resolución de Secretaría; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29664 y su modi fi catoria, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM y sus modi fi catorias; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 239-2026-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación Aprobar los “Lineamientos para la Gestión y el Manejo de Cadáveres y Restos Humanos en situaciones de emergencias y desastres”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución de Secretaría.