Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE OCTUBRE DEL AÑO 2026 (29/10/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 130

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 129

129 NORMAS LEGALES Jueves 29 de octubre de 2026 El Peruano / Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial del Ministerio de Transporte y Comunicaciones. Que, mediante OFICIO N° 008-2026-SGSYT-GTSV- MPC, de fecha 23 de junio del 2026, la Sub Gerencia de Sanciones y Transporte, solicita al MTC evaluación de viabilidad y/o conformidad sobre el proyecto de ordenanza. Que, mediante OFICIO N° 1413-2026-MTC/18, de fecha 30 de julio del 2026, la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, remite el INFORME N° 1079-2026-MTC/18.01 de fecha 24 de julio del 2026, expedido por la Dirección de Políticas y Normas de Transporte Vial del MTC, quienes concluyen: 1.-Las observaciones realizadas mediante el INFORME N° 0852-2025-MTC/18.01, en forma general se han levantado, 2.- Subsiste la observación realizada en el numeral 3.7 al 3.10 del presente informe, la misma que una vez levantada, la Municipalidad de Cañete podrá proseguir con la aprobación de la indicada ordenanza, no siendo necesaria su elevación nuevamente al MTC. Asimismo, deberá tener en cuenta la recomendación realizada en el numeral 3.11. Que, mediante INFORME N° 080-2026-SGSYT- GTSV-MPC, recepcionado el 07 de agosto de 2026, la Subgerencia de Sanciones y Transporte emitió opinión técnica favorable respecto al proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador y la Imposición de Sanciones Administrativas derivadas de la comisión de infracciones a las normas de transporte y tránsito terrestre, así como el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS), señalando la necesidad de contar con un instrumento normativo actualizado que permita garantizar la legalidad, e fi cacia y uniformidad de los procedimientos sancionadores desarrollados por la Municipalidad Provincial de Cañete; Que, mediante MEMORANDUM N° 775-2026-GTSV- MPC, de fecha 07 de Agosto de 2026, la Gerencia de Transporte y Seguridad Vial otorgó conformidad técnica al proyecto de Ordenanza, concluyendo que su aprobación permitirá fortalecer las acciones de fi scalización, control y sanción de las infracciones en materia de transporte y tránsito terrestre dentro de la jurisdicción provincial; Que, mediante INFORME LEGAL N° 934-2026-OGAJ- MPC, de fecha 20 de agosto de 2026, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emitió opinión legal favorable para la aprobación de la presente Ordenanza, al encontrarse conforme con la Constitución Política del Perú, la Ley N° 27972, la Ley N° 27181, la Ley N° 27444, el Decreto Supremo N° 004-2020-MTC y demás normativa aplicable; Que, mediante MEMORANDUM N° 1716-2026-GM- MPC, recepcionado el 24 de agosto de 2026, el Gerente Municipal, eleva los actuados a la O fi cina General de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria, para que se derive a la Comisión de Transporte y Seguridad Vial, para su evaluación y posterior dictamen correspondiente. Que, mediante INFORME N° 1891-2026-OGACYGD- MPC, de fecha de 24 de agosto de 2026, la O fi cina General de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria, remite a la Comisión de Transporte y Seguridad Vial a fi n de que se emita el dictamen correspondiente y posteriormente sea elevado al pleno de concejo municipal. Que, mediante INFORME N° 002-2026-SAJC-CTYSV- MPC, recepcionado el 17 de setiembre de 2026, el Servicio Especializado en Gestión Pública, concluye que el Proyecto de Ordenanza bajo el análisis es TÉCNICA Y LEGAMENTE VIABLE, resultando prioritario para el ordenamiento del Transporte urbano y la seguridad vial de la Provincia de Cañete. Recomienda remitir lo actuado, junto con el informe, a los miembros de la Comisión de Transporte y Seguridad Vial para su deliberación y/o debate correspondiente, y posterior elevación al pleno de Concejo Municipal. Que, a través del DICTAMEN N° 002-2026-CTYSV- MPC, de fecha de 16 de setiembre de 2026, la Comisión de de Transporte y Seguridad Vial, luego de ver los antecedentes, opina favorablemente por UNANIMIDAD por la aprobación de “REGLAMENTO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR Y LA IMPOSICIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS DERIVADAS DE LA COMISIÓN DE INFRACCIONES A LAS NORMAS DE TRANSPORTE Y TRÁNSITO TERRESTRE EN LA JURISDICCIÓN DE CAÑETE”, Y, EL “CUADRO ÚNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES (CUIS) EN MATERIA DE TRANSPORTE Y TRÁNSITO TERRESTRE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE” Que, resulta necesario contar con un régimen normativo actualizado que regule el procedimiento administrativo sancionador y establezca el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones en materia de transporte y tránsito terrestre, garantizando la seguridad jurídica, el debido procedimiento administrativo y el adecuado ejercicio de la potestad sancionadora de la Municipalidad Provincial de Cañete. Estando a lo expuesto, de conformidad con lo establecido en el numeral 8 del Artículo 9°, así como en los Artículos 39° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, el Concejo Municipal por unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL “REGLAMENTO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR Y LA IMPOSICIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS DERIVADAS DE LA COMISIÓN DE INFRACCIONES A LAS NORMAS DE TRANSPORTE Y TRÁNSITO TERRESTRE EN LA JURISDICCIÓN DE CAÑETE”, Y, EL “CUADRO ÚNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES (CUIS) EN MATERIA DE TRANSPORTE Y TRÁNSITO TERRESTRE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE” Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento que regula el Procedimiento Administrativo Sancionador y la Imposición de Sanciones Administrativas derivadas de la comisión de infracciones a las normas de transporte y tránsito terrestre en la jurisdicción de Cañete, el cual consta de títulos, capítulos, artículos, disposicion complementaria, anexos. Artículo Segundo.- APROBAR el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) en materia de transporte terrestre para el servicio de transporte regular de personas de la Municipalidad Provincial de Cañete, el mismo que forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Tercero.- APROBAR el nuevo formato del Acta de Fiscalización en materia de transporte y tránsito de la Municipalidad Provincial de Cañete. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Sanciones y Transporte el fi el cumplimiento y ejecución de la presente ordenanza. Artículo Quinto.- FACULTAR al Señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía expida las normas reglamentarias que fueran necesarias para la aplicación del presente régimen; para dictar disposiciones complementarias y reglamentarias necesarias para la adecuada implementación de la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- DEROGAR todas aquellas disposiciones municipales que se opongan a la presente Ordenanza. Aquellos procedimientos administrativos iniciados antes de la aprobación de la presente ordenanza continúan rigiéndose por las disposiciones bajo las cuales fueron iniciados y en caso de vacíos legales se aplicará la Ley N° 27444. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la O fi cina General de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria de la Municipalidad Provincial de Cañete la públicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano”, CUYO ANEXO SE ENCUENTRA PUBLICADO EN EL PORTAL INSTITUCIONAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE (www.gob.pe/municanete). Artículo Octavo.- DEJAR SIN EFECTO toda norma o disposición que se oponga a la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. RAUL MEZA PACHECO Alcalde 2564842-1