Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2026 (16/09/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 188

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 188

188 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de setiembre de 2026 El Peruano / la situación limítrofe en el sector, sin incidir en los criterios que serán abordados en el marco de su respectivo mecanismo bilateral. La presente Nota y la Nota que con el mismo tenor tenga a bien remitirme Vuestra Excelencia, constituirá un Acuerdo entre nuestros dos Estados y entrará en vigor en la fecha de recepción de la última noti fi cación, por vía diplomática, mediante la cual las Partes se comuniquen que han cumplido con los procedimientos legales internos para manifestar su consentimiento en obligarse por el tratado. En la convicción que la habilitación permanente del mencionado paso de frontera contribuirá al fortalecimiento de la amistad y cooperación bilateral, de los amplios intereses que compartimos y de la voluntad de integración y solidaridad entre nuestros pueblos; hago propicia la ocasión para renovar a Vuestra Excelencia los sentimientos de mi más alta consideración. ELMER SCHIALER SALCEDO Embajador Ministro de Relaciones Exteriores A la Excelentísima señora CELINDA SOSA LUNDA Ministra de Relaciones Exteriores La Paz.- Cite: GM-Cs-172/2025 La Paz, 29 de septiembre de 2025 Excelentísimo Señor Ministro: Tengo el honor de dirigirme a usted, a fi n de referirme a su Nota RE (MIN) N° 6/105, referente a la habilitación permanente del paso fronterizo Thola Kollo (Bolivia) - Collpa (Perú), con el objetivo de coadyuvar a la integración entre las poblaciones de frontera de la República del Perú y del Estado Plurinacional de Bolivia. Al respecto tengo a bien expresar la plena conformidad del Estado Plurinacional de Bolivia con lo expresado en la mencionada nota, que indica lo siguiente: “Excelentísima Señora Ministra: Tengo a honra dirigirme a Vuestra Excelencia, a fi n de referirme al compromiso 10, acápite 1, del Eje IV (Infraestructura para la integración y el desarrollo) del Plan de Acción de Sucre, anexo a la Declaración de Sucre, aprobado en el Encuentro Presidencial y Segunda Reunión del Gabinete Ministerial Binacional Perú - Bolivia, de 4 de noviembre de 2016, relativo a la habilitación como paso de frontera al punto de conexión Collpa (Perú)-Thola Kollo (Bolivia). Al respecto, tengo a bien referirme a la Nota RE (MIN) N.° 6/188 del 03 de diciembre de 2024, mediante la que la República del Perú propuso habilitar de manera permanente el paso de frontera Collpa (Perú) - Thola Kollo (Bolivia), a fi n de renovar dicha propuesta, con la convicción de que ello coadyuvará a la integración entre las poblaciones de frontera de la República del Perú y del Estado Plurinacional de Bolivia, así como al fortalecimiento de la relación bilateral. Asimismo, es importante precisar que la habilitación del citado paso fronterizo, y los trabajos, obras civiles y/o acciones que deban realizarse para hacerlo efectivo, puedan avanzar de forma independiente al tratamiento de la situación limítrofe en el sector, sin incidir en los criterios que serán abordados en el marco de su respectivo mecanismo bilateral. La presente Nota y la Nota que con el mismo tenor tenga a bien remitirme Vuestra Excelencia, constituirá un Acuerdo entre nuestros dos Estados y entrará en vigor en la fecha de recepción de la última noti fi cación, por vía diplomática, mediante la cual las Partes se comuniquen que han cumplido con las procedimientos legales internos para manifestar su consentimiento en obligarse por el tratado. En la convicción que la habilitación permanente del mencionado paso de frontera contribuirá al fortalecimiento de la amistad y cooperación bilateral, de los amplios Intereses que compartimos y de la voluntad de integración y solidaridad entre nuestros pueblos; hago propicia la ocasión para renovar a Vuestra Excelencia los sentimientos de mi más alta consideración”. En este sentido y considerando que la presente nota recoge el tenor de la nota recibida, queda constituido el Acuerdo entre nuestros dos Estados, mismo que entrará en vigor en la fecha de recepción de la última noti fi cación, por la vía diplomática, mediante la cual el Gobierno de la República del Perú noti fi que el cumplimiento de los procedimientos exigidos por su ordenamiento jurídico a tal efecto. Con este motivo, hago propicia la oportunidad para reiterar a usted, las seguridades de mi más alta y distinguida consideración. CELINDA SOSA LUNDA MinistraMinisterio de Relaciones Exteriores Al Excelentísimo señor ELMER SCHIALER SALCEDO Ministro de Relaciones ExterioresRepública del Perú Lima – Perú 2553831-1 Entrada en vigor del “ Acuerdo por Intercambio de Notas entre la República del Perú y el Estado Plurinacional de Bolivia para la Habilitación Permanente del Paso Fronterizo Thola Kollo – Collpa” El “Acuerdo por Intercambio de Notas entre la República del Perú y el Estado Plurinacional de Bolivia para la Habilitación Permanente del Paso Fronterizo Thola Kollo – Collpa”, adoptado el 29 de septiembre de 2025; rati fi cado mediante Decreto Supremo N° 038-2026- RE, de fecha 26 de agosto de 2026, ha entrado en vigor el 31 de agosto de 2026. 2553845-1 Editora Perú es una empresa pública de derecho privado. 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