NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2026 (16/09/2026)
CANTIDAD DE PAGINAS: 188
Fuente: Diario Oficial El Peruano.
TEXTO PAGINA: 177
177 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de setiembre de 2026 El Peruano / Estando a la opinión favorable de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, conforme a las facultades establecidas en el Reglamento de Organiz ación y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural N° 000061-2024-JNAC/RENIEC (08ABR2024), sus modi fi catorias, la Resolución Jefatural Nº D000001- 2026-RENIEC/JNAC (09JUL2026) y el Procedimiento PR-01-DEST-OPPM “Gestión y Control de Documentos Normativos” primera versión aprobado mediante Resolución Secretarial N° D000008-2026-RENIEC/SGEN (22JUL2026); así como, lo dispuesto por el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS (30AGO2024); SE RESUELVE:Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la Directiva DI-008-DRC/001 “Procedimientos del Registro Civil”, primera versión, aprobada mediante la Resolución Secretarial N° 000141-2022/SGEN/RENIEC (22DIC2022). Artículo Segundo.- APROBAR la Directiva DI-001- GTAR-DRC denominada “Gestión Técnica de Registros Civiles y Archivo Registral”, primera versión. Artículo Tercero.- PRECISAR que las disposiciones del artículo primero y segundo de la presente resolución secretarial entrarán en vigencia a los 90 días calendario a partir de la dación de la presente resolución secretarial. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Registros Civiles el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Secretarial y el cumplimiento del documento normativo aprobado. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución secretarial en el Diario O fi cial El Peruano y la publicación la Directiva DI-001-GTAR-DRC denominada “Gestión Técnica de Registros Civiles y Archivo Registral”, primera versión, en el portal institucional de la entidad (www.gob.pe/reniec). Artículo Sexto.- ENCARGAR a la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización la difusión de lo dispuesto en la presente Resolución Secretarial. Regístrese, publíquese y cúmplase.RUBI ELISBETH RIVAS COSSIO Secretaria GeneralRegistro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil 2554864-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan viaje de funcionario para participar en evento a realizarse en Paraguay RESOLUCIÓN SBS N° 02267-2026 Lima, 15 de setiembre de 2026EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO QUE:Se ha recibido la invitación de la Asociación de Supervisores de Seguros de América Latina (ASSAL) para participar, como panelista, en el Seminario Regional de Capacitación de Supervisores de Seguros de América Latina ASSAL-IAIS 2026, que se realizará del 17 al 18 de setiembre de 2026 en la ciudad de Asunción, República del Paraguay; La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) tiene a su cargo la regulación y supervisión de los sistemas fi nanciero, de seguros, privado de pensiones y cooperativo y contribuye con la prevención y detección del lavado de activos y el fi nanciamiento del terrorismo; que los temas que se desarrollarán en el referido evento son de interés y redundarán en bene fi cio del sistema fi nanciero nacional, así como en el ejercicio de las funciones de supervisión y regulación; y que es miembro de la Asociación de Supervisores de Seguros de América Latina (ASSAL), organismo internacional que agrupa a las máximas autoridades supervisoras de la actividad de seguros de Latinoamérica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, la Ley N° 27619, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, así como en la Directiva N° SBS-DIR-SBS-085-27 que establece Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto y la Resolución SBS N° 04425-2025 que aprueba Medidas de Austeridad, Racionalidad, Disciplina en el Gasto y de Ingreso de Personal, aplicables en la SBS en el Ejercicio 2026; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor Wilber Pineda Yaros, Jefe de Supervisión de Seguros de la Intendencia de Supervisión de Seguros A de la Superintendencia Adjunta de Seguros, del 16 al 19 de setiembre de 2026 a la ciudad de Asunción, República del Paraguay, para participar en el evento señalado en la parte considerativa de la presente Resolución, quien dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 2°.- Autorizar los gastos que irrogue la presente participación con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2026, de acuerdo con lo siguiente: Pasaje aéreo US$ 817,01 Viáticos US$ 1 110,00 Artículo 3°.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.SERGIO JAVIER ESPINOSA CHIROQUE Superintendente de Banca, Seguros y AFP 2554799-1 Autorizan difusión en consulta pública de proyecto normativo que reemplaza el reporte de eventos de interrupción significativa de operaciones y el reporte de incidentes de ciberseguridad significativos por un reporte de incidentes operacionales y establece lineamientos para dicho reporte RESOLUCIÓN SBS N° 02271-2026 Lima, 15 de setiembre de 2026 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES