COLEGIO DE ABOGADOS DE LORETO
DATOS DE LA EMPRESA
RUC
20366296141
Tipo Contribuyente
COLEGIOS PROFESIONALES
Estado Contribuyente
ACTIVO
Condición Contribuyente
HABIDO
Fecha Inscripción
22 de abril de 1997
Fecha Inicio Actividades
13 de febrero de 1997
Sistema Emisión Comprobantes
MANUAL/COMPUTARIZADO
Sistema Contabilidad
COMPUTARIZADO
Actividad Comercio Exterior
SIN ACTIVIDAD
Comprobantes de Pago Autorizados
Comprobantes Electrónicos
Sistemas de Emisión Electrónica
Domicilio Fiscal
CAL.ECHENIQUE NRO. 390
IQUITOS - MAYNAS - LORETO
REACTIVA PERÚ
¿Tiene deuda en cobranza coactiva mayor a una (1) UIT?
NO
Base legal: Decreto Legislativo N° 1455
Fecha de información: 2 de enero de 2026
PROGRAMA DE GARANTÍAS COVID-19
¿Tiene deuda en cobranza coactiva mayor a una (1) UIT?
NO
Base legal: Ley N° 31050
Fecha de información: 2 de enero de 2026
Actividades Económicas
ALGUNOS DE LOS PRINCIPALES EJECUTIVOS, REPRESENTANTES O DIRECTORES
| Nombre | Cargo | Desde |
|---|---|---|
| NORIEGA PIÑA MARCO ANTONIO 2 empresas | DECANO | 22 DE FEBRERO DE 2024 |
ALGUNOS ESTABLECIMIENTOS ANEXOS
| Dirección | Tipo Establecimiento |
|---|---|
| CAR.IQUITOS/NAUTA KM. 5 OTR. CASERIO QUISTOCOCHA / LORETO - MAYNAS - SAN JUAN BAUTISTA | SU. SUCURSAL |
CANTIDAD DE TRABAJADORES Y/O PRESTADORES DE SERVICIO
| Periodo | Nro. Trabajadores | Nro. Pensionistas | Nro. Prestadores de Servicio |
|---|---|---|---|
| 2025-11 | 9 | 0 | 4 |
| 2025-10 | 8 | 0 | 6 |
| 2025-09 | 9 | 0 | 7 |
| 2025-08 | 9 | 0 | 9 |
| 2025-07 | 9 | 0 | 8 |
| 2025-06 | 9 | 0 | 7 |
| 2025-05 | 9 | 0 | 14 |
| 2025-04 | 9 | 0 | 10 |
| 2025-03 | 9 | 0 | 12 |
| 2025-02 | 9 | 0 | 11 |
| 2025-01 | 9 | 0 | 14 |
DEUDAS COACTIVAS
| Entidad | Periodo | Monto | Fecha Cobranza | Estado |
|---|---|---|---|---|
| Essalud | 2025 - 09 | S/ 1,478.00 | 5/11/2025 | PENDIENTE |
| Essalud | 2025 - 07 | S/ 1,082.00 | 2/10/2025 | PENDIENTE |
| Essalud | 2024 - 06 | S/ 296.00 | 15/5/2025 | PENDIENTE |
| Essalud | 2024 - 08 | S/ 300.00 | 15/5/2025 | PENDIENTE |
HISTORIAL BAJAS
| Condición | Fecha de Baja |
|---|---|
| No hay Información |
HISTORIAL CONDICION CONTRIBUYENTE
| Condición | Fecha Desde | Fecha Hasta |
|---|---|---|
| No hay Información |
HISTORIAL DOMICILIOS
| Dirección | Fecha de Baja |
|---|---|
| No hay Información |
NORMAS LEGALES
22 resultados(INTEGRA) DENUNCIADA :COLEGIO DE ABOGADOS DE LORETO (EL COLEGIO) MATERIA :LIBRE COMPETENCIA MERCADO RELEVANTE ABUSO DE POSICION DE DO- MINIO CLAUSULA DE ATADURA COLEGIOS PROFESIONALES IMPOSICION DE SANCIONES
de Abogados de Loreto por prácticas de abuso de posición de dominio.
Pág. 176036 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 21 de julio de 1999 INDECOPI Sancionan al Colegio de Abogados de Loreto por abuso de posición de dominio COMISION DE LIBRE COMPETENCIA Exp. 008-98-CLC RESOLUCION
Posteriormente, mediante acuerdo adoptado en Asamblea General Extraordinaria el 20 de agosto de 1996, el Colegio de Abogados de Loreto - en adelante el Colegio - aprobó la creación de un Fondo Mutual para
el Colegio de Abogados de Loreto, Universidades, Organizaciones Sociales y Congresistas de la República en la que destacan su labor y profesionalismo; g) Que, registra tres procesos judiciales seguidos
de Abogados de Loreto, durante el período 2006 y reelecto para el período 2007.
Abogados de Loreto. c) Un representante del Colegio de Arquitectos del Perú “Junta Regional de la Amazonía” – Iquitos. d) Un representante del Colegio de Ingenieros del Perú – Consejo Departamental de
Denis Linares Cambero Colegio de Abogados de Loreto Magno Pinedo Ortega Colegio de Arquitectos del Perú “Junta Regional de la Amazonía” - Iquitos Luis Gálvez Leveau Colegio de Ingenieros del Perú – Consejo
de Abogados de Loreto, el Colegio de Abogados de Cajamarca y el Colegio de Economistas del Perú; Que, por Oficio Nº 735-D-2000-CACN, el Colegio de Abogados del Cono Norte de Lima, comunica que por acuerdo
de Abogados de Loreto y el Colegio de Abogados del Cono Norte de Lima, conforme lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.
de Abogados de Loreto, respectiva- mente; Que, estando a lo manifestado en el considerando pre- cedente, resulta necesario determinar la cantidad mínimade adherentes requerida para la inscripción de candidatospor
de Abogados de Loreto; confor-me al anexo que forma parte integrante de la presenteresolución.
El Colegio de Abogados de Loreto es una institu- ción de Derecho Público Interno que agrupa a los aboga- dos del Distrito Judicial de Loreto.
En ese orden de ideas, la actuación del Colegio de Abogados de Loreto se encuentra dentro del ámbito de aplicación del Decreto Legislativo Nº 701, toda vez que su actuación incide de manera directa en
DE ABOGADOS DE LA LIBERTAD 3414 170.70 171 15 COLEGIO DE ABOGADOS DE LAMBAYEQUE 2838 141.90 142 16 COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA 27430 1371.50 1,372 17 COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA NORTE 960 48.00 100 18 COLEGIO
DE ABOGADOS DE LORETO 533 26.65 100 19 COLEGIO DE ABOGADOS DE MADRE DE DIOS 60 20 COLEGIO DE ABOGADOS DE MOQUEGUA 548 27.40 100 21 COLEGIO DE ABOGADOS DE PASCO 141 7.05 100 22 COLEGIO DE ABOGADOS DE PIURA
de Abogados de Loreto ha obtenido resultados favorables sobre la aceptación que tiene en el foro loretano; h) se ha vulnerado su derecho de defensa y el principio de razonabilidad; Análisis del Recurso
de Abogados de Loreto realizada el 30 de setiembre de 2012, como el mismo recurrente reconoce, ésta fue llevada a cabo con posterioridad a la decisión adoptada, por lo que no resulta atendible que
de Abogados de Loreto por prácticas de abuso de posición de dominio.
En consecuencia, se sanciona al Colegio de Abogados de Loreto con una multa ascendente a 1 UIT, ordenando su inscripción en el Registro de Infractores a que se refiere el artículo 40 del Decreto Legislativo
No hay marcas registradas
No hay información de comercio exterior
No hay contrataciones registradas
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