Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 1999 (26/04/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, lunes 26 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES

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distintos a los establecidos en el reglamento, omitiendo presentar la respectiva rendicion de cuenta documentada, adulterando sellos y firmas, por un monto aproximado de S/. 40,000.00 Nuevos Soles, cometidos con la participacion del ex Tesorero del CAFAE, CPC MORDAZA MORDAZA Gomez; Que es necesario autorizar al Procurador Publico encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Agricultura, para que en representacion del Estado inicie las acciones legales pertinentes, en defensa de los fondos del Estado y del CAFAE; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667 y el Decreto Ley Nº 25902 - Ley Organica del Ministerio de Agricultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Agricultura, para que en nombre y representacion del Estado interponga las acciones judiciales pertinentes contra don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por las irregularidades en la utilizacion de los fondos del CAFAE, destinandolos a fines distintos a lo establecido en el reglamento, omitiendo presentar la respectiva rendicion de cuenta documentada y adulterando sellos y firmas, por un monto aproximado de S/. 40,000.00 Nuevos Soles. Articulo 2º.- Remitir los antecedentes del caso al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Agricultura, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA DE LAS MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 5323

Declaran la caducidad parcial de derecho de propiedad otorgado a persona natural respecto de terrenos eriazos ubicados en el distrito de MORDAZA, provincia de Ica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0311-99-AG MORDAZA, 20 de MORDAZA de 1999 VISTO: El Contrato de Otorgamiento de Terrenos Eriazos Nº 597-90 de fecha 23 de MORDAZA de 1990, otorgado a favor de don MORDAZA N. MORDAZA MONTENEGRO; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 00822-90/ AG-PRODACC de fecha 12 de MORDAZA de 1990, se aprobo el

Estudio de Factibilidad Tecnico Economico sobre una superficie de 715.13 ha. de terrenos eriazos ubicados en el distrito de MORDAZA, provincia y departamento de Ica, presentado por don MORDAZA N. MORDAZA MORDAZA, autorizandose al adjudicatario a la ejecucion de las obras civiles e hidraulicas por etapas que permitan la implementacion del citado proyecto, otorgandole un plazo de ejecucion de cuatro (4) anos, con MORDAZA de avances cada cuatro meses; y se dispuso que la Direccion General de Agricultura otorgue el respectivo contrato; Que, a merito de la precitada Resolucion Ministerial, la Direccion General de Agricultura, otorgo a favor de don MORDAZA N. MORDAZA MORDAZA el Contrato de Otorgamiento de Terrenos Eriazos Nº 597-90 de fecha 23 de MORDAZA de 1990, por la extension de 715.13 ha. de terrenos eriazos ubicados en el distrito de MORDAZA, provincia y departamento de Ica, estableciendose en la clausula sexta las condiciones esenciales que el adjudicatario estaba obligado a cumplir, entre ellas a dedicar los terrenos a los fines para los cuales se le concede, a no transferirlas a terceros, y a ejecutar el proyecto dentro del plazo propuesto; estipulandose en la clausula setima que el incumplimiento de alguna de las condiciones establecidas, ocasionara la reversion de las tierras al Estado, caducando en consecuencia el derecho de propiedad sobre los mismos; Que, del Informe Legal Nº 076-99-AG-PETT-CAH/L de fecha 16 de marzo de 1999, se desprende que respecto a 150 ha. del area adjudicada, existe accion judicial sobre Nulidad de Cosa Juzgada Fraudulenta incoada por don MORDAZA N. MORDAZA MORDAZA contra don MORDAZA STEFANCIO TURCO, pendiente de sentencia firme ante el organo jurisdiccional; Que, del Acta de Inspeccion Ocular practicada el 24 de marzo de 1999, en el area materia del Contrato de Otorgamiento de Terrenos Eriazos MORDAZA referido, Informe Tecnico Nº 078-99-AG-PETT-CAH/EC, Informe Legal Nº 096-99-AG-PETT-CAH, ambos de fecha 9 de MORDAZA de 1999, e Informe Tecnico Legal Nº 009-99-AG-PETT-CAH, de fecha 13 de MORDAZA de 1999, aparece que el area total adjudicada se encuentra dividida en cuatro zonas debidamente delimitadas con cercos vivos, palos, surcos y otros, habilitados y/o posesionados por terceras personas ajenas a don MORDAZA N. MORDAZA MORDAZA, no observandose habilitacion o posesion alguna de terrenos por parte del citado adjudicatario; Que, fluye de autos que las cuatro zonas en mencion se dividen en primera MORDAZA, 150 ha. que son materia de MORDAZA judicial sobre cosa juzgada fraudulenta en los seguidos por don MORDAZA N. MORDAZA MORDAZA contra MORDAZA MORDAZA STEFANCIO TURCO y otros; MORDAZA y tercera zonas, transferidas a las empresas El Arenal S.A. y MORDAZA El Vergel S.A.C., inscritas en las Fichas Nºs. 001873-010108 y 001863-010108, MORDAZA del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Los Libertadores Wari de Ica, bajo denominacion fundo "El Arenal" de 242.0287 ha. y fundo "Cayma" de 133.40 ha.; y, cuarta MORDAZA, de 189.7013 ha. que no ha sido habilitada ni se encuentra en posesion del adjudicatario don MORDAZA N. MORDAZA MORDAZA, siendo procedente revertirla al dominio del Estado; Que, por tanto es procedente declarar la caducidad parcial del derecho de propiedad a que se refiere el

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