Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 1999 (20/06/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 20 de junio de 1999

b) Proponer proyectos de normas sobre conciliacion; c) Ejercer funciones conciliadoras, normar, promover, autorizar y supervisar el funcionamiento de los Centros de Conciliacion y Capacitacion de instituciones publicas o privadas; d) Promover a nivel nacional la postulacion de conciliadores de equidad, asi como su capacitacion adecuada, y aprobar los honorarios correspondientes, de ser el caso; e) Organizar y mantener actualizado el Registro Nacional de Centros de Conciliacion; f) Opinar sobre las sanciones a los Centros de Conciliacion y a los conciliadores que incumplan con sus obligaciones de acuerdo a Ley; g) Realizar eventos de capacitacion para los conciliadores; h) Promover la firma de convenios con instituciones publicas y privadas para la capacitacion de los conciliadores; i) Difundir la normatividad vigente en materia de su competencia; j) Promover y realizar estudios e investigaciones sobre conciliacion; k) Disenar los documentos de gestion y formatos MORDAZA para los Centros de Conciliacion; l) Establecer y mantener relaciones de coordinacion y apoyo con instituciones publicas o privadas, nacionales o internacionales vinculadas al area de su competencia; ll) Mantener actualizada la estadistica de los Centros de Conciliacion; y, m) Las demas funciones que le asigne el Ministro. Articulo 9º.- La estructura organica de la Secretaria Tecnica de Conciliacion es la siguiente : Organo de Direccion - Secretaria Tecnica Organos de Linea - Subdireccion de Promocion y Capacitacion de Conciliacion - Subdireccion de Supervision y Control de Centros de Conciliacion DEL VICEMINISTRO (DESPACHO VICEMINISTERIAL) Articulo 10º.- El Viceministro es la autoridad inmediata al Ministro, formula, dirige y ejecuta por encargo de este la politica sectorial; orienta y supervisa las actividades de los organismos publicos descentralizados del Sector, de conformidad con las directivas senaladas por el Ministro. Articulo 11º.- Son funciones del Viceministro : a) Dirigir, coordinar, controlar, supervisar y evaluar el cumplimiento de las politicas sectoriales y emitir disposiciones y directivas para su cumplimiento; b) Informar al Ministro sobre las actividades del Sector; c) Expedir resoluciones viceministeriales en asuntos administrativos de su competencia; d) Coordinar con la Secretaria General de la Presidencia del Consejo de Ministros y con la Secretaria del Consejo de Ministros sobre proyectos de normas legales vinculados al Sector; e) Someter a consideracion del Ministro los planes, programas y proyectos de los organismos publicos descentralizados; y, f) Las demas que le asigne el Ministro y las que le corresponda de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. DEL SECRETARIO GENERAL (SECRETARIA GENERAL) Articulo 12º.- El Secretario General es el encargado de apoyar al Ministro y Viceministro en las tareas tecnicoadministrativas, dirige, supervisa, controla y evalua las actividades de los diversos organos del Ministerio y ejecuta las acciones que se le encomiende. Conduce los sistemas de tramite documentario y archivo, asi como los aspectos de comunicacion social y relaciones publicas y promueve la imagen del Ministerio a la colectividad. Articulo 13º.- Son funciones del Secretario General: a) Dirigir, coordinar, supervisar, controlar y evaluar las actividades de los organos del Ministerio de Justicia;

b) Coordinar con el Viceministro las acciones del Despacho Ministerial; c) Registrar, enumerar, hacer publicar y archivar las resoluciones que emanen del Ministerio, asi como la documentacion oficial; d) Autenticar las copias de las resoluciones del Ministerio y en su caso suscribir las transcripciones oficiales; e) Coordinar con los representantes del Congreso de la Republica; f) Expedir resoluciones de Secretaria General en materias de su competencia; g) Emitir comunicados oficiales de los organos del Ministerio, asi como coordinar y supervisar los que emitan los organismos publicos del Sector; h) Promover, organizar, dirigir y coordinar programas orientados a realzar la imagen institucional; i) Centralizar, coordinar y procesar el flujo documentario; j) Organizar, dirigir, conducir y supervisar los procesos de tramite documentario y archivo en el Ministerio; y, k) Las demas funciones que le asignen el Ministro y Viceministro. Articulo 14º.- La estructura organica de la Secretaria General es la siguiente: Organo de Direccion - Secretaria General Organos de Linea - Oficina de Administracion Documentaria - Oficina de Imagen Institucional DE LA OFICINA DE ADMINISTRACION DOCUMENTARIA Articulo 15º.- La Oficina de Administracion Documentaria es la encargada de conducir y administrar los procesos de tramite documentario y archivo en el Ministerio. Articulo 16º.- Son funciones de la Oficina de Administracion Documentaria: a) Organizar, conducir, coordinar y ejecutar los procesos de tramite documentario y de archivo; b) Proporcionar a los usuarios informacion sobre la ubicacion y estado del tramite de sus expedientes; c) Fotocopiar, transcribir o expedir copias de la documentacion que obre en el archivo del Ministerio; y, d) Las demas funciones que le asigne el Secretario General. DE LA OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL Articulo 17º.- La Oficina de Imagen Institucional es la encargada de desarrollar actividades de difusion de la labor del Ministerio, a traves de los medios de comunicacion social. Tiene a su cargo el protocolo y las relaciones publicas institucionales. Articulo 18º.- Son funciones de la Oficina de Imagen Institucional: a) Centralizar, procesar y difundir los comunicados oficiales de acuerdo a la politica del Ministerio; b) Preparar conferencias de prensa, asi como notas de prensa sobre las acciones del Ministerio; c) Elaborar la Memoria del Ministerio en coordinacion con la Oficina General de Economia y Desarrollo y demas organos del Ministerio; d) Difundir a traves de los medios de comunicacion social e impresos la imagen del Ministerio, supervisando estas acciones a nivel sectorial; e) Coordinar las acciones protocolares a personalidades de organismos nacionales y del exterior; f) Publicitar y apoyar los eventos que realiza el Ministerio; g) Elaborar y mantener actualizado los directorios de la administracion publica relacionados con el quehacer institucional; h) Elaborar y difundir la Revista Institucional, asi como el boletin "Imagen"; e, i) Las demas funciones que le asigne el Secretario General.

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