Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 1999 (20/09/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 20 de setiembre de 1999

para iniciar la accion de nulidad de cosa juzgada fraudulenta; Que, corresponde dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 0429/RE del 20 de MORDAZA de 1999, expedida en merito de lo actuado en el MORDAZA cautelar respectivo, que dispuso la reincorporacion provisional de don MORDAZA Carril Romero; SE RESUELVE: 1º.- Reincorporar con retroactividad al 29 de diciembre de 1992 al Servicio Diplomatico de la Republica en Situacion de Actividad al Consejero MORDAZA Carril MORDAZA, conforme lo ordenado por el 56º Juzgado Especializado en lo Civil de MORDAZA en el MORDAZA de nulidad de acto juridico seguido por dicho funcionario, Expediente Nº 51171-97. 2º.- Disponer la restitucion de los beneficios laborales que correspondan al Consejero MORDAZA Carril Romero. 3º.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 0429/RE del 20 de MORDAZA de 1999. 3º.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 0429/RE del 20 de MORDAZA de 1999. 4º.- Instruir al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de este Ministerio a fin de que ejecute los actos procesales que correspondan en orden de asegurar el acatamiento de la Resolucion Ministerial Nº 0164/ RE del 19 de marzo de 1991 y que, al mismo tiempo, informe a este Despacho de manera detallada sobre todo lo actuado en el MORDAZA seguido por el Consejero MORDAZA Carril MORDAZA, dictamine si es que existen indicios razonables de la comision de delitos contra la administracion de justicia en dicho MORDAZA, y determine si se dan los elementos necesarios para iniciar la accion de nulidad de cosa juzgada fraudulenta. 5º.- Los Articulos 1º y 2º de la presente resolucion dejaran de surtir efectos con retroactividad dada la fecha de expedicion de esta MORDAZA en caso de que se declare la nulidad o se produzca la revocatoria de la Resolucion Nº 2 del 20 de agosto de 1999 del 56º Juzgado Especializado en lo Civil de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 11964

bierno de la Republica del Peru en el acuerdo suscrito con el Gobierno de la Republica del Japon a traves del canje de las Notas Reversales de fecha 19 de MORDAZA de 1999; Que es necesario proceder a la aprobacion de la donacion para poder contar con los servicios de consultoria de nacionalidad japonesa y disponer que el Ministerio de Salud sea el organismo responsable de la coordinacion y supervision en los terminos establecidos en las Notas Reversales y demas acciones que se requieran para la ejecucion del Proyecto; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 584 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-92-SA, Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27013 - Ley del Presupuesto del Sector Publico para 1999; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: 1º.- Aprobar la Donacion efectuada por el Gobierno del Japon de DOS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE YENES JAPONESES (¥ 2,350'000,000) para la ejecucion del proyecto "Construccion del Hospital de la Amistad Peru-Japon". 2º.- Designar al Ministerio de Salud para que se encargue del cumplimiento de las obligaciones asumidas por el Gobierno de la Republica del Peru en las Notas Reversales suscritas con el Gobierno del Japon de fecha 19 de MORDAZA de 1999. 3º.- Designar al Banco de la Nacion como el agente encargado de llevar a cabo el Convenio Tecnico Bancario dentro del MORDAZA del Acuerdo suscrito con el Gobierno del Japon, autorizandolo para la apertura de la Cuenta Corriente que se detalla en el MORDAZA y condiciones establecidas en el intercambio de Notas Reversales entre ambos paises. 4º.- Autorizar la apertura de una Cuenta Corriente en Yenes Japoneses en el The Bank of Tokyo Mitsubishi, Ltdo. del Japon a nombre del Gobierno de la Republica del Peru para los efectos de la ejecucion del Proyecto, en el MORDAZA del Acuerdo materia de la presente resolucion. 5º.- Agradecer al Gobierno del Japon por el valioso aporte y colaboracion al esfuerzo que realiza el Gobierno a favor de la salud de la poblacion. 6º.- Transcribir a la Contraloria General de la Republica y Direccion General de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, dentro de los diez primeros dias calendario vigente a la fecha de expedicion de la Resolucion Suprema. 7º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA A. AGUINAGA RECUENCO Ministro de Salud 12019

SALUD
Aceptan donacion efectuada por el gobierno del Japon para ejecucion del Proyecto "Construccion del Hospital de la Amistad Peru-Japon"
RESOLUCION SUPREMA Nº 104-99-SA MORDAZA, 17 de setiembre de 1999 CONSIDERANDO: Que mediante intercambio de Notas Reversales entre el Ministerio de Asuntos Exteriores del Japon y el Ministerio de Relaciones Exteriores de la Republica del Peru, de fecha 19 de MORDAZA de 1999, el Gobierno del Japon ha acordado extender a la Republica del Peru una donacion por la suma de DOS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE YENES JAPONESES (¥ 2,350'000,000), para la ejecucion del proyecto "Construccion del Hospital de la Amistad Peru-Japon", en contribucion al mejoramiento de la calidad de la atencion MORDAZA infantil; Que es conveniente que el Ministerio de Salud, como responsable del manejo del Proyecto de "Construccion del Hospital de la Amistad Peru-Japon", se encargue del cumplimiento de las obligaciones asumidas por el Go-

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Designan vocal de sala penal corporativa y jueces especializado en lo civil y de paz letrados del Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 412-99-P-CSJL MORDAZA, 17 de setiembre de 1999

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