Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 1999 (20/09/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, lunes 20 de setiembre de 1999

NORMAS LEGALES

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En uso de las facultades conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros Ley Nº 26702; RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la cancelacion de las perdidas ascendentes a S/. 5 881 922, con cargo al capital social ajustado por inflacion de la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito "Selva Central" S.A.A. al 31 de MORDAZA de 1999 ascendente a S/. 3 416 353, asi como a las reservas legales ajustadas por inflacion ascendente a S/. 91 380 y al capital en tramite por S/. 152 306; con la consecuente reduccion a cero (0) de dicho capital social y reservas, quedando un saldo negativo de S/. 2 221 883. La presente reduccion del capital social y reservas debera ser inscrita en los Registros Publicos de La MORDAZA, por el solo merito de la presente Resolucion, de conformidad con la Vigesimo Sexta Disposicion Final y Complementaria de la Ley Nº 26702, modificada por Ley Nº 27102. Articulo Segundo.- Declarar la Disolucion de la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito "Selva Central" S.A.A., iniciandose el respectivo MORDAZA de Liquidacion, por las causales y fundamentos detallados en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Facultar a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que, en representacion del Superintendente de Banca y Seguros, realicen todos los actos necesarios para llevar adelante el MORDAZA de liquidacion, asi como su posterior transferencia a la Persona Juridica Liquidadora, conforme establece el Reglamento de los Regimenes Especiales y de la Liquidacion de las Empresas del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, aprobado mediante Resolucion SBS Nº 455-99 del 25 de MORDAZA de 1999, quien se encargara del MORDAZA de liquidacion de la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito "Selva Central" S.A.A., conforme a lo senalado en el Articulo 115º de la Ley General. Registrese, comuniquese, publiquese y transcribase a los Registros Publicos de La MORDAZA, provincia de Chanchamayo, departamento de Junin. MORDAZA NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 11951

Que, la Actualizacion Cartografica permitira disponer de planos urbanos y mapas distritales actualizados, necesarios para la Formacion de Segmentos Urbanos y Rurales, que constituiran la carga de trabajo del empadronador en el Dia del Censo o en el Periodo de Empadronamiento Rural; Que, el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, INEI, como organismo central y rector de los Sistemas Nacionales de Estadistica e Informatica, es responsable de la conduccion y ejecucion de los Censos Nacionales, a cuyo efecto esta autorizado a emitir las normas tecnicas por los que se regiran los Censos Nacionales de Poblacion y Vivienda; Que, en consecuencia, es conveniente dictar las normas tecnicas para la ejecucion de las labores de Actualizacion Cartografica y Actualizacion de Directorios, que serviran de base para la Elaboracion de las Areas de Empadronamiento MORDAZA y Rural; En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 604 y el Decreto Supremo Nº 028-99-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Precisar que las tareas de Actualizacion Cartografica y Elaboracion de Directorios, seran efectuadas por el Actualizador Cartografico Censal, en todos los distritos del MORDAZA, para lo cual debera identificarse, presentarse y coordinar con las Autoridades Politicas, Municipales, Militares y Policiales del distrito. Articulo 2º.- La Actualizacion Cartografica en el area MORDAZA se realizara segun el procedimiento siguiente: a) Actualizacion y/o levantamiento del plano MORDAZA en todas las capitales distritales y centros poblados urbanos, mediante el recorrido sistematico de las manzanas y calles, para verificar, actualizar y/o levantar los cambios existentes en el terreno y que no figuran en el plano de referencia que corresponde a los censos nacionales de 1993. b) Elaboracion del Directorio de Viviendas y Establecimientos, donde el actualizador cartografico censal diligenciara el Documento CPV 03.01 "Directorio de Viviendas y Establecimientos", para identificar cada vivienda y anotar los datos, previa entrevista con algun miembro del hogar o establecimiento. c) Georeferenciar un punto en la plaza de MORDAZA y los vertices de la poligonal MORDAZA, mediante el receptor GPS (Sistema de Posicionamiento Global), que permite determinar las coordenadas geograficas, necesarias para el MORDAZA de georeferenciacion de la cartografia censal. Articulo 3º.- La Actualizacion Cartografica en el area rural se realizara segun el procedimiento siguiente: a) Actualizar el Mapa Distrital, en base a la informacion de los Tenientes Gobernadores, a fin de verificar y/ o corregir la ubicacion geografica, nombre y categoria de los centros poblados, con la ayuda de las autoridades y personas notables de la localidad. El actualizador cartografico censal diligenciara para el efecto, el Documento CPV 03.03 "Jurisdiccion del MORDAZA Gobernador". b) Elaboracion del Directorio, que consiste en recopilar informacion de los nombres, categorias, ubicacion geografica, vias de comunicacion, cantidad de viviendas y de poblacion, numero de profesores y de alumnos de centros educativos, existentes en cada centro poblado del distrito. Para el efecto el actualizador cartografico censal diligenciara el Documento CPV 03.02 "Directorio de Centros Poblados del Distrito". c) Conformar las Areas de Empadronamiento Rural (AER), mediante la agrupacion de centros poblados vecinos, cuya suma de viviendas este en el rango de 80 a 120, y delimitados por accidentes naturales o artificiales de facil identificacion en el terreno y en el mapa distrital actualizado. El Area de Empadronamiento Rural, es el ambito territorial dentro de un distrito, conformado por 100 viviendas en promedio, que constituira la carga de trabajo individual de un empadronador rural.

INEI
Establecen disposiciones para la Elaboracion de Directorios y Actualizacion Cartografica en areas MORDAZA y rural
RESOLUCION JEFATURAL Nº 273-99-INEI MORDAZA, 17 de setiembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 028-99-PCM, se ha dispuesto la ejecucion de los Censos Nacionales: X de Poblacion y V de Vivienda en el ano 2000; Que, por Resolucion Jefatural Nº 232-99-INEI se ha creado funcionalmente las Oficinas Departamentales del Censo a fin de descentralizar, a nivel departamental, la organizacion, conduccion y ejecucion de las actividades operativas de los Censos Nacionales del 2000; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 241-99-INEI se autorizo la ejecucion descentralizada de las tareas de Actualizacion Cartografica, que comprende la Actualizacion de los Planos Urbanos, Mapas Distritales, Directorio de Viviendas y Establecimientos, asi como de Centros Poblados urbanos y rurales;

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