Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2000 (27/10/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, viernes 27 de octubre de 2000
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, conforme lo dispone el Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 007-99-EM, Reglamento de la Ley Nº 27015, el Registro Publico de Mineria incorporara al Catastro Minero los planos de zonificacion, aprobados por Ordenanza Municipal vigente, certificando las areas urbanas y de expansion urbana; Que, la Ordenanza Municipal Nº 003-99-CM, aprobada por el Concejo Provincial de Tarma, da cumplimiento a la certificacion de las Areas Urbanas y de Expansion MORDAZA de las Localidades de Tarma, Acobamba, Tarmatambo y Chuchupampa; Que, estando a la MORDAZA Legal MORDAZA citada, es necesario en via de regularizacion, expedir la Resolucion que incorpora al Catastro Minero, el Plano C-2 "Zonificacion General del Area de Intervencion Directa del P.D.T.", que forma parte del Plan Director de Tarma, que comprende a las Localidades de Tarma, Acobamba. Tarmatambo, y Chuchupampa, donde se zonifica las Areas Urbanas y de Expansion MORDAZA, para los efectos de la Ley Nº 27015; Con la visacion de Asesoria Juridica, del Director General de Catastro y de la Jefa de la Oficina de Concesiones Mineras; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 7º del Decreto Legislativo Nº 110; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Incorporar al Catastro Minero Nacional, en via de regularizacion, el Plano aprobado por Ordenanza Municipal Nº 003-99-CM, del Concejo Provincial de Tarma: - C-2, "Zonificacion General del Area de Intervencion Directa del P.D.T."

Que, con Oficio Nº 605-2000-SUNASS la SUNASS da a conocer a SEDAPAL las formulas tarifarias elaboradas, la misma que manifiesta su conformidad mediante Carta Nº 5452000/D; Que, en virtud a dichas formulas se debe proceder a aprobar las tarifas correspondientes al periodo 2000 - 2001, lo cual le permitira a SEDAPAL cubrir sus costos de operacion y mantenimiento, atender el servicio de la deuda y ejecutar su Programa de Inversiones, para alcanzar las metas de cobertura y calidad del servicio para dicho periodo, en condiciones de eficiencia en la gestion empresarial; Que, por otro lado es necesario modificar los volumenes de asignacion de consumo que actualmente viene aplicando SEDAPAL, en vista que, como resultado del programa de micromedicion ejecutado por la empresa en los ultimos anos, se ha apreciado que los niveles de consumo de los usuarios con medicion son menores a los volumenes que se viene asignando a los usuarios cuya conexion no cuenta con medidor de consumo; Que, se hace igualmente necesario establecer un mecanismo que determine asignaciones de consumo, proporcionales a los dias por mes de suministro, en aquellas zonas que no son abastecidas diariamente por SEDAPAL; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26284 y la Ley Nº 26338; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar las formulas tarifarias aplicables a la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA SEDAPAL, para el periodo comprendido de noviembre del 2000 a octubre del 2005, que se encuentran contenidas en el Anexo Nº 01, de la presente Resolucion, el que forma parte integrante de la misma. Articulo 2º.- Aprobar las tarifas que debera aplicar SEDAPAL, en el periodo comprendido entre el 1 de noviembre del 2000 al 31 de octubre del 2001, de acuerdo al detalle que figura en Anexo Nº 02 adjunto, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Establecer las Metas de Cobertura y Calidad del Servicio y Eficiencia en la Gestion Empresarial que SEDAPAL debera alcanzar y que figuran en el Anexo Nº 03, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Aprobar la Tabla de Asignaciones Maximas de Consumo que figura como Anexo Nº 04 de la presente resolucion, a ser aplicadas por SEDAPAL, en el caso de conexiones que no cuentan con medidor de consumo. Articulo 5º.- La Asignacion de Consumo para los usuarios que no tienen suministro diario, se determinara de manera proporcional al numero de dias por mes, de suministro; tomando, en todos los casos, como base las Asignaciones de Consumo para la categoria distrital D de la tabla contenida en el Anexo Nº 04 de la presente Resolucion. Articulo 6º.- La tarifa por servicio exclusivo de alcantarillado se aplicara a usuarios que cuentan con fuente propia de agua, de manera adicional al pago establecido mediante D.S. Nº 00882-VI. Articulo 7º.- SEDAPAL presentara trimestralmente a la SUNASS un informe sobre el cumplimiento de las Metas de Cobertura y Calidad de los Servicios y de Eficiencia de la Gestion Empresarial. Articulo 8º.- Encargar a la Intendencia de Fiscalizacion la verificacion del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion. Articulo 9º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el 1 de noviembre del 2000. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional ANEXO Nº 01 FORMULAS TARIFARIAS QUE APLICARA LA EPS SEDAPAL EN LAS ESTRUCTURAS TARIFARIAS DURANTE EL PERIODO NOVIEMBRE DEL 2000 A OCTUBRE DEL 2005 A. Por los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado 1. CARGO FIJO Pension Basica T1 = 3.10 x (1+0.323)(1+)

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARTIEDA Jefe Institucional 12259

SUNASS
Aprueban tarifas que debera aplicar SEDAPAL en el periodo comprendido entre el 1 de noviembre de 2000 al 31 de octubre de 2001
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 228-2000-SUNASS MORDAZA, 24 de octubre del 2000 VISTOS: El Oficio Nº 829-2000-GG, del 22 de setiembre del 2000, con el cual la Empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA - SEDAPAL presenta su Plan Financiero y una propuesta de incremento tarifario; Los Informes Nº 62-2000-SUNASS-IT/DT y el Nº 61-2000SUNASS/IT-DPM, que evaluan la propuesta de SEDAPAL; La Carta Nº 545-2000/D del 24 de octubre del 2000 mediante la cual SEDAPAL da a conocer su conformidad con las formulas tarifarias elaboradas por la SUNASS; CONSIDERANDO: Que, SEDAPAL ha procedido a formular su Plan Maestro para el periodo 2000-2030, el mismo que cuenta con la conformidad de la SUNASS, dada a conocer mediante Oficio Nº 408-2000SUNASS; y con la aprobacion de la empresa por Acuerdo de Directorio 052-014-2000 del 20 de junio del 2000; Que, en base a su Plan Maestro SEDAPAL ha procedido a formular su correspondiente Plan Financiero de acuerdo a los lineamientos metodologicos dados a conocer por la SUNASS; Que, en esta etapa corresponde a la SUNASS aprobar las formulas tarifarias y las tarifas de SEDAPAL; asi como determinar las metas de cobertura y calidad de los servicios; Que, mediante los Informes Nº 62-2000-SUNASS-IT/DT y Nº 61-2000-SUNASS/IT-DPM de vistos se propone las correspondientes formulas tarifarias de SEDAPAL, las que definen los incrementos tarifarios para dicha empresa en los proximos 5 anos; asi como las respectivas metas de cobertura y calidad de los servicios;

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