Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2001 (29/12/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 141

MORDAZA, sabado 29 de diciembre de 2001
f)

NORMAS LEGALES

Pag. 214711

Los demas aceros aleados los aceros que no respondan a la definicion de MORDAZA inoxidable y que contengan uno o varios de los elementos indicados a continuacion en las proporciones en peso siguientes: superior o igual al 0,3% de aluminio superior o igual al 0,0008% de boro superior o igual al 0,3% de cromo superior o igual al 0,3% de cobalto superior o igual al 0,4% de cobre superior o igual al 0,4% de plomo superior o igual al 1,65% de manganeso superior o igual al 0,08% de molibdeno superior o igual al 0,3% de niquel superior o igual al 0,06% de niobio superior o igual al 0,6% de silicio superior o igual al 0,05% de titanio superior o igual al 0,3% de volframio (tungsteno) superior o igual al 0,1% de vanadio superior o igual al 0,05% de zirconio superior o igual al 0,1% de los demas elementos considerados individualmente (excepto el azufre, fosforo, carbono y nitrogeno).

g) Lingotes de chatarra de hierro o de MORDAZA los productos colados groseramente en forma de lingotes sin mazarotas o de bloques, que presenten defectos profundos en la superficie y no respondan, en su composicion quimica, a las definiciones de fundicion en MORDAZA, de fundicion especular o de ferroaleaciones. h) Granallas los productos que pasen por un tamiz con abertura de malla de 1 mm en proporcion inferior al 90% en peso, y por un tamiz con abertura de malla de 5 mm en proporcion superior o igual al 90% en peso. ij) Productos intermedios los productos de seccion maciza obtenidos por colada continua, incluso con un laminado grosero en caliente; y los demas productos de seccion maciza simplemente laminados groseramente en caliente o simplemente desbastados por forjado, incluidos los desbastes de perfiles. Estos productos no se presentan enrollados. k) Productos laminados planos los productos laminados de seccion transversal rectangular maciza que no respondan a la definicion de la Nota ij) anterior, enrollados en espiras superpuestas, o sin enrollar, de anchura superior o igual a diez veces el espesor si este es inferior a 4,75 mm, o de anchura superior a 150 mm si el espesor es superior o igual a 4,75 mm pero inferior o igual a la mitad de la anchura.

Estos productos se clasifican como productos laminados planos aunque presenten motivos en relieve que procedan directamente del laminado (por ejemplo: acanaladuras, estrias, gofrados, lagrimas, botones, rombos), asi como los perforados, ondulados o pulidos, siempre que estos trabajos no les confieran el caracter de articulos o manufacturas comprendidos en otra parte. Los productos laminados planos de cualquier dimension, excepto los cuadrados o rectangulares, se clasificaran como productos de anchura superior o igual a 600 mm, siempre que no tengan el caracter de articulos o manufacturas comprendidos en otra parte. l) Alambron el producto laminado en caliente, enrollado en espiras irregulares (coronas), cuya seccion transversal maciza tenga forma de circulo, segmento circular, ovalo, MORDAZA, rectangulo, triangulo u otro poligono convexo (incluidos los circulos aplanados y los rectangulos modificados, en los que dos lados opuestos tengan forma de arco convexo y los otros dos MORDAZA rectos, iguales y paralelos). Estos productos pueden tener muescas, cordones, surcos o relieves, producidos en el laminado (llamados «armaduras para hormigon» o «redondos para construccion»).

m) Barras los productos que no respondan a las definiciones de los apartados ij), k) o l) anteriores ni a la definicion de alambre, cuya seccion transversal maciza y MORDAZA tenga forma de circulo, segmento circular, ovalo, MORDAZA, rectangulo, triangulo u otro poligono convexo (incluidos los circulos aplanados y los rectangulos modificados, en los que dos lados opuestos tengan forma de arco convexo y los otros dos MORDAZA rectos, iguales y paralelos). Estos productos pueden: tener muescas, cordones, surcos o relieves, producidos en el laminado (llamados «armaduras para hormigon» o «redondos para construccion»); haberse sometido a torsion despues del laminado.

n) Perfiles los productos de seccion transversal maciza y MORDAZA que no respondan a las definiciones de los apartados ij), k), l) o m) anteriores ni a la definicion de alambre. El Capitulo 72 no comprende los productos de las partidas 73.01 o 73.02. o) Alambre el producto de cualquier seccion transversal maciza y MORDAZA, obtenido en frio y enrollado, que no responda a la definicion de productos laminados planos. p) Barras huecas para perforacion las barras de cualquier seccion adecuadas para la fabricacion de barrenas, cuya mayor dimension exterior de la seccion transversal, superior a 15 mm pero inferior o igual a 52 mm, sea por lo menos el doble de la mayor dimension interior (hueco). Las barras huecas de hierro o MORDAZA que no respondan a esta definicion se clasificaran en la partida 73.04. 2. 3. Los metales ferreos chapados con metal ferreo de calidad diferente siguen el regimen del metal ferreo que predomine en peso. Los productos de hierro o MORDAZA obtenidos por electrolisis, por colada a presion o por sinterizado, se clasificaran segun su forma, composicion y aspecto, en las partidas correspondientes a los productos analogos laminados en caliente.

Notas de subpartida. 1. En este Capitulo, se entiende por: a) Fundicion en MORDAZA aleada la fundicion en MORDAZA que contenga uno o varios de los elementos siguientes en las proporciones en peso que se indican: superior al 0,2% de cromo superior al 0,3% de cobre superior al 0,3% de niquel superior al 0,1% de cualquiera de los elementos siguientes: aluminio, molibdeno, titanio, volframio (tungsteno), vanadio.

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