Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2001 (29/12/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, sabado 29 de diciembre de 2001
Codigo 1806.10.00.00 1806.20.00.00 1806.31.00.00 1806.32.00.00 1806.90.00.00

NORMAS LEGALES

Pag. 214607
A/V 20 20 20 20 20

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Designacion de la Mercancia Cacao en polvo con adicion de azucar u otro edulcorante Las demas preparaciones en bloques o barras con peso superior a 2 kg o en forma liquida, pastosa, en polvo, granulos o formas similares, en recipientes o envases inmediatos con un contenido superior a 2 kg Los demas, en bloques, tabletas o barras: - Rellenos - Sin rellenar Los demas

Capitulo 19 Preparaciones a base de cereales, harina, MORDAZA, fecula o leche; productos de pasteleria
Notas. 1. Este Capitulo no comprende: a) las preparaciones alimenticias que contengan una proporcion superior al 20% en peso de embutidos, carne, despojos, sangre, pescado o de crustaceos, moluscos o demas invertebrados acuaticos, o de una mezcla de estos productos (Capitulo 16), excepto los productos rellenos de la partida 19.02; b) los productos a base de harina, MORDAZA o fecula (galletas, etc.) especialmente preparados para la alimentacion de los animales (partida 23.09); c) los medicamentos y demas productos del Capitulo 30. 2. En la partida 19.01, se entiende por: a) granones, los granones de cereales del Capitulo 11; b) harina y semola: 1) la harina y semola de cereales del Capitulo 11; 2) la harina, semola y polvo, de origen vegetal, de cualquier Capitulo, excepto la harina, semola y polvo de hortalizas (incluso «silvestres») secas (partida 07.12), de papa (patata) (partida 11.05) o de hortalizas (incluso «silvestres») de vaina secas (partida 11.06). 3. 4. La partida 19.04 no comprende las preparaciones con un contenido de cacao superior al 6% en peso calculado sobre una base totalmente desgrasada, ni las recubiertas de chocolate o demas preparaciones alimenticias que contengan cacao de la partida 18.06 (partida 18.06). En la partida 19.04, la expresion preparados de otro modo significa que los cereales se han sometido a un tratamiento o a una preparacion mas avanzados que los previstos en las partidas o en las Notas de los Capitulos 10 u 11. Codigo 19.01 Designacion de la Mercancia Extracto de malta; preparaciones alimenticias de harina, granones, semola, MORDAZA, fecula o extracto de malta, que no contengan cacao o con un contenido de cacao inferior al 40% en peso calculado sobre una base totalmente desgrasada, no expresadas ni comprendidas en otra parte; preparaciones alimenticias de productos de las partidas 04.01 a 04.04 que no contengan cacao o con un contenido de cacao inferior al 5% en peso calculado sobre una base totalmente desgrasada, no expresadas ni comprendidas en otra parte. Preparaciones para la alimentacion infantil acondicionadas para la venta al por menor: - Leche maternizada o humanizada - Las demas: - - Preparaciones para la alimentacion infantil, a base de harinas, semolas, almidones, feculas o extractos del malta - - Las demas Mezclas y pastas para la preparacion de productos de panaderia, pasteleria o galleteria, de la partida 19.05 Los demas: - Extracto de malta - Los demas 12 12 12 12 12 12 A/V

1901.10 1901.10.10.00 1901.10.90 1901.10.90.10 1901.10.90.90 1901.20.00.00 1901.90 1901.90.10.00 1901.90.90.00 19.02

Pastas alimenticias, incluso cocidas o rellenas (de carne u otras sustancias) o preparadas de otra forma, tales como espaguetis, fideos, macarrones, tallarines, lasanas, noquis, ravioles, canelones; cuscus, incluso preparado. Pastas alimenticias sin cocer, rellenar ni preparar de otra forma: - Que contengan huevo - Las demas Pastas alimenticias rellenas, incluso cocidas o preparadas de otra forma Las demas pastas alimenticias Cuscus 20 20 12 12 12 12

1902.11.00.00 1902.19.00.00 1902.20.00.00 1902.30.00.00 1902.40.00.00 1903.00.00.00 19.04

Tapioca y sus sucedaneos preparados con fecula, en copos, grumos, granos perlados, cerniduras o formas similares. Productos a base de cereales obtenidos por inflado o tostado (por ejemplo: hojuelas o copos de maiz); cereales (excepto el maiz) en grano o en forma de copos u otro grano trabajado (excepto la harina, granones y semola), precocidos o preparados de otro modo, no expresados ni comprendidos en otra parte. Productos a base de cereales obtenidos por inflado o tostado Preparaciones alimenticias obtenidas con copos de cereales sin tostar o con mezclas de copos de cereales sin tostar y copos de cereales tostados o cereales inflados Trigo «bulgur» Los demas

1904.10.00.00 1904.20.00.00 1904.30.00.00 1904.90.00.00 19.05 1905.10.00.00 1905.20.00.00 1905.31.00.00 1905.32.00.00 1905.40.00.00 1905.90.00.00

20 20 20 20

Productos de panaderia, pasteleria o galleteria, incluso con adicion de cacao; hostias, sellos vacios de los tipos utilizados para medicamentos, obleas para sellar, pastas secas de harina, MORDAZA o fecula, en hojas, y productos similares. Pan crujiente llamado «Knackebrot» Pan de especias Galletas dulces (con adicion de edulcorante); barquillos y obleas, incluso rellenos («gaufrettes», «wafers») y «waffles» («gaufres»): - Galletas dulces (con adicion de edulcorante) - Barquillos y obleas, incluso rellenos («gaufrettes», «wafers») y «waffles» («gaufres») Pan tostado y productos similares tostados Los demas 20 20 20 20 20 20

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