Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2001 (30/11/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 30 de noviembre de 2001

Que, la citada ley, tiene por objeto establecer las normas complementarias sobre organizacion, administracion de recursos y ejecucion del Programa del Vaso de Leche que tiene a su cargo los gobiernos locales; Que, el Articulo 2º de la citada ley establece que el Comite de Administracion del Vaso de Leche esta integrado por el MORDAZA, un funcionario municipal, un representante del Ministerio de Salud, tres representantes de la Organizacion del Programa del Vaso de Leche y un representante de la Asociacion de Productores Agropecuarios de la region o de la MORDAZA cuya representacion sera debidamente acreditada por el Ministerio de Agricultura; Que, la Disposicion Final Unica de la citada MORDAZA establece que se derogan o se dejan en suspenso todas aquellas disposiciones legales y reglamentarias que se opongan a lo establecido por la presente ley o limiten su aplicacion; Que, el Concejo Distrital de La MORDAZA, en atencion a lo expuesto y a efectos de atender con mayor eficacia posible el Programa del Vaso de Leche en el distrito, ha visto pertinente establecer el MORDAZA Comite de Administracion; De conformidad con las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, el Concejo; ACORDO: Articulo Primero.- El Comite de Administracion del Programa del Vaso de Leche estara conformado por: - El Alcalde. - El Director de Bienestar Social. - Tres representantes de la Organizacion del Programa del Vaso de Leche. - Un representante del Ministerio de Salud. - Un representante de la Asociacion de Productores Agropecuarios de la MORDAZA debidamente acreditado por el Ministerio de Agricultura. Articulo Segundo.- Encargar a la Direccion de Administracion y a la Direccion de Bienestar Social el cumplimiento del presente acuerdo. Articulo Tercero.- Dejar sin efecto cualquier disposicion municipal que se oponga al presente acuerdo. Registrese, comuniquese y cumplase MORDAZA BONIFAZ MORDAZA MORDAZA 35437

c) Debe elaborar el Acta de Subasta remitiendola a la Municipalidad conjuntamente con la liquidacion respectiva, en un plazo no mayor de 5 dias contados a partir de la realizacion de la subasta." DEBE DECIR: Articulo Segundo.- Adicionese los Articulos 34º y 35º a la Ordenanza Nº 211-2001-CDSB-C, con el texto siguiente: "Articulo 34º.- Designacion del Martillero Publico El Martillero Publico sera designado por el Comite de Baja y Venta de Bienes, teniendo en cuenta los siguientes requisitos: c) Debera estar inscrito y habilitado en el Registro de Martilleros Publicos de la Superintendencia Nacional de Registros Publicos. d) No debe haber dirigido mas de dos ventas por subasta publica consecutivas para la Municipalidad durante un mismo ano." "Articulo 35º Contrato de Prestacion de Servicios La Municipalidad debera celebrar un contrato de prestacion de servicios con el Martillero Publico, en el que se deberan consignar las siguientes obligaciones a cargo de este ultimo: d) Sus honorarios profesionales, los que no podran exceder del 3% del producto de venta efectiva, incluidos los impuestos de ley. e) Si por razones de fuerza mayor sobrevinientes no pudiese dirigir la venta por subasta publica, debera comunicar su renuncia debidamente sustentada a la Municipalidad con una anticipacion no menor de 48 horas a la realizacion de la subasta. f) Debe elaborar el Acta de Subasta remitiendola a la Municipalidad conjuntamente con la liquidacion respectiva, en un plazo no mayor de 5 dias contados a partir de la realizacion de la subasta." 35358

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Modifican la Ordenanza Nº 027, que establecio montos de arbitrios de Limpieza Publica, Relleno Sanitario y Parques y Jardines para el ejercicio 2001
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 029 MORDAZA MORDAZA, 28 de febrero del 2001 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria Publica de la fecha ha expedido, por unanimidad, la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- MODIFICASE el Articulo MORDAZA de la Ordenanza Municipal Nº 027 en los siguientes terminos: "Articulo Segundo.- Fijar los derechos por concepto de emision mecanizada del Impuesto Predial 2001 en S/. 10.00 (diez nuevos soles), y, por cada predio adicional S/. 5.00 (cinco nuevos soles)". Articulo Segundo.- ESTABLEZCASE el vencimiento de pago de las cuotas trimestrales del Impuesto Predial, conforme el siguiente calendario: Primera Cuota del Impuesto hasta el 31 de marzo del 2001. MORDAZA Cuota del Impuesto hasta el 31 de MORDAZA del 2001. Tercera Cuota del Impuesto hasta el 31 de agosto del 2001. Cuarta Cuota del Impuesto hasta el 30 de noviembre del 2001. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 29936

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 243 Mediante Oficio Nº 300-2001-CDSB-SG la Municipalidad de San MORDAZA solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 243 publicada en nuestra edicion del 24 de noviembre de 2001, pagina 213059. DICE: Articulo Segundo.- Adicionese los Articulos 32º y 33º a la Ordenanza Nº 211-2001-CDSB-C, con el texto siguiente: "Articulo 32º.- Designacion del Martillero Publico El Martillero Publico sera designado por el Comite de Baja y Venta de Bienes, teniendo en cuenta los siguientes requisitos: a) Debera estar inscrito y habilitado en el Registro de Martilleros Publicos de la Superintendencia Nacional de Registros Publicos. b) No debe haber dirigido mas de dos ventas por subasta publica consecutivas para la Municipalidad durante un mismo ano." "Articulo 33º Contrato de Prestacion de Servicios La Municipalidad debera celebrar un contrato de prestacion de servicios con el Martillero Publico, en el que se deberan consignar las siguientes obligaciones a cargo de este ultimo: a) Sus honorarios profesionales, los que no podran exceder del 3% del producto de venta efectiva, incluidos los impuestos de ley. b) Si por razones de fuerza mayor sobrevinientes no pudiese dirigir la venta por subasta publica, debera comunicar su renuncia debidamente sustentada a la Municipalidad con una anticipacion no menor de 48 horas a la realizacion de la subasta.

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