Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2002 (19/12/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 19 de diciembre de 2002

MIMDES, se aprobo la estructura organica basica del Ministerio, siendo parte de la Alta Direccion el Despacho Viceministerial de Desarrollo Social; Que, la finalidad de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, es promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la informacion consagrado en el numeral 5 del Articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru; Que, el Articulo 8º de la citada Ley Nº 27793 establece que las entidades identificaran, bajo responsabilidad de su MORDAZA representante, al funcionario responsable de brindar informacion solicitada en virtud de la mencionada norma; Que, por dicho motivo es necesario designar al funcionario responsable de brindar informacion solicitada en virtud del precitado dispositivo legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27806, Ley Nº 27793, y el Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Desarrollo Social del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, como responsable de brindar informacion solicitada ante este Ministerio en virtud de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 22508

Aprueban el formato "Ficha Integral para Evaluacion del MORDAZA, MORDAZA o Adolescente Promovido en Adopcion"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 726-2002-MIMDES
MORDAZA, 18 de diciembre de 2002 Vistos, el Informe Nº 029-2002-MIMDES-GPNA-OAYOR-MD de fecha 3 de octubre de 2002 presentado por la Oficina de Adopciones, el cual pone a consideracion la aprobacion de una Ficha Integral del MORDAZA, MORDAZA y Adolescente para adopcion; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 029-2002-MIMDESGPNA-OA-YOR-MD emitido por el Medico de la Oficina de Adopciones, se advierte que producto de una revision aleatoria de la calidad y cantidad de informacion referente al estado de salud de ninos y adolescentes con auto de abandono, se obtiene que la informacion socio sanitaria proporcionada sobre los ninos y adolescentes, no se encuentra estandarizada y en ocasiones resulta insuficiente, o se encuentra elaborada por profesionales no autorizados para ello, situacion que no coadyuva a proteger el interes supremo del MORDAZA y adolescente en el ambito de su salud, sobre todo de aquellos considerados en MORDAZA de sensibilizacion; Que, ante tal situacion y en tanto existe una gran demanda de informacion transparente y confiable sobre la informacion medica de los ninos y adolescentes por los adoptantes, cuya carencia podria desalentar la adopcion de los mismos, se ha procedido a establecer un formato de informacion y evaluacion socio sanitaria denominado "Ficha Integral del MORDAZA, MORDAZA y Adolescente para Adopcion", el mismo que ha sido validado por distintos profesionales de salud; constituyendose la misma en una Ficha Integral con objetivos de evaluacion por ambito de competencia profesional que permita conocer integralmente al MORDAZA, MORDAZA y adolescente, estableciendo claramente las competencias y responsabilidades profesionales, la misma que deberia ser de uso obligatorio por los Centros Tutelares para remitir informacion socio sanitaria de los ninos, ninas y adolescentes; Que, mediante Informe Nº 416-2002-MIMDES/OGAJ de la Oficina General de Asesoria Juridica de fecha 22 de noviembre de 2002 se senala que resulta viable la aprobacion de la referida ficha integral con su respectivo instructivo, mediante la emision de la correspondiente Resolucion Ministerial, proponiendose la modificacion de la denominacion de la referida ficha integral por no resultar ser la mas idonea, debiendo adoptar la denominacion de Ficha Integral para Evaluacion del MORDAZA, MORDAZA o Adolescente promovido en Adopcion; Que, de conformidad con el Articulo 28º del Codigo de los Ninos y Adolescentes, el Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, hoy Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social MIMDES, es el ente rector del Sistema Nacional de Atencion Integral al MORDAZA y al Adolescente y en tanto tal dirige el mismo; siendo competente, entre otros, para dictar normas tecnicas y administrativas de caracter nacional y general sobre la atencion del MORDAZA y del adolescente; asi como para dirigir la politica nacional de adopciones a traves de la Oficina de Adopciones de la Gerencia de Promocion de la Ninez y de Adolescencia, hoy Secretaria Nacional de Adopciones, de conformidad con el Articulo 29º de la MORDAZA MORDAZA citada; Que, por lo MORDAZA expuesto resulta necesario aprobar la referida ficha integral y su respectivo instructivo a efectos de poder contar de manera estandarizada con un resumen historial socio sanitario del MORDAZA, MORDAZA y adolescente promovido en adopcion, permitiendo homogenizar criterios de evaluacion para el MORDAZA de adopcion, estableciendo profesionalmente la condicion de salud de los menores considerados en MORDAZA de sensibilizacion, y contribuyendo, a su vez, a realizar un mejor control post adoptivo de los menores; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27793 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, y el Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES - Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social;

Corrigen error material existente en la R.M. Nº 698-2002-MIMDES
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 725-2002-MIMDES
MORDAZA, 18 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, en la parte final del primer considerando de la Resolucion Ministerial Nº 698-2002-MIMDES de fecha 29 de noviembre de 2002, se senala que se ha determinado presunta responsabilidad penal del representante legal de la empresa EMSELSA Y CIA S.R.L; Que, en la mencionada Resolucion se ha producido un error material en la denominacion social de la empresa cuyo representante cuenta con presunta responsabilidad penal, el mismo que resulta necesario corregir; De conformidad con el Numeral 201.1 del Articulo 201º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley Nº 27793 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, y el Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES - Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Corregir el error material incurrido en la parte final del primer considerando de la Resolucion Ministerial Nº 698-2002-MIMDES de fecha 29 de noviembre de 2002, al haberse senalado de manera equivoca la denominacion social de la empresa cuyo representante legal tiene presunta responsabilidad penal, tal como se indica a continuacion: DICE : "Que, ... se ha determinado presunta responsabilidad penal de ex funcionarios del PRONAA, asi como del representante legal de la empresa EMSELSA Y CIA S.R.L." DEBE DECIR : "Que, ... se ha determinado presunta responsabilidad penal de ex funcionarios del PRONAA, asi como del representante legal de la empresa EMSELA Y C.I.A. S.R.L." Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 22509

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