Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2002 (26/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, martes 26 de marzo de 2002

NORMAS LEGALES

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MORDAZA, hasta por la suma de US$ 80 000,00 (ochenta mil con 00/100 Dolares Americanos), a los senores.................................................................. garantizando que cumpliran todas y cada una de las obligaciones que asumen en virtud del contrato de fecha ..................., que suscriben con ustedes por haber resultado adjudicatarios de la buena pro del Concurso Publico para la contratacion de la persona juridica que se encargara del MORDAZA liquidatorio del NBK BANK. La presente carta fianza es de realizacion automatica al primer requerimiento, por lo que la honraremos a la simple solicitud de ustedes, indicando que nuestro fiado ha incumplido, en cualquiera de sus extremos el ya mencionado contrato. En caso de no pagar el importe de la carta fianza dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a su solicitud, incurriremos automaticamente en MORDAZA y el importe de la garantia devengara intereses moratorios equivalentes a la tasa activa en moneda nacional (TAMN) mas tres puntos porcentuales. Esta carta fianza regira desde la fecha y expirara el ............. de ............ del ano 200.., a las ............... horas. Atentamente, EMISOR 5667

UNIVERSIDADES
Inician procedimientos administrativos a ex miembros y ex funcionarios de las Comisiones Reorganizadoras CORE I y II de la Universidad Nacional MORDAZA Valdizan
UNIVERSIDAD NACIONAL MORDAZA VALDIZAN SECRETARIA GENERAL RESOLUCION Nº 239-2002-UNHEVAL-R MORDAZA, 25 de marzo de 2002 Vistos los documentos que se acompanan en siete (7) folios; CONSIDERANDO: Que los miembros de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, con el Informe Nº 001-2002UNHEVAL-CEPAD, del 20.MAR.2002, dirigido al Rector, se ha avocado al estudio y calificacion del Informe Nº 037-2002CG/B360, Examen Especial a la Universidad Nacional "Hermilio Valdizan" del periodo JUN.95 a NOV.2000, realizada por la Contraloria General de la Republica, en el analisis factico exponen que de SET.95 a MAY.96 los miembros de la CORE I de la UNHEVAL percibieron en exceso la suma de S/. 90,019.51 nuevos soles, por concepto de honorarios profesionales, comparando con las que perciben similares autoridades de una Universidad Nacional, bajo el supuesto de haber suscrito contratos de Servicios no Personales, documentos que no fueron ubicados en los archivos de la UNHEVAL, contraviniendo los dispositivos legales que fijan los montos unicos segun las normas legales, aspecto que coincide con las opiniones vertidas por el Secretario General de la Presidencia del Consejo de Ministros y la Direccion General de Presupuesto Publico, por lo que se presume responsabilidad administrativa de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Presidente de la CORE I y Rector; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Vicerrector Administrativo; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Vicerrector Academico; y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de Desarrollo Universitario; ademas de la CPC Eddy R. MORDAZA MORDAZA, ex Jefa de la Oficina de Tesoreria; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefa de la Oficina de Logistica y Servicios Generales; y MORDAZA Caicedo MORDAZA, ex Director de la Oficina de Planificacion; que, igualmente, durante el periodo JUN.96 a NOV.2000 los miembros de la Comision Reorganizadora CORE II, tambien percibieron en exceso la suma de S/. 3'127,664,06 nuevos soles, por honorarios profesionales, por la misma razon expresada en el parrafo precedente, en virtud a los contratos suscritos con la Universidad, representado por un miembro de la CORE, bajo la modalidad de servicios no personales para ejercer los cargos de Rector, Vicerrectores y Directores, habiendo inobservado los dispositivos lega-

les que regulan las remuneraciones para el sector publico contenidas en el Decreto Legislativo Nº 276 y normas conexas; asimismo la UNHEVAL asumio los gastos de "alojamiento y alimentacion" de los miembros de la CORE II, por S/ . 292,290.20, pese a que en la sesion del 13.JUN.96 se acordo que las Remuneraciones de cada uno de ellos no tendria en cuenta dichos gastos, por lo que se ha inobservado el Art. 83º del Reglamento de la MORDAZA Administrativa, aprobado con D.S. Nº 005-90-PCM, toda vez que ellos se otorgan cuando el servidor se desplaza en forma temporal fuera de la sede habitual de trabajo; y excediendose en sus atribuciones se autorizaron y percibieron una bonificacion por "Participacion en los Procesos de Admision" de los anos 97, 98 y 2000 por un total de S/. 56,300.00 nuevos soles, funciones inherentes a sus cargos, por lo que se ha incumplido el Art. 9º de las Leyes Nº 26894, Nº 27013, Leyes de Presupuesto de 1997 y 1998; y el Art. 52º de la Ley Nº 27209, Ley de Gestion Presupuestaria del Estado correspondiente al ano 2000, por lo que les asiste responsabilidad administrativa a los senores miembros de la CORE II, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Presidente y Rector; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Vicerrector Administrativo; MORDAZA Amat MORDAZA, ex Vicerrector Academico y Director de Desarrollo Universitario; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de Desarrollo Universitario de los Centros de Produccion y ex Vicerrector Academico; y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Vicerrector Academico y Director Empresarial de los Centros de Produccion; ademas a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Oficina de Tesoreria; MORDAZA Caicedo MORDAZA, ex Jefe de la Oficina de Planificacion; Eddy MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de las Oficinas de Tesoreria y Contabilidad; que, asimismo, al 31.DIC.2000 hubo cuatro (4) docentes a quienes se les otorgo licencia con goce de haber por capacitacion oficializada, que no cumplieron con presentar sus MORDAZA correspondientes, no obstante que las autoridades de la UNHEVAL, mediante la Resolucion Nº 1703-CU-CR-UNHEVAL-99, les otorgo facilidades para su cumplimiento, transgrediendo lo establecido en el inciso c), numeral 1.2.4, de la Resolucion Directoral Nº 001-93-INAP/DNP por lo que le asiste respon, sabilidad administrativa al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Presidente de la Comision Reorganizadora y Rector de la UNHEVAL; que, igualmente, se ha determinado que durante los meses de marzo, MORDAZA y MORDAZA del ano 2000, la UNHEVAL ha desembolsado la suma de S/.26, 290.00 nuevos soles, por concepto de subvencion de "productividad y trabajos extraordinarios" incumpliendo los requisitos establecidos en el Reglamento aprobado con la Resolucion Nº 1398-CU-CRUNHEVAL-98 del 19.OCT.98, principalmente en lo que se refiere a la autorizacion del Jefe inmediato superior, el informe del trabajo realizado, asi como la presencia de tres horas extraordinarias, razon por la cual no tenia evidencia de haber recibido en su totalidad la contraprestacion de la labor ejecutada, tanto por el personal administrativo como por el personal docente; por lo que le asiste Responsabilidad administrativa a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Presidente de la CORE II; Cayto Miraval MORDAZA, ex Director de la Oficina General de Administracion y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Oficina de Tesoreria; que, tambien, la UNHEVAL ha abonado la suma adicional de S/. 7,950.00 nuevos soles a cuatro servidores contratados por la modalidad de servicios no personales, por su participacion en los procesos de admision de los anos 1997, 1998 y 2000, sin que hayan evidenciado las labores realizadas, por lo que le asiste responsabilidad administrativa a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Presidente de la Comision Reorganizadora y Rector de la UNHEVAL; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Vicerrector Administrativo; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de Desarrollo Universitario de los Centros de Produccion y Vicerrector Academico; MORDAZA Amat MORDAZA, ex Vicerrector Academico y ex Director de Desarrollo Universitario, al senor Cayto Miraval MORDAZA, ex Director de la Oficina General de Administracion y senor MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Oficina de Tesoreria; que, igualmente, la CORE II autorizo la adquisicion de equipos informaticos, sin contar con el requerimiento del Centro de Informatica ni las especificaciones tecnicas correspondientes, basandose solo en las propuestas de los postores, por lo que han inobservado los Articulos 3.3.5, 3.4.2, y el inciso h) del Art. 1.1.3 del Reglamento Unico de Adquisiciones, en cuanto a que las propuestas deben ser analizadas y comparadas con las especificaciones tecnicas, por lo que le asiste responsabilidad administrativa a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Presidente de la Comision Reorganizadora y Rector de la UNHEVAL; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Vicerrector Administrativo; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de Desarrollo Universitario de los Centros de Produccion y Vicerrector Academico; MORDAZA Amat MORDAZA, ex Vicerrector, todos ellos

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