Norma Legal Oficial del día 29 de enero del año 2003 (29/01/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 29 de enero de 2003

cursos del Proyecto, debera ser aprobado previamente por el Banco. Articulo 16. Supervision en el terreno. Sin perjuicio de la supervision de los trabajos del Proyecto que lleve a cabo el Organismo Ejecutor, el Banco podra realizar la supervision del Proyecto en el terreno, por medio de su Representacion en el MORDAZA o paises de los funcionarios que designe para tal efecto. Articulo 17. Alcance del compromiso del Banco. Queda entendido que el otorgamiento de la Contribucion por el Banco no implica compromiso alguno de su parte para financiar total o parcialmente cualquier programa o proyecto que directa o indirectamente pudiera resultar de la realizacion del Proyecto. Articulo 18. Arbitraje. Para la solucion de cualquier controversia que se derive de este Convenio y que no se resuelva por acuerdo entre las partes, estas se someten incondicional e irevocablemente al siguiente procedimiento y fallo arbitrales: (a) Composicion del Tribunal. El Tribunal de Arbitraje se compondra de tres (3) miembros, que seran designados en la forma siguiente: uno, por el Banco, otro, por el Organismo Ejecutor, y un tercero, en adelante denominado el "Dirimente", por acuerdo directo entre las partes, o por intermedio de los respectivos arbitros. Si las partes o los arbitros no se pusieren de acuerdo con respecto a la persona del Dirimente, o si una de las partes no pudiera designar arbitros, el Dirimente sera designado a peticion de cualquiera de las partes por el Secretario General de la Organizacion de los Estados Americanos. Si una de las partes no designare arbitro, este sera designado por el Dirimente. Si alguno de los arbitros designados o el Dirimente no quisiere o no pudiere actuar o seguir actuando, se procedera a su reemplazo en igual forma que para la designacion original. El sucesor tendra las mismas funciones y atribuciones que el antecesor. (b) Iniciacion del Procedimiento. Para someter la controversia al procedimiento de arbitraje, la parte reclamante dirigira a la otra una comunicacion escrita exponiendo la naturaleza del reclamo, la satisfaccion o reparacion que persigue y el nombre del arbitro que designa. La parte que hubiere recibido dicha comunicacion debera, dentro del plazo de cuarenta y cinco (45) dias, comunicar a la parte contraria el nombre de la persona que designe como arbitro. Si dentro del plazo de treinta (30) dias contados desde la entrega de la comunicacion referida al reclamante, las partes no se hubieren puesto de acuerdo en cuanto a la persona del Dirimente, cualquiera de ellas podra recurrir ante el Secretario General de la Organizacion de los Estados Americanos para que este proceda a la designacion. (c) Constitucion del Tribunal. El Tribunal de Arbitraje se constituira en MORDAZA, Distrito de MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, en la fecha que el Dirimente designe y, constituido, funcionara en las fechas que fije el propio Tribunal. (d) Procedimiento. (i) El Tribunal solo tendra competencia para conocer de los puntos de la controversia. Adoptara su propio procedimiento y podra por propia iniciativa designar los peritos que estime necesarios. En todo caso, debera dar a las partes la oportunidad de presentar exposiciones en audiencia. (ii) El Tribunal fallara en conciencia, basandose en los terminos del Convenio, y pronunciara su fallo aun en el caso de que alguna de las partes actue en rebeldia. (iii) El fallo se MORDAZA constar por escrito y se adoptara con el MORDAZA concurrente de dos miembros del Tribunal, por lo menos. Debera dictarse dentro del plazo de sesenta (60) dias a partir de la fecha del nombramiento del Dirimente, a menos que el Tribunal determine que por circunstancias especiales e imprevistas debe ampliarse dicho plazo. El fallo sera notificado a las partes mediante comunicacion suscrita, cuando menos, por dos miembros del Tribunal. Las partes acuerdan que cualquier fallo del Tribunal debera cumplirse dentro del plazo de treinta (30) dias a partir de la fecha de la notificacion, tendra merito ejecutivo y no admitira recurso alguno. (e) Gastos. Los honorarios de cada arbitro seran cubiertos por la parte que lo hubiere designado y los honorarios del

Dirimente seran cubiertos por MORDAZA partes en igual proporcion. MORDAZA de constituirse el Tribunal, las partes acordaran los honorarios de las demas personas que de mutuo acuerdo convengan que deben intervenir en el procedimiento de arbitraje. Si el acuerdo no se produjere oportunamente, el propio Tribunal fijara la compensacion que sea razonable para dichas personas, tomando en cuenta las circunstancias. Cada parte sufragara sus costos en el procedimiento de arbitraje, pero los gastos del Tribunal seran sufragados por las partes en igual proporcion. Toda duda respecto a la division de los gastos o a la forma en que deban pagarse sera resuelta sin ulterior recurso por el Tribunal. (f) Notificaciones. Toda notificacion relativa al arbitraje o al fallo sera hecha en la forma prevista en este Articulo. Las partes renuncian a cualquier otra forma de notificacion. ANEXO A EL PROGRAMA Contabilizando a los Grupos Etnicos: Apoyo Tecnico al Instituto Nacional de Estadistica e Informatica del Peru INEII. Objetivo 1.01 El objetivo general de este proyecto es avanzar en el MORDAZA de recoleccion, difusion y analisis de informacion estadistica sobre los grupos etnicos de MORDAZA Latina y el Caribe. 1.02 El objetivo especifico es apoyar al Instituto Nacional de Estadistica e Informatica del Peru -INEI- en el MORDAZA de contabilizar a las poblaciones de ascendencia africana e indigenas del Peru a partir de la incorporacion de preguntas sobre raza y etnia en el cuestionario de su proximo censo nacional, programado para MORDAZA del 2003. II. Descripcion 2.01 Para alcanzar estos objetivos, el Organismo Ejecutor documentara su experiencia en el MORDAZA preparatorio de su proximo censo nacional en el que, por primera vez, incluira preguntas sobre raza y etnia. Esta documentacion incluye: (i) una descripcion de la participacion de los grupos etnicos en el diseno del cuestionario y MORDAZA preparatorio del censo 2003; (ii) una descripcion de la metodologia acordada -pros y contras; y (iii) una descripcion sobre como maximizar la utilidad y relevancia de las encuestas de hogar -y la informacion recolectada- en el MORDAZA de preparacion del censo 2003. 2.02 El Organismo Ejecutor contratara servicios de consultoria para documentar las experiencias de otros paises de la region incorporando preguntas de raza y etnia en los cuestionarios de sus censos nacionales y/o encuestas de hogar. Los consultores presentaran sus estudios de caso en un taller internacional titulado Todos Contamos II: Los Censos y la Inclusion Social, que organizara el INEI en colaboracion con el Banco Mundial, a finales del mes de octubre en MORDAZA, Peru. 2.03 Con el fin de difundir los resultados de este proyecto, el Organismo Ejecutor se encargara de publicar la documentacion de su MORDAZA preparatorio, junto con las ponencias de los expertos internacionales (consultores) en el MORDAZA Todos Contamos II: Los Censos y la Inclusion Social. III. Costo y Financiamiento 3.01 El costo total del Programa se estima en el equivalente de US$ 20.000, segun la siguiente distribucion por categorias de inversion:
Componente Descripcion Costo 01. Estudios de caso Consultores individuales (5 estudios de caso) 2.500 Viajes y per diem de expertos 15.000 (15 expertos, 3 dias en Lima) 0.2. Documentacion Consultor individual (asistente de investigacion) 1.000 MORDAZA 0.3. Publicaciones Edicion, traduccion y publicacion del libro con las 1.500 memorias del evento Todos Contamos II: Los Censos y la Inclusion Social. TOTAL 20.000

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