Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2003 (23/07/2003)


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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 23 de MORDAZA de 2003

Articulo 1º.- Autorizar el viaje del ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bacigalupo, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural PETT, a la MORDAZA de MORDAZA - Ecuador, del 24 al 26 de MORDAZA del 2003, para participar en la Mesa Redonda sobre manejo de conflictos de tierras en MORDAZA Latina organizado por la FAO y USAID. Articulo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolucion Ministerial, seran sufragados en su totalidad por la FAO y USAID, no irrogando gasto alguno de los recursos del Estado. Articulo 3º.- El cumplimiento de la presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Articulo 4º.- El mencionado funcionario, dentro de los quince (15) dias posteriores a su retorno al MORDAZA, presentara un informe al Titular del Pliego sobre su participacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 13833

del Sector Agropecuario, la misma que quedara conformada de la siguiente manera: - Un representante del Ministro de Agricultura, quien lo presidira. - Un representante del Viceministro de Agricultura. - Un representante de la Oficina de Asesoria Juridica del Ministerio de Agricultura. - Dos representantes de los Gremios Agrarios que integran el Consejo Nacional de Concertacion Agraria CONACA." Articulo 2º.- Rectificar el error material incurrido en la numeracion del articulado de la Resolucion Ministerial Nº 0485-2003-AG; dice: Articulo 4º, debe decir: Articulo 3º. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 13831

Lista de Productos Farmaceuticos y Biologicos de uso Veterinario registrados en el mes de junio de 2003
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA RESOLUCION DIRECTORAL Nº 33-2003-AG-SENASA-DGSA MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Decretos Supremos Nº 016-2002AG y Nº 015-98-AG, se oficializan la inscripcion y comercializacion de productos de uso veterinario, los mismos que estaran sujetos unicamente a lo dispuesto por las citadas disposiciones legales, disponiendose la publicacion periodica de los productos registrados; Que, conforme a lo senalado por el articulo 18º del Decreto Supremo Nº 24-95-AG, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, la Direccion General de Sanidad Animal, tiene entre otras funciones la de establecer mecanismos de control, registro y fiscalizacion respecto de insumos de uso animal, asi como biologicos y farmacos, igualmente conducir el registro de las empresas productoras y/o comercializadoras de estos insumos; Que, con Memorandum Nº 302-2003-AG-SENASADGSA-DIP, de fecha 11 de MORDAZA del 2003, la Direccion de Insumos Pecuarios de la Direccion General de Sanidad Animal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, ha remitido el listado de Productos Veterinarios registrados durante el mes de Junio del 2003, a efectos de dar cumplimiento a lo que dispone el articulo 14º del Decreto Supremo Nº 015-98-AG; Estando a la delegacion de facultades conferidas a la Direccion General de Sanidad Animal, mediante Resolucion Jefatural Nº 167-96-AG-SENASA; de conformidad con lo dispuesto por el articulo 14º del Decreto Supremo Nº 015-98-AG, y el articulo 18º del Decreto Supremo Nº 24-95-AG; y con la visacion de la Directora General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Disponer la publicacion en el Diario Oficial El Peruano, de la Lista de Productos Farmaceuticos y Biologicos de uso Veterinario, registrados en el mes de junio del 2003, en la Direccion de Insumos Pecuarios de la Direccion General de Sanidad Animal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, de acuerdo a lo siguiente:

Modifican y rectifican R.M. Nº 04852003-AG que constituyo comision encargada de elaborar propuesta de Reglamento del Consejo Nacional de Concertacion para la Reactivacion y Desarrollo del Sector Agropecuario
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0615-2003-AG MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27965 fue creado el Consejo Nacional de Concertacion para la Reactivacion y Desarrollo del Sector Agropecuario, derogandose al Decreto Supremo Nº 041-2002-AG; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0485-2003AG, de fecha 28 de MORDAZA de 2003, se constituyo la comision encargada de elaborar la propuesta de reglamento del Consejo Nacional de Concertacion para la Reactivacion y Desarrollo del Sector Agropecuario; Que, la Secretaria Tecnica debe cumplir las funciones de asesoramiento y apoyo a todas las comisiones del CONACA, por lo que resulta necesario modificar la citada comision; Que, los errores materiales, de acuerdo a lo establecido por el articulo 201.1 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 017-2001-AG - Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 0485-2003-AG, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera: "Articulo 1º.- Constituir una Comision encargada de elaborar la propuesta de reglamento del Consejo Nacional de Concertacion para la Reactivacion y Desarrollo

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