Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2003 (23/07/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

MORDAZA, miercoles 23 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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tencia, correspondiendole al Concejo Municipal la funcion normativa, la que se ejerce a traves de Ordenanzas con rango de ley; Que, asimismo las Municipalidades son competentes para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a ley; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 049-MVES se autorizo la emision mecanizada de la Declaracion Jurada del Impuesto Predial y su correspondiente recibo de pago, estableciendose como fecha de vencimiento del pago del 1er. Trimestre del Impuesto Predial el 31 de marzo del 2003, autorizandose a la vez la Declaracion Jurada Masiva de Datos gratuita de actualizacion de informacion relativa al impuesto predial; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 052-MVES, entre otros, se prorrogo hasta el 30 de MORDAZA del 2003 el plazo para la MORDAZA de la Declaracion Jurada y el pago de la primera cuota trimestral del Impuesto Predial, y se ratifico la gratuidad de la Declaracion Jurada de actualizacion del Impuesto Predial, asi como la condonacion del pago de cualquier clase de multa; Que, mediante Ordenanzas Municipales Nºs. 054 y 055-MVES entre otros, tambien se prorrogo el plazo para la MORDAZA de la Declaracion Jurada y el pago de la primera cuota trimestral del Impuesto Predial, ratificandose la gratuidad de la Declaracion Jurada de Actualizacion de Datos del Impuesto Predial, asi como la condonacion del pago de cualquier clase de multa; Que, mediante Documento Administrativo Nº 6088 del 01.07.2003, proveniente de la Central de Asociaciones Empresariales y Empresarios de la Micro y Pequena Empresa - MORDAZA Industrial, y otros, se manifiesta que ante la situacion economica actual que ha afectado a los micro y pequenos empresarios, se solicita una ampliacion de 30 dias del pago del Impuesto Predial, dado que es deseo de los empresarios el cumplir con sus obligaciones con la comuna; Que, mediante Informe Nº 154-03-MVES/OR, la Direccion de Rentas, pone en conocimiento que al existir el pedido solicitando la ampliacion de los plazos de la MORDAZA predial a efectos de cumplir con sus obligaciones tributarias, y teniendo en cuenta que la naturaleza del pedido proviene por propia iniciativa del micro y pequeno empresario del MORDAZA Industrial, considera que debe evaluarse la procedencia de la misma a favor de los contribuyentes; Que, ante el pedido senalado, se considera conveniente prorrogar por MORDAZA vez los plazos senalados en las Ordenanzas anteriores, referidas entre otros al plazo de vencimiento del pago de la primera cuota trimestral del Impuesto Predial, el plazo para la MORDAZA de la Declaracion Jurada Masiva, asi como el plazo de vencimiento del pago de la MORDAZA cuota trimestral del Impuesto Predial, para que el vecindario pueda seguir cumpliendo con sus obligaciones tributarias y pueda acogerse a los beneficios otorgados; Estando a lo informado, contando con la opinion legal favorable de la Direccion de Asesoria Juridica expresada mediante Informe Nº 323-2003-OAJ/MVES de fecha 8.7.2003 y el Dictamen favorable de la Comision de Administracion y Rentas, en uso de las atribuciones conferidas en el Inciso 8 del Art. 9º de la Nueva Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con el MORDAZA Unanime del Concejo Municipal, se expide la presente: ORDENANZA: Articulo 1º.- Prorrogar por MORDAZA vez del 9 hasta el 31 de MORDAZA del 2003, el plazo para la MORDAZA de las Declaraciones Juradas y el pago de la primera y MORDAZA cuota trimestral del Impuesto Predial de la jurisdiccion de MORDAZA El MORDAZA, sin las multas e intereses respectivos. Articulo 2º.- Ratificar la gratuidad de la Declaracion Jurada de actualizacion del Impuesto Predial, asi como la condonacion de cualquier clase de multa; respecto de dichas declaraciones y de transferencias de inmuebles, para los vecinos que cumplan con efectuar su Declaracion hasta el 31 de MORDAZA del 2003, con los mismos requisitos establecidos en las anteriores Ordenanzas Municipales Nºs. 052, 054 y 055-MVES, pudiendo acogerse los expedientes en tramite.

Articulo 3º.- Ratificar los Articulos 3º de las Ordenanzas Municipales Nºs. 052, 054 y 055-MVES, respecto a que la incorporacion como poseedores o tenedores mediante la presente Declaracion Jurada Masiva solo tiene efectos de prestacion tributaria, no constituyendo reconocimiento de otros derechos de naturaleza civil, comercial u otros distintos a los tributarios. Articulo 4º.- Establezcase como horario de atencion para la presente MORDAZA, tanto en el Palacio Municipal como en las Agencias Municipales, el que se detalla: - De Lunes a Viernes de 08.00 hrs. a 17.00 hrs. - Sabados de 08.00 hrs. a 12.00 hrs. Articulo 5º.- Encargar a la Direccion Municipal en coordinacion con la Secretaria General de Concejo, Oficina de Rentas, Oficina de Administracion y Agencias Municipales de Desarrollo el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA Z. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 13741

Disponen embanderamiento general de los inmuebles ubicados en el distrito y mejorar la MORDAZA de las fachadas
DECRETO DE ALCALDIA Nº 004-2003 ALC/MVES MORDAZA El MORDAZA, 11 de MORDAZA del 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA EL SALVADOR; CONSIDERANDO: Que, el dia 28 de MORDAZA se conmemora el Centesimo Octogesimo MORDAZA Aniversario de la Independencia del Peru; Que, dentro del MORDAZA del reordenamiento del MORDAZA Industrial y del Comercio en MORDAZA El MORDAZA, se hace de imperiosa necesidad, que los propietarios de lotes industriales y comerciales, conserven en forma permanente el buen estado de MORDAZA de las fachadas y elementos de publicidad exterior, de los predios de su propiedad; Que, en tal sentido corresponde a ellos, una identificacion patriotica mediante el embanderamiento, limpieza y pintado de las fachadas de los inmuebles, redundando en el mejoramiento del Ornato de la Ciudad; Estando a lo senalado, contando con el proveido favorable de la Direccion Municipal de fecha 12.5.2003, en uso de sus atribuciones conferidas por el Inciso 6 del Art. 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo 1º.- DISPONER EL EMBANDERAMIENTO GENERAL de los inmuebles ubicados en la jurisdiccion de MORDAZA El MORDAZA, a partir del 15 de MORDAZA hasta el 31 de MORDAZA del 2003. Articulo 2º.- Los propietarios de los lotes industriales y comerciales, asi como la administracion de los locales Publicos o Privados deberan proceder a mejorar la MORDAZA de las fachadas de sus edificaciones, de ser posible el pintado de las mismas, procediendo al retiro de objetos, materiales y demas que afecten al ornato, asi como la desocupacion de ambulantes no autorizados. Articulo 3º.- El incumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldia, MORDAZA lugar a las sanciones establecidas en el regimen de Aplicacion de Sanciones (RAS) vigente. Articulo 4º.- Encargar a la Direccion de Servicios Comunales, Direccion de Rentas, Direccion de Desarrollo

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