Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2003 (10/05/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 10 de MORDAZA de 2003

Quimicos, transferidos a merito de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 08730

Transfieren insumos quimicos a la Universidad Nacional "Jose MORDAZA MORDAZA Carrion"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0712-2003-IN-1101
MORDAZA, 6 de MORDAZA del 2003 Visto, el Oficio Nº 0657-02-R-UH de 3.SET.2002, con el cual la Rectora de la Universidad Nacional "Jose MORDAZA MORDAZA Carrion" solicita a la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas del Ministerio del Interior - OFECOD, la transferencia de Insumos Quimicos Fiscalizados, con la finalidad de ser utilizados en los laboratorios para la ensenanza de los cursos de Quimica: General, Analitica, Cuantitativa e Inorganica. CONSIDERANDO: Que, en el Deposito Oficial de Insumos Quimicos del Ministerio del Interior, bajo responsabilidad de la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas - OFECOD, existe en stock, entre otros, Veintiun kilogramos con ochocientos gramos (21,800 kg) de ACIDO SULFURICO, Trece kilogramos con seiscientos gramos (13,600 kg) de ACIDO CLORHIDRICO, Cinco kilogramos (5,000 kg) de CARBONATO DE SODIO, Siete kilogramos con seiscientos gramos (7,600 kg) de HIDROXIDO DE AMONIO, Siete kilogramos con quinientos gramos (7,500 kg) de ACETONA, Seis kilogramos con quinientos gramos (6,500 kg) de SULFATO DE SODIO, Cuatro kilogramos (4,000 kg) de PERMANGANATO DE POTASIO, Cinco kilogramos con quinientos gramos (5,500 kg) de ALCOHOL ETILICO, susceptibles de transferir a la entidad solicitante; Que, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes sobre la materia es pertinente la transferencia de Insumos Quimicos a la Universidad Nacional "Jose MORDAZA MORDAZA Carrion"; Que, es necesario adoptar las medidas de seguridad y control adecuados para garantizar la transferencia con la intervencion de las autoridades senaladas en la Legislacion vigente; Estando a lo propuesto por la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas y a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior; y, De conformidad a lo establecido en el Articulo 79º inciso d) de la Ley General de Drogas aprobada por Decreto Ley Nº 22095 y en el Art. 46 º del Decreto Supremo Nº 00893-ITINCI del Reglamento del Decreto Ley Nº 25623, sobre Control y Fiscalizacion de Productos e Insumos Quimicos empleados en el trafico ilicito de drogas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Transferir a la Universidad Nacional "Jose MORDAZA MORDAZA Carrion" Veintiun kilogramos con ochocientos gramos (21,800 kg) de ACIDO SULFURICO, Trece kilogramos con seiscientos gramos (13,600 kg) de ACIDO CLORHIDRICO, Cinco kilogramos (5,000 kg) de CARBONATO DE SODIO, Siete kilogramos con seiscientos gramos (7,600 kg) de HIDROXIDO DE AMONIO, Siete kilogramos con quinientos gramos (7,500 kg) de ACETONA, Seis kilogramos con quinientos gramos (6,500 kg) de SULFATO DE SODIO, Cuatro kilogramos (4,000 kg) de PERMANGANATO DE POTASIO, Cinco kilogramos con quinientos gramos (5,500 kg) de ALCOHOL ETILICO, para ser utilizados exclusivamente en los Laboratorios para la ensenanza de los cursos de Quimica General, Analitica, Cuantitativa e Inorganica. Articulo 2º.- La Oficina Ejecutiva de Control de Drogas procedera a la entrega de los Insumos Quimicos a la Rec-

tora o representante acreditada de la Universidad Nacional "Jose MORDAZA MORDAZA Carrion", en presencia del representante del Ministerio Publico, previo pesaje y analisis certificado por un profesional quimico del Laboratorio Central de la Direccion de Criminalistica de la Policia Nacional del Peru. Articulo 3º.- La Rectora de la Universidad Nacional "Jose MORDAZA MORDAZA Carrion", adoptara las medidas necesarias que garanticen el debido uso; asimismo informara pormenorizadamente a la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas sobre la utilizacion de los Insumos Quimicos, transferidos a merito de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 08745

PRODUCE
Relacion de embarcaciones que presentan diferencia mayor al 3% entre lo declarado por el armador y lo verificado por la administracion sobre descargas de recursos hidrobiologicos en el ejercicio 2002
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 159-2003-PRODUCE MORDAZA, 9 de MORDAZA del 2003 CONSIDERANDO: Que, los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru son patrimonio de la Nacion, por lo que corresponde al Estado regular su manejo integral y explotacion racional, conforme a lo dispuesto en el Articulo 2º del Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca; Que, el Articulo 9º de la citada Ley establece que el Ministerio de Pesqueria (hoy Ministerio de la Produccion), sobre la base de evidencias cientificas disponibles y de factores socioeconomicos, determinara segun el MORDAZA de pesquerias, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, temporadas y zonas de pesca, regulacion del esfuerzo pesquero, los metodos de pesca, tallas minimas de captura y demas normas que requiera la preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 103-2002-PE, del 18 de marzo del 2002, se MORDAZA el pago de los derechos de pesca por concepto de explotacion de los recursos anchoveta, sardina, jurel y caballa correspondientes al ejercicio 2002, precisandose en su Articulo 10º que la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia, establecera los mecanismos necesarios a efectos de alcanzar a la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de Pesqueria (hoy Ministerio de la Produccion) el volumen total de la descarga de cada embarcacion durante el ano 2002; asimismo, se senala en dicho Articulo que si existiese una diferencia mayor del 3% entre lo verificado por la administracion y lo declarado por el armador pesquero, estos deberan pagar la diferencia, teniendo como referencia 0.15% UIT por cada tonelada de exceso, dentro de los quince (15) dias de efectuada la comunicacion; Que, por Resolucion Ministerial Nº 104-2002-PE, del 18 de marzo del 2002, se MORDAZA el pago de los derechos de pesca por concepto de explotacion del recurso merluza correspondientes al ejercicio 2002, precisandose en su Articulo 10º que la Oficina General de Estadistica e Informatica del Ministerio de Pesqueria (hoy Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica del Ministerio de la Produccion) establecera los mecanismos necesarios a efectos de alcanzar a la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, el volumen total de la descarga de cada embarcacion efectuada durante el ano 2002, asimismo, se senala en dicho Articulo que si existiese una

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