Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2003 (10/05/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 10 de MORDAZA de 2003

ciones mediante Procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia, sobre la base de la obtencion de una cotizacion que cumpla con los requisitos establecidos en las Bases, con autorizacion expresa del Titular del Pliego o de la MORDAZA Autoridad Administrativa de la Entidad, segun corresponda. Dicha Exoneracion debera ser aprobada mediante Acuerdo de Concejo Municipal, en caso de los Gobiernos Locales; Que, en el presente caso, la situacion factica configurativa se enmarca en los supuestos de la MORDAZA del numeral 21 del TUO, de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Toda vez que el Servicio de Limpieza Publica que comprende el recojo, transporte y disposicion final de los residuos solidos, tienen una proyeccion de atencion distrital determinante para el equilibrio de la Proteccion Ambiental del distrito cuya suspension o afectacion generaria consecuencias ambientales en perjuicio de los contribuyentes del distrito, que debemos evitar teniendo en cuenta la aciaga experiencia que ya se ha vivido en el distrito como corolario de la ex Gestion MORDAZA que dejo sin servicio por casi dos semanas al distrito generando mas de 4,000 Toneladas de basura; Que, de conformidad con la Ley de Presupuesto General de la Republica corresponde a la Oficina de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion dar el informe correspondiente a efectos de determinar la viabilidad presupuestal dentro de los MORDAZA delimitados del Presupuesto Institucional de Apertura 2003 aprobado; Que, estando a la observancia de las consideraciones y fundamentos expuestos resulta sustentada la solicitud de ampliacion de periodo de Urgencia expuesta en el Informe Nº 022-2003/MDSMP-DPA-D, del Director de Proteccion Ambiental, la misma que para proceder debera ser materia de aprobacion por el Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, previa consulta a la Oficina de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion a efectos de determinar la viabilidad presupuestal dentro de los MORDAZA delimitados del Presupuesto Institucional de Apertura 2003, aprobado, pudiendo prorrogarse por el plazo que dure el MORDAZA de Licitacion Publica Nacional que nuestra entidad esta llevando a cabo, debiendo efectuarse de aprobarse la misma por el Concejo Municipal la publicacion en el Diario Oficial El Peruano dentro del plazo que senala el articulo 115º del Decreto Supremo Nº 0132001-PCM; Estando a lo senalado y en uso de las facultades conferidas por los Arts. 30º y 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, y con dispensa de la lectura y aprobacion del acta por Mayoria, aprobo el siguiente; ACUERDO: Articulo Primero.- Ampliese el plazo de la Declaratoria de Urgencia contenida en el A.C. Nº 002-2003; para la prestacion del Servicio de Limpieza Publica, en sus fases de recoleccion, transporte y disposicion final de residuos solidos hasta la culminacion del Concurso Publico respectivo en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA de Porres. Articulo Segundo.- Autorizar las acciones administrativas correspondientes para la contratacion de la entidad que prestara el servicio de recoleccion, transporte y disposicion final de residuos solidos. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion Municipal, Oficina de Administracion, el cumplimiento del presente Acuerdo. Articulo Cuarto.- El egreso que genere el cumplimiento del presente Acuerdo se encuentra debidamente financiado por las MORDAZA 07 Fondo de Compensacion Municipal y 09 Recursos Directamente Recaudados, del Presupuesto Institucional de Apertura 2003. Articulo Quinto.- Encargar a la Secretaria General, la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, asi como su remision a la Contraloria General de la Republica con su respectivo Informe Tecnico Legal, dentro de los 10 dias calendario de la aprobacion del presente Acuerdo. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 08843

Amplian plazo de declaratoria de situacion de urgencia para adquisicion de insumos del Programa del Vaso de Leche hasta culminacion de licitacion publica
ACUERDO DE CONCEJO Nº 041-2003
San MORDAZA de Porres, 30 de MORDAZA del 2003 Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 30 de MORDAZA del 2003, el Informe Nº 009-03/MDSMP-DM-PVL, emitido por la Directora del Programa del Vaso de Leche y el Informe Nº 071-2003-OAJ/MDSMP, emitido por el Director de Asesoria Juridica; sobre la necesidad de la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche, decretada por A.C. Nº 002-2003, del 7 de enero del 2003, hasta que concluya la Licitacion Publica Nacional Nº 002-2003CE-PVL/MDSMP; CONSIDERANDO: Que, el articulo 2º de la Ley Nº 24059, establece que las Municipalidades deben adoptar las acciones y medidas pertinentes a fin de ejecutar el Programa del Vaso de Leche, actividad cuya funcion es impostergable para las Municipalidades, contando para ello con el concurso activo de las organizaciones de la comunidad y el presupuesto necesario del Gobierno Central; Que, para poder atender las necesidades de los beneficiarios, a traves de la Adquisicion de los Insumos del Programa del Vaso de Leche, se debe proceder al desarrollo de un MORDAZA de Licitacion Publica Nacional, el cual constituye, un MORDAZA de Seleccion de dura un promedio de 60 a 90 dias para su conclusion, de acuerdo al TUO, de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento; Que, conforme al Inc. c) del articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, se establece que se encuentran exonerados de los Procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa las Adquisiciones de que realicen en Situacion de Urgencia declarada de conformidad con la MORDAZA MORDAZA glosada; Que, el articulo 108º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, en concordancia con el articulo 21º del TUO, de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado determina que: "La situacion de Urgencia debe entenderse cuando la ausencia extraordinaria o imprevisible de determinado bien o servicio comprometen en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones que la Entidad tienen a su cargo. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes servicios u obras solo por el tiempo o cantidad segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda" conforme al inciso 2) del articulo 108º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado: "La situacion de Urgencia debe entenderse como un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, el articulo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado concordado con el inciso C) del articulo 105º de su Reglamento, establecen que de producirse el supuesto senalado en el parrafo anterior, la Entidad MORDAZA las adquisiciones o contrataciones mediante Procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia, sobre la base de la obtencion de una cotizacion que cumpla con los requisitos establecidos en las Bases, con autorizacion expresa del Titular del Pliego o de la MORDAZA Autoridad Administrativa de la Entidad, segun corresponda. Dicha Exoneracion debera ser aprobada mediante Acuerdo de Concejo Municipal, en caso de los Gobiernos Locales; Que, en el presente caso, la situacion factica configurativa se enmarca en los supuestos de la MORDAZA del

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