Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2003 (26/10/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 64

Pag. 253894
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 26 de octubre de 2003

Que la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de Municipalidades, reconocen a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, y por lo tanto pueden crear, modificar o exonerar sus contribuciones, arbitrios y derechos, conforme a Ley; Que el Articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99EF, establece que excepcionalmente, los Gobiernos Locales podran condonar con caracter general el interes moratorio y las sanciones de los tributos que administran; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades, con dispensa del tramite de la aprobacion del acta y con el MORDAZA unanime de los miembros del Concejo, se aprobo la siguiente: ORDENANZA ESTABLECEN BENEFICIO DE CONDONACION DE REAJUSTES, INTERESES Y MORAS Y MULTAS DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS Articulo 1º.- Otorgar el beneficio de regularizacion tributaria a favor de los contribuyentes inscritos en la Base de Datos de la Municipalidad de Ancon, en consecuencia CONDONAR los reajustes, intereses y moras, por concepto del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales. Articulo 2º.- Condonese las Multas Tributarias a los contribuyentes inscritos en la Base de Datos que declaren aumento de valor en su autoavaluo para la determinacion del Impuesto Predial. Articulo 3º.- Este beneficio alcanza a todo contribuyente que se encuentre en cualquier instancia de cobro; sin embargo, para los contribuyentes que se encuentren en MORDAZA coactivo deberan asumir las costas procesales que se generaron hasta la fecha de pago. Articulo 4º.- El plazo de vigencia del presente beneficio vencera indefectiblemente el 15 de noviembre del 2003. Articulo 5º.- Encargar a la Unidad de Rentas el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 19691

del plazo, por cuanto previamente era necesario obtener el certificado positivo de Defensa Civil, el mismo que tiene un costo adicional; En virtud de lo dispuesto por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, la Municipalidad Distrital de Barranco, como organo de Gobierno Local, tiene autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, motivo por el cual, con el MORDAZA mayoritario de sus miembros, se emite la siguiente: ORDENANZA QUE AMPLIA EL PLAZO PARA LA REGULARIZACION DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO Articulo Primero.- Ampliar hasta el 30 de enero del 2004 el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 146-MDB, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 21 de MORDAZA del 2003, la misma que establecio el procedimiento de Regularizacion de licencias de funcionamiento. Articulo Segundo.- Precisar que para los efectos de los Certificados de Defensa Civil exigidos como requisito para el procedimiento previsto en la Ordenanza Nº 146MDB, la Oficina de Defensa Civil queda facultada para la realizacion de Inspecciones tecnicas inopinadas o de oficio, a fin de disminuir los gastos a los administrados. Articulo Tercero.- Encargar a la Subgerencia de Comercializacion, Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Gerencia de Administracion Tributaria el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA DEL POMAR SAETTONE MORDAZA 19689

Otorgan beneficio tributario a contribuyentes en cuyos predios se verifiquen diferencias del Impuesto Predial
ORDENANZA Nº 166-MDB Barranco, 17 de octubre del 2003

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Amplian plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 146-MDB que establecio el procedimiento de regularizacion de licencias de funcionamiento
ORDENANZA Nº 164-MDB Barranco, 17 de octubre del 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO POR CUANTO: El Concejo Distrital de Barranco, en la Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la Ordenanza Nº 146-MDB, establecio el procedimiento Administrativo de "Regularizacion de Licencias de Funcionamiento" que caducaron el 31 de diciembre de 1997, en virtud de lo prescrito por el Decreto de Alcaldia Nº 01797-MDB; Que, estando al Informe Nº 213-2003-GDU, es necesario ampliar el plazo previsto en el articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 146-MDB, en vista de que no todo el grupo objetivo de administrados de la referida Ordenanza ha alcanzado a presentar su solicitud de regularizacion dentro

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO; Por Cuanto, el Concejo Distrital de Barranco; VISTO, el Informe Nº 0156-2003-GAT-MDB de la Gerencia de Administracion Tributaria sobre otorgamiento de Beneficio Tributario a favor de los contribuyentes de la Municipalidad Distrital de Barranco en cuyos predios se verifiquen diferencias en el impuesto predial, en la sesion ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru reconoce la autonomia politica, economica y administrativa de las Municipalidades en los asuntos de su competencia; Que el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en cumplimiento de las disposiciones del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99 y la Ley Nº 27335, nuestra Administracion Municipal goza de la facultad de fiscalizacion, ejercida en forma discrecional, optando por lo que se considere mas conveniente para el interes publico; Que, la Municipalidad Distrital de Barranco, tiene como proposito actualizar la base imponible del Padron de contribuyentes mediante el desarrollo de actividades de verifi-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.