Norma Legal Oficial del día 16 de abril del año 2004 (16/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

MORDAZA, viernes 16 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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traloria General de la Republica, dentro del plazo que fija la Ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 07250

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Sancionan con suspension a ex funcionarios de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 668-04/SG-MDS Surquillo, 13 de MORDAZA de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO Vista la Resolucion de Alcaldia Nº 341-04/SG-MDS, de fecha 18-marzo-2004, mediante la cual se apertura MORDAZA administrativo disciplinario a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, EX JEFE DE LA UNIDAD DE TESORERIA y MORDAZA A. MORDAZA GINOCCHIO, EX JEFE DE LA UNIDAD DE PERSONAL de esta corporacion; CONSIDERANDO: Que, mediante la resolucion de vistos, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, EX JEFE DE LA UNIDAD DE TESORERIA y MORDAZA A. MORDAZA GINOCCHIO, EX JEFE DE LA UNIDAD DE PERSONAL de esta corporacion, en razon de haberseles encontrado responsabilidad en las observaciones determinadas por el Informe Nº 002-20032-2169 elaborado por la Oficina de Control Institucional OCI de la Municipalidad, referido al pago irregular de cesante fallecido; Que, con fecha 21 de marzo, se notifico la Resolucion de vistos mediante su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, concediendose a los procesados los cinco dias que establece el Reglamento de la MORDAZA Administrativa para el respectivo descargo; Que, habiendo transcurrido los cinco dias, sin que los procesados presenten descargo alguno, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, en cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo 170º del D.S. Nº 00590-PCM, ha evaluado los actuados y propuesto la aplicacion de una sancion de sesenta (60) dias de suspension sin goce de haber, para los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, EX JEFE DE LA UNIDAD DE TESORERIA y MORDAZA A. MORDAZA GINOCCHIO, EX JEFE DE LA UNIDAD DE PERSONAL de esta corporacion; sin perjuicio de las acciones civiles y penales a que hubiere lugar, segun lo establezca la Gerencia de Asesoria Juridica; Por lo que, en uso de la prerrogativa que confiere el Articulo 170º in fine, del D.S. Nº 05-90-PCM - Reglamento de la MORDAZA Administrativa, y estando a las facultades que confiere la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades; RESUELVE: Articulo Primero.- SANCIONAR a los siguientes ex funcionarios: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ex Jefe de la Unidad de Tesoreria, con SESENTA (60) dias de suspension sin goce de haber; y, MORDAZA MORDAZA Ginocchio Ex Jefe de la Unidad de Personal, con SESENTA (60) dias de suspension sin goce de haber. Por haberseles encontrado responsabilidad administrativa segun el Informe Nº 002-2003-2-2169 elaborado por la Oficina de Control Institucional - OCI de la Municipalidad, referido al pago irregular de cesante fallecido y en vir-

tud del cual se emitio la Resolucion de Alcaldia Nº 341-04/ SG-MDS de apertura del respectivo proceso. Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion al Gerente Municipal, a traves de las gerencias correspondientes. Articulo Tercero.- Notificar la presente de manera personal o a traves de la respectiva publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Asesoria Juridica, emita un pronunciamiento que determine la procedencia o no del inicio de acciones civiles y/o penales que pudieran corresponder. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 07239

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA
Declaran nulidad de otorgamiento de la Buena Pro de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 006-2003-CEP-MDLP Demolicion Parcial del Coliseo ".ortunato Marotta Parodi" y la otorgan a otra persona juridica
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 088-2004 MDLP/ALC La Punta, 13 de MORDAZA del 2004 VISTOS: La Resolucion Nº 156/2004 TC-SU de fecha 7 de MORDAZA del 2004, expedida por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. CONSIDERANDO: Que, con fecha 18 de diciembre del 2003 El Comite Especial Permanente otorgo la buena pro de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 006-2003-CEP-MDLP para la ejecucion de la obra Demolicion Parcial del Coliseo Cerrado "Fortunato Marotta Parodi" de La Punta, al postor empresa Grupo Decametro S.A.C. por haber ofertado la suma de S/. 94,826.33 nuevos soles incluido IGV y obtenido el mejor puntaje; Que, de acuerdo al contenido del Informe Tecnico Nº 001-2004-MDLP/ GTDU de fecha 28 de enero del 2004, el plazo ofertado por el postor ganador Grupo Decametro S.A., de un dia de ejecucion de obra, deviene en irracional, incongruente y tecnicamente inviable al no permitir una adecuada programacion de los recursos de acuerdo a las practicas de ingenieria por lo que dicha propuesta debe de ser descalificada; Que, de acuerdo al Informe Legal Nº 023-2004 de fecha 29 de enero del 2004, la Jefatura de Asesoria Legal recomendo que se otorgara la Buena Pro al postor que ocupo el MORDAZA lugar en el cuadro de prelacion; Que, el plazo ofertado por el postor ganador, fue de un dia calendario, no siendo congruente con el plazo contenido en las bases del presente MORDAZA, que era de 40 dia calendario, tal como lo ha establecido el Consucode en la Resolucion Nº 635/2003 del 25.7.2003 TC-S1 y la Resolucion Nº 008/2004.TC-S1 de fecha 2 de enero del 2004, referente a este MORDAZA de plazos de oferta, los que no merecen el menor MORDAZA de analisis; Que, todo MORDAZA de seleccion debe de regirse por los MORDAZA que la ley senala en su articulo tercero, entre los cuales como MORDAZA tenemos: "que las entidades obtengan bienes, servicios y obras de la calidad requerida, en forma oportuna y a precios o costos adecuados.";

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