Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2004 (20/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, jueves 20 de MORDAZA de 2004
01.01.01 01.01.02 01.01.04 01.01.05 01.01.06 01.01.07 01.01.08 01.01.09

NORMAS LEGALES
03.01.08 03.01.09 03.01.10 03.01.11 03.01.12 03.01.13 03.01.14 03.01.15 03.01.16

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Camion abastecedor de combustible ( Aircraft refueler) y sus repuestos Camion hidrante para combustible (Hydrant Setvicers) y sus repuestos Mangueras (Aircraft refueling hose) Detectores de agua (Water detector) Equipo para pruebas Millipore (Millipore sampling kit) Monitores y membranas para pruebas millipore (Contamination analysis monitor) Filtro separador (Separator filter) Filtro MORDAZA (Monitor filter) Filtro de canastilla (Strainer)

01.01.10

01.01.11

01.01.12

01.01.13 01.01.14 01.01.15

Aceites y lubricantes para aeronaves Provisiones y suministros que se lleven a bordo de las aeronaves nacionales o internacionales Equipos de comunicacion aeronautica Materiales de reparacion y mantenimiento para equipos de rampa Plantas electricas para aeronaves y sus repuestos Plantas neumaticas para arranque de motores y sus repuestos Equipos de suministro de aire acondicionado para aeronaves y sus repuestos Vehiculos de remolque de aeronaves y sus repuestos Entiendase que estos vehiculos en ningun caso deberan tener placa de rodaje y deberan estar identificados de acuerdo al reglamento de plataforma de los aeropuertos. Vehiculos de suministro de agua potable para aeronaves y sus repuestos Entiendase que estos vehiculos en ningun caso deberan tener placa de rodaje y deberan estar identificados de acuerdo al reglamento de plataforma de los aeropuertos. Vehiculos de aguas negras y sus repuestos Entiendase que estos vehiculos en ningun caso deberan tener placa de rodaje y deberan estar identificados de acuerdo al reglamento de plataforma de los aeropuertos. Vehiculos de suministro de alimentos Catering y sus repuestos Entiendase que estos vehiculos en ningun caso deberan tener placa de rodaje y deberan estar identificados de acuerdo al reglamento de plataforma de los aeropuertos. Barras de remolque de aeronaves y sus repuestos Reflectores de luces Dispositivos antiestaticos y dispositivos para la toma a tierra

04. Documentacion Diversa: 04.01.01 04.01.02 Equipo y material didactico para instruccion aeronautica Etiquetas para el equipaje y para las mercancias

05. Equipo y material de Seguridad 05.01.01 05.01.02 05.01.03 Dispositivos detectores de MORDAZA, drogas y sus repuestos Dispositivos detectores de explosivos y sus repuestos Equipos de circuito cerrado de television CCTV y sus repuestos

09595

02. Equipo y material para pasajeros: 02.01.01 02.01.02 02.01.03 02.01.04 02.01.05 Escaleras de embarque y desembarque y sus repuestos Basculas especiales y sus repuestos Carros para transporte de maletas y carga Sillas de ruedas Vehiculos debidamente acondicionados, destinados a la recepcion de pasajeros en rampa, y sus repuestos que cuenten con la opinion favorable de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes, Comunicaciones. Entiendase que estos vehiculos en ningun caso deberan tener placa de rodaje y deberan estar identificados de acuerdo al reglamento de plataforma de los aeropuertos. Equipos especificos para el traslado de pasajeros discapacitados dentro del aeropuerto Elevador para discapacitados y sus repuestos

Precios CIF de referencia para la aplicacion del Derecho Variable Adicional o rebaja arancelaria a importaciones de maiz, azucar, arroz y lacteos
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 010-2004-EF/15
MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2004 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 115-2001-EF se establecio el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos senalados en las Tablas Aduaneras del Maiz, Azucar, Arroz y Lacteos; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 001-2002-EF de 3 de enero del 2002 se actualizaron las Tablas Aduaneras aplicables a las importaciones de los productos a que se refiere el considerando anterior; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 153-2002-EF se modifico la Tabla Aduanera del Azucar y se dispuso que las Tablas Aduaneras del Maiz, Arroz y Lacteos aprobadas por el Decreto Supremo Nº 001-2002-EF asi como la Tabla Aduanera del Azucar aprobada por el Decreto Supremo Nº 153-2002-EF serian vigentes hasta el 30 de junio del 2003; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 184-2002-EF se modifico el Articulo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados por Resolucion Viceministerial del Viceministro de Economia; Que, mediante Decreto Supremo Nº 090-2003-EF se dispuso que las Tablas Aduaneras del Maiz, Arroz y Lacteos aprobadas por el Decreto Supremo Nº 001-2002-EF asi como la Tabla Aduanera del Azucar aprobada por el Decreto Supremo Nº 153-2002-EF tendran vigencia hasta el 30 de junio del 2004; Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia para el periodo comprendido entre el 1 y el 15 de MORDAZA del 2004; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF modificado por el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 184-2002-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Publiquese los precios CIF de referencia para la aplicacion del Derecho Variable Adicional o

02.01.06 02.01.07

03. Equipo y material para mercancias y combustible: 03.01.01 Vehiculos para trasladar o cargar el equipaje, mercancias, equipo y suministros. Entiendase que estos vehiculos en ningun caso deberan tener placa de rodaje y deberan estar identificados de acuerdo al reglamento de plataforma de los aeropuertos. Vehiculos y dispositivos especiales para carga y descarga de mercancias. Entiendase que estos vehiculos en ningun caso deberan tener placa de rodaje y deberan estar identificados de acuerdo al reglamento de plataforma de los aeropuertos. Basculas especiales Fajas de traslado y clasificacion de equipaje Carretas de transporte de equipajes Dollies MORDAZA pallet o MORDAZA contenedor Contenedores y pallets para transporte de carga y correo

03.01.02

03.01.03 03.01.04 03.01.05 03.01.06 03.01.07

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