Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2004 (16/11/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, martes 16 de noviembre de 2004

NORMAS LEGALES

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Que por Resolucion Ministerial Nº 378-2004-PRODUCE del 21 de octubre del 2004, se autorizo el desarrollo de las actividades de extraccion y procesamiento de los recursos anchoveta ( Engraulis ringens ) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus), a partir de las 00.00 horas del dia 25 de octubre del 2004, en la MORDAZA comprendida entre el extremo norte del dominio maritimo del Peru y los 16° 00' S; Que asimismo el articulo 3º de la Resolucion Ministerial citada en el considerando anterior, establecio que el volumen final de captura del recurso anchoveta (Engraulis ringens) en lo que resta de la temporada de pesca del 2004, estara sujeta a la recomendacion que efectue el Instituto MORDAZA del Peru, sobre la base de evaluar la dinamica productiva de la especie, su relacion con el ecosistema MORDAZA y la evolucion de las condiciones ambientales; Que el Instituto MORDAZA del Peru a traves del oficio del visto, informa que la captura de los principales recursos pelagicos en todo el litoral durante enero - 9 noviembre del 2004 fue de 7.22 millones de toneladas, correspondiendo a la anchoveta 7.03 millones de toneladas; asimismo en el periodo 25 de octubre - 9 de noviembre se ha capturado 1'046,973 toneladas de anchoveta en la region norte-centro y un promedio de captura diario de 66 mil toneladas, comportamiento que supera los rendimientos diarios observados en el mismo periodo de los anos 2000 al 2003; por lo que recomienda suspender las actividades de extraccion y procesamiento de la anchoveta en la region norte centro. Asimismo, recomienda que los niveles de captura para el resto de la temporada de pesca del presente ano no supere los 8 millones de toneladas, resultando necesario que la administracion tenga presente para dictar las medidas de ordenamiento pesquero pertinentes, para lograr un aprovechamiento sostenido del recurso anchoveta; De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PE, asi como en aplicacion de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27789; y, Con el visado del Viceministro de Pesqueria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Suspender las actividades de extraccion y procesamiento pesquero del recurso anchoveta ( Engraulis ringens) para el consumo humano indirecto en la Region Norte-Centro, comprendida entre el extremo norte del dominio maritimo peruano y el paralelo 16° 00' S, a partir de las 00.00 horas del dia 17 de noviembre hasta las 24.00 horas del dia 30 de noviembre de 2004. Los establecimientos industriales pesqueros ubicados dentro del area que comprende la suspension de las actividades extractivas, podran procesar el recurso anchoveta hasta las 12.00 horas del dia 18 de noviembre de 2004. Articulo 2º.- El incumplimiento de la medida dispuesta en la presente Resolucion, sera sancionado conforme al Reglamento de Inspecciones y del Procedimiento Sancionador de las Infracciones en las Actividades Pesqueras y Acuicolas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2002-PE y sus normas ampliatorias y modificatorias. Articulo 3º.- Las Direcciones Nacionales de Extraccion y Procesamiento Pesquero, de Seguimiento, Control y Vigilancia y de Medio Ambiente del Ministerio de la Produccion, asi como las Direcciones Regionales con competencia pesquera y la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, dentro del ambito de sus respectivas competencias y jurisdicciones, velaran por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 20742

RELACIONES EXTERIORES
Declaran en situacion de urgencia la contratacion del servicio de provisionamiento de pasajes aereos nacionales e internacionales, reservaciones y confirmaciones de vuelo
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0899-2004-RE MORDAZA, 2 de noviembre de 2004 Vistos, el Informe (LOG) Nº 033-2004 sobre sustentacion tecnica del Departamento de Logistica y el Memorandum (DRH) Nº 2787-2004 del Director General de Desarrollo de Recursos Humanos, asi como el Informe Legal de la Oficina de Asuntos Legales; para la contratacion del servicio de provisionamiento de pasajes aereos nacionales e internacionales, reservaciones y confirmaciones de vuelo y otros servicios complementarios para el Ministerio de Relaciones Exteriores. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 0262004-RE, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Relaciones Exteriores correspondiente al Ejercicio Fiscal 2004; Que, el Director General de Desarrollo de Recursos Humanos ha solicitado la contratacion del servicio de provisionamiento de pasajes aereos nacionales e internacionales, reservaciones y confirmaciones de vuelo y otros servicios complementarios para el Ministerio de Relaciones Exteriores, por el periodo estimado de cinco (5) meses contados desde el agotamiento del monto contractual senalado en el Contrato Nº 0001-2004-LOGRE/CP o hasta contar con el contratista a quien se adjudique la buena pro en el MORDAZA a programar para el Ano Fiscal 2005; MORDAZA que no se encuentra incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones a que se refiere el considerando precedente; Que, el costo para realizar la contratacion MORDAZA mencionada asciende a un MORDAZA de US$ 240,000.00 (Doscientos cuarenta mil y 00/100 Dolares Americanos), por lo que en merito a lo dispuesto por el articulo 22º de la Ley Nº 28128 -Ley de Presupuesto para el Sector Publico para el Ano Fiscal 2004 y al articulo 14º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM, corresponde llevar a cabo un MORDAZA de seleccion por Concurso Publico; Que, el articulo 8º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que los procesos de seleccion no contenidos en el Plan Anual deben ser aprobados por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda, o por el funcionario o dependencia delegada, para su inclusion en el mismo, lo cual debera informarse al CONSUCODE y a la Comision de Promocion de la Pequena y Microempresa -PROMPYME, dentro de lo diez (10) dias habiles siguientes a dicha aprobacion; Que, mediante memorandum de vistos la Direccion General de Desarrollo de Recursos Humanos comunica la necesidad de prever las acciones tendientes a continuar con el servicio de provision de pasajes sin interrupciones; asimismo, hace referencia al Informe (PV) Nº 91 en el cual comunican que al 26 de octubre de 2004 se ha ejecutado el 97% del monto contractual equivalente a la suma de US$ 524,467.18 Dolares Americanos; con lo cual segun las estadisticas de consumo disponibles estaria proximo a vencer el respectivo plazo contractual; Que, adicionalmente a la situacion planteada por la Direccion General de Desarrollo de Recursos Humanos, debe considerarse el hecho de que en el PAAC 2004 de " este Ministerio, no se ha programado la contratacion del servicio MORDAZA mencionado, por lo que, de alcanzarse el monto total contractual, estariamos des-

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