Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2004 (16/11/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 16 de noviembre de 2004

obras publicas, su ejecucion, mantenimiento y conservacion, en cumplimiento de los objetivos y metas institucionales, determinando si se ejecutaron en observancia de la normativa vigente y a precios razonables de mercado; Que, como resultado de la accion de control, la Comision Auditora ha determinado que en el mes de diciembre de 2002, el Concejo Municipal aprobo que "Organizaciones Vecinales" realicen procesos de seleccion y contraten la ejecucion de cuatro obras publicas, bajo la denominacion de "Concursos Privados", efectuandose para ese efecto modificaciones al Presupuesto y al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, que fueron comunicadas al CONSUCODE, indicando que dichos procesos se realizarian bajo la modalidad de Adjudicacion Directa Publica y estarian a cargo del Comite Especial de la entidad; Que asimismo, se ha constatado que las citadas obras se sustentaron en Expedientes Tecnicos elaborados por el Asesor de la Asociacion Vecinal, los que adolecen de deficiencias tecnicas y sobrestimaciones en sus partidas, hechos que no fueron observados por la Junta de Contribucion Especial creada por la Municipalidad para supervisar las obras, la cual dio su conformidad respecto a su factibilidad, emitiendo incluso opinion favorable a la realizacion de los "Concursos Privados" y consecuentemente a los contratos suscritos entre particulares para ejecutar obras publicas, en contravencion de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; otorgandose la buena pro a una empresa vinculada al Asesor de la Asociacion Vecinal, quien fuera su propietario hasta el ano 2001, cancelandose por las cuatro obras un total de S/. 3 223 395,03. Asimismo, se pudo apreciar que de dicho monto, carece de sustento la cantidad de S/. 539 573,67, por corresponder tanto a gastos que no deben ser asumidos por la entidad por la sobrestimacion de partidas en el expediente tecnico, como a metrados no ejecutados, en perjuicio de la Municipalidad; hechos que constituyen indicios razonables que hacen presumir la comision de los delitos de Abuso de Autoridad, Falsedad Ideologica y Abuso de Autoridad en la modalidad de Omision, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, previstos y penados por los articulos 376º, 428º y 377º del Codigo Penal, respectivamente; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 22º inciso d), de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que de la ejecucion directa de una accion de control se encuentre presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica el inicio de las acciones legales respectivas contra los responsables comprendidos en el Informe de Visto, y; De conformidad con lo establecido en el literal d) del articulo 22º de la Ley N° 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y el Decreto Ley N° 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y en representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendole para el efecto, los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 20633

RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 454-2004-CG MORDAZA, 12 de noviembre de 2004 VISTO, el Informe Especial Nº 201-2004-CG/ORCU, resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, provincia de Abancay, Region MORDAZA, periodo enero - diciembre 2002, considerando aspectos anteriores y posteriores al citado periodo; y, CONSIDERANDO: Que, como actividad programada de la Oficina Regional de Control MORDAZA, la Contraloria General de la Republica, dispuso la ejecucion de una accion de control en la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, provincia de Abancay, Region MORDAZA, por el periodo enero - diciembre 2002; la cual tuvo como objetivo, entre otros, determinar si los procesos de seleccion para la adquisicion de bienes, servicios, y ejecucion de obras, se realizaron en concordancia con la normativa presupuestaria y de contrataciones y adquisiciones vigente; Que, como resultado de la evaluacion practicada por la Comision Auditora, se ha determinado que durante el periodo 2002, se favorecio a empresas proveedoras, con la adquisicion directa de insumos para el Programa del Vaso de Leche, sin la previa realizacion de procesos de seleccion, habiendose incluso efectuado un pago en circunstancias en que la Municipalidad no habia asumido compromiso alguno, asimismo, que no se adoptaron acciones correctivas respecto al incumplimiento de los plazos en la entrega de los productos, contraviniendose las normas vigentes en materia presupuestal y de contrataciones y adquisiciones, afectando los intereses de los beneficiarios del citado programa, asi como la imagen de probidad administrativa que la Municipalidad como entidad publica debe mantener en todos sus actos; irregularidades que hacen presumir la comision del delito de Corrupcion de Funcionarios en la modalidad de Negociacion Incompatible con el Cargo, tipificado y penado en el articulo 397º del Codigo Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del articulo 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, Ley Nº 27785, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el articulo 22º inciso d), de la Ley del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, Ley Nº 27785, y los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales correspondientes contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 20634

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