Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2005 (07/05/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, sabado 7 de MORDAZA de 2005 CAPITULO III CONSTRUCCION DE VIVIENDA

NORMAS LEGALES

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Luego de estudiada la documentacion MORDAZA senalada por la institucion depositaria, se realizara el desembolso solicitado mediante un cheque de gerencia no negociable emitido a la orden del trabajador. Articulo 19º.- Desembolso de CTS en el caso que requiera de credito En el caso que el trabajador MORDAZA solicitado un credito ante una empresa del Sistema Financiero Nacional para el mejoramiento de su vivienda, la revision de la documentacion senalada en el articulo 18º del presente Reglamento, sera realizada por la empresa del Sistema Financiero que otorgara el credito. El desembolso de la CTS se realizara una vez que se MORDAZA aprobado el credito solicitado. CAPITULO V

Articulo 14º.- Construccion de Vivienda Entiendase por construccion de vivienda, la modalidad a traves de la cual el trabajador construira en terreno MORDAZA una vivienda. Articulo 15º.- Desembolso de la CTS en el caso que no se requiera de credito En el caso que el trabajador no requiera de un credito de una empresa del Sistema Financiero Nacional para la construccion de vivienda, el desembolso de la CTS se realizara luego de la MORDAZA ante la institucion depositaria de los siguientes documentos: a) Solicitud indicando el importe de la CTS requerido, el numero de la cuenta, y el motivo de la misma, adjuntando MORDAZA de su Documento Nacional de Identidad; b) MORDAZA Literal del Registro de Predios del asiento registral que acredite la propiedad del area sobre la cual se pretende edificar; c) Contrato de Obra suscrito con el constructor, que contenga el presupuesto de obra; d) Licencia de obra nueva expedida por la Municipalidad de la jurisdiccion en la que se ubique el area a edificar; y, e) Declaracion Jurada del trabajador, en la que conste expresamente que el importe de la CTS solicitado sera destinado unica y exclusivamente, bajo su responsabilidad para la edificacion materia de la licencia de obra nueva a que se refiere el literal d) del presente articulo. Luego de estudiada la documentacion MORDAZA senalada por la institucion depositaria, se realizara el desembolso solicitado mediante un cheque de gerencia no negociable emitido a la orden del constructor. Articulo 16º.- Desembolso de la CTS en el caso que se requiera de credito En el caso que el trabajador MORDAZA solicitado un credito ante una empresa del Sistema Financiero Nacional para la construccion de vivienda, la revision de la documentacion senalada en el articulo 15º del presente Reglamento sera realizada por la empresa del Sistema Financiero que otorgara el credito. El desembolso de la CTS se requerira una vez que se MORDAZA inscrito en el Registro de Predios el bloqueo correspondiente. CAPITULO IV MEJORAMIENTO DE VIVIENDA Articulo 17º.- Mejoramiento de Vivienda Entiendase por mejoramiento de vivienda las obras de remodelacion, ampliacion, modificacion, reparacion, refaccion, acondicionamiento o puesta en valor de la vivienda unica, que requieran de Licencia de Obra respectiva, conforme a la Ley de la materia. Articulo 18º.- Desembolso de CTS en el caso que no se requiera de credito En el caso que el trabajador no requiera de un credito de una empresa del Sistema Financiero Nacional para el mejoramiento de su vivienda, el desembolso de la CTS se realizara luego de la MORDAZA ante la institucion depositaria de los siguientes documentos: a) Solicitud indicando el importe de la CTS requerido, el numero de la cuenta, y el motivo de la misma, adjuntando MORDAZA de su documento de identidad; b) MORDAZA Literal del Registro de Predios que acredite la propiedad de la vivienda que se pretende mejorar; c) Contrato de Obra suscrito con el constructor, que contenga el presupuesto de obra; d) Licencia de obra expedida por la Municipalidad de la jurisdiccion en la que se ubique la vivienda que se pretende realizar las obras de mejoramiento; y, e) Declaracion Jurada del trabajador, en la que conste expresamente que el importe de la CTS solicitado sera destinado unica y exclusivamente, bajo su responsabilidad para el mejoramiento de su vivienda.

ADQUISICION DE TERRENO Articulo 20º.- Adquisicion de Terreno Entiendase por tal aquella adquisicion de terreno MORDAZA, debidamente independizado, a titulo oneroso a traves de la cual el trabajador se MORDAZA propietario del terreno para la construccion de una vivienda unica. Articulo 21º.- Formas de Uso de la CTS El trabajador para la adquisicion de terreno MORDAZA o de los aires, utilizara el importe solicitado de su CTS, de las siguientes formas: a) Para la cancelacion del valor total del terreno; b) Para la cancelacion de parte del precio total del terreno, cuando el saldo MORDAZA sido cubierto por el trabajador; y, c) Para la cancelacion de parte del valor del terreno, cuando el saldo de precio sea cubierto mediante un credito otorgado por una empresa del Sistema Financiero Nacional. Articulo 22º.- Desembolso de la CTS en el caso que no se requiera de credito En el caso que el trabajador no requiera de un credito de una empresa del Sistema Financiero Nacional para la adquisicion de terreno MORDAZA o de aires para la construccion de su vivienda, el desembolso del CTS se realizara luego de la MORDAZA ante la institucion depositaria de los siguientes documentos: a) Solicitud indicando el importe de la CTS requerido, el numero de la cuenta, y el motivo de la misma, adjuntando MORDAZA de su Documento Nacional de Identidad; b) MORDAZA de la Minuta de Compraventa, donde conste que el saldo de precio se MORDAZA efectivo mediante el desembolso de la CTS a traves de un cheque de gerencia no negociable a la orden del vendedor del inmueble, el mismo que como inserto formara parte de la Escritura Publica de Compraventa; y, c) Certificado de Zonificacion expedido por la Municipalidad correspondiente, en el que conste que el terreno materia de adquisicion es de uso residencial. Luego de estudiada la documentacion MORDAZA senalada por la institucion depositaria, esta realizara el desembolso solicitado mediante un cheque de gerencia no negociable emitido a la orden del vendedor del terreno. Articulo 23º.- Desembolso de la CTS en el caso que se requiera de credito En el caso que el trabajador MORDAZA solicitado un credito ante una empresa del Sistema Financiero Nacional para la adquisicion de terreno MORDAZA o de aires, la revision de la documentacion senalada en el articulo 22º del presente Reglamento sera realizada por la empresa del Sistema Financiero que otorgara el credito. El desembolso de la CTS se requerira una vez que se MORDAZA inscrito en el Registro de Predios el bloqueo correspondiente. CAPITULO VI DE LOS PROGRAMAS PROMOVIDOS POR VIVIENDA Articulo 24º.- Programa MIVIVIENDA La disposicion del importe de la CTS por parte del trabajador, se realizara en la etapa inicial del procedi-

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