Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2005 (07/05/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 50

Pag. 292212

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, sabado 7 de MORDAZA de 2005

Aprueban Manual de Procedimientos de la Oficina General de Asuntos Juridicos
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 981-2005-MML MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2005 EL MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA CONSIDERANDO: Que, el articulo 6º de la Ley Nº 27783 "Ley de Bases de la Descentralizacion" del 26JUN2002, dispone que es objetivo de las entidades de la Administracion Publica, la modernizacion y eficiencia de los procesos y sistemas de administracion que aseguren la adecuada provision de los servicios publicos, la simplificacion de tramites y la asignacion de competencias que evite la innecesaria duplicidad de funciones y recursos y la elusion de responsabilidad en la prestacion de los servicios; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27806, "Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica" del 2AGO2002, establece que los Gobiernos Locales estan obligados a publicar en sus Portales Web y difundir a traves de Internet los datos generales de la entidad, disposiciones, comunicados, organizacion, el organigrama y procedimientos, promoviendo la transparencia de los actos del Estado y el acceso a la informacion del publico usuario; Que, el numeral 7.3 de la Directiva Nº 002-77-INAP/ DNR 77.05.12 "Normas para la Formulacion de los Manuales de Procedimientos", dispone que la elaboracion propiamente dicha de los manuales corresponde a las oficinas responsables de la ejecucion del MORDAZA al cual se refiere el procedimiento, contando para ello con la asesoria de la Oficina de Racionalizacion; Que, en consecuencia, la Oficina General de Asuntos Juridicos ha elaborado su correspondiente Manual de Procedimientos, con el asesoramiento tecnico de la Oficina de Racionalizacion, el mismo que es necesario aprobar; Estando a lo dispuesto por el numeral 6 del articulo 20º, por el 39º y 43º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar el Manual de Procedimientos, que forma parte de la presente Resolucion, de la Oficina General de Asuntos Juridicos. La implementacion se efectuara a partir de los 15 dias posteriores a la aprobacion de la presente Resolucion y sera efectuada por los funcionarios de la Oficina General de Asuntos Juridicos en su area de competencia. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 08603

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Precisan vigencia indeterminada de procedimiento sobre autorizacion de anuncio y propaganda y eliminan tasa de procedimiento de autorizacion para crianza de raza canina potencialmente peligrosa
DECRETO DE ALCALDIA Nº 006 San MORDAZA de Lurigancho, 18 de MORDAZA de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO

Que, mediante Ordenanza Nº 028 de fecha 10 de febrero de 2004, precisada por el Decreto de Alcaldia Nº 018 del 5 de noviembre de 2004, se aprueban los procedimientos, requisitos, costos y derechos administrativos de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho; Que, mediante Ordenanza Nº 029 de fecha 10 de febrero de 2004 y publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 26 de MORDAZA de 2004; dichos procedimientos, registros, costos y derechos fueron compendiados y sistematizados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ TUPA; Que, en la Ordenanza Nº 028 se senala que el Procedimiento Nº 8 denominado "autorizacion de anuncio y propaganda", tramitado ante la Gerencia de Servicios Administrativos Municipales, tiene un plazo de vigencia de un (1) ano; situacion que debe ser precisada en la medida que, de conformidad con la normativa sobre la materia dichas autorizaciones deben de ser otorgadas de manera indefinida; Que, asimismo, en la referida Ordenanza Nº 028 se senala que el Procedimiento Nº 12 denominado "autorizacion para crianza de raza canina considerada potencialmente peligrosa", tramitado ante la Gerencia MORDAZA mencionada, se exige el pago de una tasa equivalente a 3,750% UIT (S/. 120.00), la cual corresponde sea eliminada; Que, ambos procedimientos se encuentran contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad, aprobado por la Ordenanza Nº 029, por lo que corresponde que las modificaciones MORDAZA mencionadas surtan efecto tambien respecto de dicho cuerpo legal; Que, el numeral 38.5 del Articulo 38º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, dispone que una vez aprobado el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar por Resolucion Ministerial del Sector, MORDAZA Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldia, o por Resolucion del Titular del Organismo MORDAZA conforme a la Constitucion, segun el nivel del gobierno respectivo; Que, el numeral 36.3 del Articulo 36º de la precitada Ley, preceptua que las disposiciones concernientes a la eliminacion de procedimientos o requisitos o la simplificacion de los mismos podran aprobarse por Resolucion Ministerial, MORDAZA Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldia, segun se trate de entidades dependientes del Gobierno Central, Gobiernos Regionales o Locales, respectivamente; Que, segun lo dispuesto por el Articulo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, los Decretos de Alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal; Que, en ese sentido y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6º del Articulo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 36.3 del Articulo 36º y numeral 38.5 del Articulo 38º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; DECRETA: Articulo Primero.- PRECISAR que el Procedimiento Nº 8 denominado "autorizacion de anuncio y propaganda" de la Gerencia de Servicios Administrativos Municipales establecido en la Ordenanza Nº 028 y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, aprobado por la Ordenanza Nº 029, cuenta con vigencia indeterminada. Articulo Segundo.- ELIMINAR la tasa equivalente al 3,750 % (S/. 120.00) de la UIT por el derecho

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.