Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2006 (10/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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LICA DEL P E

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323390

NORMAS LEGALES

El Peruano lunes 10 de MORDAZA de 2006

De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC; el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC; y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar el area de concesion, otorgada mediante Resolucion de Presidencia Nº 020-96-PD/ OSIPTEL, a la empresa J.R. TELECOM S.R.LTDA., incluyendo el distrito de Chancay, de la provincia de Huaral, del departamento de MORDAZA, para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, conforme al Anexo 1 que forma parte de la Adenda a aprobarse con la presente resolucion y que reemplaza al Anexo 1 del contrato de concesion aprobada por la Resolucion Ministerial Nº 210-97-MTC/15.03. Articulo 2º.- Aprobar el Plan de Cobertura correspondiente al area ampliada a que se refiere el articulo precedente, conforme al Anexo 2 que forma parte de la Adenda a aprobarse con la presente Resolucion y que reemplaza al Anexo 2 del contrato de concesion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 210-97-MTC/15.03. Articulo 3º.- Aprobar la modificacion del primer parrafo del numeral 3.02 de la clausula tercera y del numeral 6.02 de la clausula sexta del contrato de concesion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 21097-MTC/15.03, conforme a la Adenda a aprobarse por la presente Resolucion. Articulo 4º.- Aprobar la incorporacion del numeral 6.12 a la clausula sexta del contrato de concesion mencionado, y de la clausula vigesimo MORDAZA "Modificacion del Contrato", y el Anexo 3 denominado "DESCRIPCION DE LA RED" al citado contrato; conforme a la Adenda a aprobarse por la presente Resolucion. Articulo 5º.- Aprobar la Adenda mediante la cual se formaliza la modificacion del primer parrafo del numeral 3.02 de la clausula tercera y del numeral 6.02 de la clausula sexta; se sustituyen los Anexos 1 y 2 y se incorpora el numeral 6.12 de la clausula sexta, la clausula vigesimo MORDAZA y el Anexo 3 al contrato de concesion aprobado por la Resolucion Ministerial Nº 210-97-MTC/ 15.03; autorizandose al Director General de Gestion de Telecomunicaciones a suscribir la Adenda en representacion del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica de las Adendas que se suscriban al mismo. Articulo 6º.- La presente resolucion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si la Adenda no es suscrita por la empresa J.R. TELECOM S.R.LTDA. en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 11915

Autorizan viaje de Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a Canada, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 539-2006-MTC/02 MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2006 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en concordancia con sus normas reglamentarias

aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorizacion de viaje se otorgara por Resolucion Ministerial del respectivo Sector, la que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el Decreto de Urgencia Nº 006-2006, publicado el 7 de MORDAZA de 2006, modifica el MORDAZA parrafo del articulo 1º de la Ley MORDAZA citada, senalando que "la autorizacion de viajes al exterior de los ministros, de los servidores y funcionarios de los ministerios, de los Organismos Publicos Descentralizados, de los Agregados Militares, Aereos, Navales y Policiales, asi como de las empresas sujetas al ambito de FONAFE, que resulten indispensables para asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas fijados para el Ejercicio del ano 2006 se efectuara por Resolucion Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Sector correspondiente; exceptuandose aquellos viajes que realizan los sectores Relaciones Exteriores y Comercio Exterior y Turismo, asi como la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Oficina Central Nacional - INTERPOL de la Policia Nacional del Peru del Ministerio del Interior y los destinados al desarrollo de funciones en el MORDAZA de las negociaciones orientadas a la suscripcion de los Tratados de Libre Comercio, a efectuar acciones de promocion y/o negociacion economica comercial de importancia para el Peru; los que se autorizaran mediante Resolucion Ministerial del Sector correspondiente, la que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, MORDAZA del inicio de la comision de servicios"; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 4º de la Ley Nº 27261, es un objetivo permanente del Estado en materia de Aeronautica Civil, asegurar el desarrollo de las operaciones aerocomerciales en un MORDAZA de MORDAZA competencia y con estricta observancia de las normas tecnicas vigentes; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, a fin de mantener una estricta observancia sobre las normas tecnicas vigentes y poder mantener la calificacion otorgada al Peru por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, debe efectuar la atencion de las solicitudes de servicios descritas en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, en concordancia con sus facultades de supervision e inspeccion de todas las actividades aeronauticas civiles; Que, segun Informe Nº 0404-2006-MTC/12, de fecha 13 de junio de 2006, de la Direccion General de Aeronautica Civil, se senala que la empresa Helinka S.A.C., con Carta 121-06-HELINKA-GM, presentada el 9 de junio de 2006, en el MORDAZA de los Procedimientos Nº 11 y 13 de la seccion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil (Inspeccion Tecnica a Aeronaves e Inspeccion Tecnica a Bases y Estaciones de Aeronavegabilidad para Establecimiento o Actualizacion de Especificaciones de Operacion), establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0082002-MTC, solicita a la Direccion General de Aeronautica Civil, efectuar las inspecciones tecnicas para la expedicion de la MORDAZA de Conformidad a la aeronave Kamov Ka-32a11BC de matricula C-GKHL y de la estacion, en la MORDAZA de MORDAZA, British MORDAZA, Canada, durante los dias 10 al 13 de MORDAZA de 2006; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotacion Nº 17835, 17836, 17837 y 17838, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente a los procedimientos referidos en el considerando anterior, ante la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto;

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