Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2006 (10/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano lunes 10 de MORDAZA de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

323401

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales para el cobro de deudas por el servicio de consultas en linea, via internet y suministro de certificaciones
RESOLUCION JEFATURAL Nº 666-2006-JEF/RENIEC MORDAZA, 28 de junio de 2006 VISTOS: Los Oficios Nº 310 y Nº 773-2006-GAD/RENIEC, emitidos por la Gerencia de Administracion, y el Informe Nº 000571-2006-GAJ/RENIEC, de fecha 30 de MORDAZA del 2006, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion sustentatoria del Informe del visto, se desprende que el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, celebro Convenios de Consultas en Linea, Via Internet y Suministro de Certificaciones con COTECNA INSPECTION S.A., ACUMULADORES LATINOAMERICANOS S.A.C., SOCIEDAD MINERA REFINERIA DE ZINC CAJAMARQUILLA S.A., TELEFONICA MOVILES S.A., TRABAJOS ADUANEROS S.A., y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARINOS, mediante los cuales existia el compromiso de prestacion del servicio, a cambio del pago por dicho concepto; Que, de acuerdo a la Clausula Decimo Tercera y Decimo Cuarta de los citados convenios, se establecio que este podia ser resuelto de pleno derecho, ante el incumplimiento de pago pactado por parte del usuario, como en efecto ha sucedido, conforme se advierte de los Informes contenidos en los documentos del visto, emitidos por la Subgerencia de Tesoreria; Que, COTECNA INSPECTION S.A. ha incumplido con el pago del mes de octubre del 2005, generando una deuda ascendente a la suma de S/. 53.00 Nuevos Soles; ACUMULADORES LATINOAMERICANOS S.A.C. ha incumplido con el pago de los meses de noviembre y diciembre del 2005, generando una deuda ascendente a la suma de S/. 106.00 Nuevos Soles; SOCIEDAD MINERA REFINERIA DE ZINC CAJAMARQUILLA S.A. ha incumplido con el pago de los meses de noviembre y diciembre del 2005, generando una deuda ascendente a la suma de S/. 106.00 Nuevos Soles; TELEFONICA MOVILES S.A. ha incumplido con el pago de los meses de noviembre y diciembre del 2005, generando una deuda ascendente a la suma de S/. 106.00 Nuevos Soles; TRABAJOS ADUANEROS S.A., ha incumplido con el pago del mes de noviembre del 2005, generando una deuda ascendente a la suma de S/. 53.00 Nuevos Soles; y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARINOS, ha incumplido con el pago de los meses de noviembre y diciembre del 2005, generando una deuda ascendente a la suma de S/. 124.00 Nuevos Soles; Que, las empresas descritas anteriormente han sido requeridas en reiteradas oportunidades a efectos de cancelar la deuda que tienen pendiente, pese a que el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil ha cumplido con prestar el servicio; Que, en virtud a los considerandos MORDAZA expuestos, y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra las empresas MORDAZA mencionadas; De conformidad con las atribuciones contenidas en la Ley Nº 26497 - Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y en el inciso h) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 1183-2005JEF/RENIEC, de fecha 5 de diciembre de 2005;

Articulo Primero.- Resolver el convenio suscrito entre COTECNA INSPECTION S.A., ACUMULADORES LATINOAMERICANOS S.A.C., SOCIEDAD MINERA REFINERIA DE ZINC CAJAMARQUILLA S.A., TELEFONICA MOVILES S.A., TRABAJOS ADUANEROS S.A., y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARINOS, con el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil por incumplimiento de pago del servicio de Consultas en Linea, Via Internet y Suministro de Certificaciones. Articulo Segundo.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado, interponga las acciones legales que correspondan contra COTECNA INSPECTION S.A., ACUMULADORES LATINOAMERICANOS S.A.C., SOCIEDAD MINERA REFINERIA DE ZINC CAJAMARQUILLA S.A., TELEFONICA MOVILES S.A., TRABAJOS ADUANEROS S.A., y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARINOS, a efectos del cobro de la suma adeudada. Articulo Tercero.- Remitase los actuados al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 11657

Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 667-2006-JEF/RENIEC MORDAZA, 28 de junio de 2006 VISTOS: El Oficio Nº 000472-2006/SGDAR/GP/RENIEC, y el Informe Nº 000537-2006-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 18 de MORDAZA del 2006; y, CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Procesos, a traves de la Subgerencia de Depuracion y Archivo Registral, organo de linea encargado de la depuracion y actualizacion de datos del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, han detectado que ciudadanos no identificados, han obtenido irregularmente inscripciones a nombre de los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MIOTA, MORDAZA ARHUATA LAQUI, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, INDALICIO MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA ACOSTA; Que, mediante los Informes periciales practicados, se concluye que existe suplantacion de identidad en las inscripciones detalladas precedentemente, puesto que las impresiones dactilares pertenecen a personas biologicas distintas; Que, si bien la entonces llamada Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central mediante Resolucion Nº 453-2005-GP/SGDAC-RENIEC, procedio a la exclusion de las Inscripciones Nº 07831682, Nº 07420828, Nº 01888688, Nº 80308554, Nº24473038, Nº 41506615, Nº 01012416 y Nº 23176362, y como consecuencia los Documentos Nacionales de Identidad emitidos se encuentran cancelados, esto en resguardo de la identidad de las personas, titulares de las mismas; de los hechos MORDAZA descritos, se desprende que el comportamiento realizado por ciudadanos no identificados, al haber declarado datos falsos en instrumento publico, con el objeto de suplantar la identidad de ciudadanos inscritos validamente en el Registro, perjudicando de esta forma la seguridad juridica registral,

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