Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2006 (10/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano lunes 10 de MORDAZA de 2006

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NORMAS LEGALES

323391

Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido las Ordenes de Inspeccion Nºs. 1122-2006-MTC/12.04-SDA y 11232006-MTC/12.04-SDA designando a los Inspectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Mendives MORDAZA, respectivamente, para realizar las inspecciones tecnicas para la expedicion de MORDAZA de Conformidad a la aeronave Kamov Ka-32a11BC de matricula C-GKHL y de la estacion de la empresa Helinka S.A.C., en la MORDAZA de MORDAZA, British MORDAZA, Canada, durante los dias 10 al 13 de MORDAZA de 2006; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje de los referidos Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que les asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedan realizar las inspecciones tecnicas a que se contraen las Ordenes de Inspeccion Nºs. 11222006-MTC/12.04-SDA y 1123-2006-MTC/12.04-SDA; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto de Urgencia Nº 006-2006; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Mendives MORDAZA, Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, a la MORDAZA de MORDAZA, British MORDAZA, Canada, durante los dias 10 al 13 de MORDAZA de 2006, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido integramente cubierto por la empresa Helinka S.A.C. a traves de los Recibos de Acotacion Nº 17835, 17836, 17837 y 17838, abonados a la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viaticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos (por dos Inspectores) Tarifa por Uso de Aeropuerto (por dos Inspectores) US$ 1,760.00 US$ 60.50

Direccion General de Caminos y Ferrocarriles, es el organo rector y normativo de la actividad ferroviaria publica o privada, a nivel nacional; Que, la Sexta Disposicion Transitoria, Complementaria y Final del referido Reglamento, establece, asimismo, que la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles emitira las disposiciones complementarias necesarias para su mejor aplicacion; Que, al MORDAZA de dicha MORDAZA, la citada Direccion General ha constituido, mediante las Resoluciones Directorales Nºs. 002 y 009-2006-MTC/14 de fechas 16 de enero y 28 de febrero del 2006, respectivamente, una Comision Tecnica encargada de plantear las mencionadas disposiciones complementarias; Que, el Reglamento Nacional de Ferrocarriles ha establecido en su articulo 6º, que las vias ferreas del MORDAZA se clasifican de acuerdo a: i) el ambito territorial, en nacionales, regionales y locales, ii) la titularidad de la via ferrea, en publicas y privadas, y iii) la MORDAZA velocidad de operacion permisible, en clases de via del 1 al 5; Que, de otro lado, el Reglamento Nacional de Ferrocarriles establece en su articulo 7º, que: el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a traves de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles, es la Autoridad Competente en cuanto a las vias ferreas nacionales. En ese sentido, resulta necesario identificar tales vias ferreas, siguiendo los parametros establecidos por el articulo 6º del citado Reglamento; Que, la citada Comision Tecnica en Informe Nº 0082006-MTC/14.C.T.R.N.F. de fecha 20 de MORDAZA del 2006, y la Direccion de Normatividad Vial de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles en Informe Nº 007-2006MTC/14.04.01 de fecha 5 de MORDAZA del 2006; han sustentado la relacion de las vias ferreas nacionales. Tales documentos se incorporan a la presente Resolucion en aplicacion del numeral 6.2 del articulo 6º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en virtud de lo expuesto es pertinente dictar el acto administrativo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27791 de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, D.S. Nº 041-2002-MTC y su modificatorio D.S. Nº 017-2003-MTC, y en uso de las atribuciones conferidas por la Resolucion Ministerial Nº 932-2004-MTC/02; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Identificar las vias ferreas existentes en el MORDAZA que se encuentran bajo competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; de acuerdo a lo siguiente: a) Vias Ferreas Publicas: Aquellas vias cuyo titular es el Estado y corresponden a los siguientes ferrocarriles: - Ferrocarril del Centro. Comprende la via Callao-La Oroya-Huancayo, asi como sus Ramales: La OroyaCerro de Pasco, Tambo-Jauja y Cut Off-Huascacocha, y se encuentra concesionada a la empresa Ferrovias Central MORDAZA S.A. - Ferrocarril Sur. Comprende la via Matarani-IslayTres Cruces-Juliaca-Cusco y sus Ramales: Tres CrucesArequipa, Juliaca-Puno y Empalme (Km. 7.000)-Mollendo, y se encuentra concesionada a la empresa Ferrocarril Transandino S.A. - Ferrocarril Sur Oriente. Comprende la via CuscoHidroelectrica y su Ramal Pachar-Urubamba y se encuentra concesionada a la empresa Ferrocarril Transandino S.A. - Ferrocarril Huancayo-Huancavelica. Comprende la via Huancayo-Huancavelica y es administrada por la Institucion Publica Descentralizada Ferrocarril Huancayo-Huancavelica, dependiente del Sector Transportes y Comunicaciones. - Ferrocarril Tacna-Arica. Comprende la via TacnaArica y es administrada por el Gobierno Regional de Tacna. b) Vias Ferreas Privadas: Aquellas vias cuyo titular es una persona privada y corresponden a los siguientes ferrocarriles: - Ferrocarril MORDAZA Clara-Cajamarquilla. Comprende la via MORDAZA Clara-Cajamarquilla y es de propiedad de la

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspectores mencionados en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, deberan presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, descr ibiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 11942

Identifican vias ferreas publicas y privadas que se encuentran bajo competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 034-2006-MTC/14 MORDAZA, 21 de junio de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 032-2005-MTC, se aprobo el Reglamento Nacional de Ferrocarriles, el mismo que, en su articulo 8º, establece que el Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, a traves de la

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