Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2006 (10/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano lunes 10 de MORDAZA de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

323381

CONSIDERANDO: Que, con fecha 31 de MORDAZA de 2002, el Instituto Nacional de Recursos Naturales y la empresa Jones Forestales S.A.C., suscriben el Contrato de Concesion Forestal con Fines Maderables Nº 25-PUC/C-J-063-02 para el aprovechamiento de los recursos forestales de las Unidades de Aprovechamiento Nºs. 202, 203, 204 y 205 cuyas superficies son de 6327, 7260, 6677 y 5298 ha. respectivamente haciendo un total de 25562 ha. ubicadas en el Bosque de Produccion Permanente de Ucayali; Que, mediante Resolucion de Intendencia Nº 1142003-INRENA-IFFS de fecha 24 de setiembre de 2003, la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA aprueba el Plan Operativo Anual de la primera zafra de la referida empresa; Que, mediante Resolucion de Intendencia Nº 0902005-INRENA-IFFS de fecha 29 de MORDAZA del 2005, se aprueba el Plan General de Manejo Forestal del concesionario mencionado, en una superficie de 25562 ha. cuya area se ubica entre los distritos de Iparia y Masisea, provincia de MORDAZA Portillo, departamento de Ucayali; Que, asimismo, mediante Resolucion de Intendencia Nº 110-2005-INRENA-IFFS, de fecha 29 de MORDAZA del 2005, se aprueba el Plan Operativo Anual de la MORDAZA zafra, en una superficie de 1278.1 ha., cuya area se ubica entre los distritos de Iparia y Masisea, provincia de MORDAZA Portillo, departamento de Ucayali;

Que, mediante Resolucion de Intendencia Nº 1612005-INRENA-IFFS de fecha 29 de MORDAZA del 2005, la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA aprueba el Plan Operativo Anual correspondiente a la tercera zafra; Que, mediante Carta Nº 010-2005-INRENAOSINFOR, de fecha 3 de noviembre del 2005, la Gerencia de OSINFOR notifica a la empresa Jones Forestales S.A.C. sobre la realizacion de la supervision de la Parcela de Corta Anual del Plan Operativo Anual 2004-2005, correspondiente a la MORDAZA zafra, para lo cual solicita se designe a un representante de la empresa; Que, en este sentido, mediante Carta S/N de fecha 14 de noviembre de 2005 se designa al senor Helbert MORDAZA Jones MORDAZA como representante de Jones Forestales S.A.C., quien participo en dicha supervision, la que se realizo del 16 al 17 de noviembre de 2005, y tuvo como objetivos: a) La verificacion de los tocones o arboles en pie presentados en el Plan Operativo Anual de la MORDAZA zafra, y b) La supervision de las actividades correspondientes al Plan Operativo Anual de la MORDAZA zafra; siendo que sus resultados seran analizados posteriormente en la presente Resolucion; Que, previamente, es necesario senalar que el numeral 15.2 del articulo 15º de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, Ley Nº 27308, establece que para cualquier modalidad de aprovechamiento de los recursos forestales, con fines comerciales o industriales, se requiere de un Plan de Manejo Forestal aprobado por el INRENA. En ese sentido los titulares de los contratos de

COMUNICADO OFICIAL Nº 007-2006-CG
Se hace de conocimiento de los Jefes de los Organos de Control Institucional (OCI) y Titulares de las Entidades sujetas al ambito del Sistema Nacional de Control, que durante el MORDAZA de transferencia de gobierno que se viene llevando a cabo, se debera tener en cuenta lo siguiente: 1. Conforme a lo establecido en el articulo 14º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, el ejercicio del control gubernamental se efectua bajo la autoridad normativa y funcional de la Contraloria General de la Republica. 2. Los Jefes de los Organos de Control Institucional (OCI) deberan entregar a los representantes acreditados ante la Entidad para el MORDAZA de transferencia de gobierno, la informacion vinculada con el ejercicio de la funcion de control durante su gestion, en la forma y detalle que se indica a continuacion:
Acciones de Control efectuadas Objetivo Alcance Nº de Informe y, de ser el caso, Nº de Resolucion Titulo del Informe Situacion de medidas correctivas

3. A la informacion referida en el numeral precedente, se incluira un resumen del estado situacional del Organo de Control Institucional (OCI), el cual debera contener: recursos presupuestales asignados, capacidad operativa y la modalidad de contratacion, entre otros (articulos 17º y 19º de la Ley Nº 27785, modificada por Ley Nº 28557, y articulos 5º y 6º, inciso a), del Reglamento de Infracciones y Sanciones, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 367-2003-CG. 4. Es responsabilidad del Titular de la Entidad proporcionar a los representantes acreditados para el MORDAZA de transferencia, informacion al detalle sobre la implementacion de las recomendaciones efectuadas por el Sistema Nacional de Control (SNC). 5. Los Titulares de las Entidades, al final de su gestion y conjuntamente con la entrega del cargo, estan obligados a remitir a la Contraloria General de la Republica, el Informe Final de Rendicion de Cuentas; siendo asimismo responsables de fomentar y supervisar la oportuna y efectiva rendicion de cuentas de los funcionarios y servidores publicos de la Entidad, ante sus superiores jerarquicos, conforme a lo senalado por el articulo 7º de la Ley Nº 27785 y la Directiva Nº 008-2001-CG/OATJ, aprobada por Resolucion de Contraloria Nº 054-2001-CG. MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2006 SECRETARIA GENERAL CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA
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