Norma Legal Oficial del día 25 de marzo del año 2006 (25/03/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, sabado 25 de marzo de 2006 PASAJES: Lima-Bogota-Lima (ida y vuelta) US$ 490.41 x 3 Personas VIATICOS: US$ 200.00 x 05 dias x 3 personas Tarifa Unica de uso de Aeropuerto US$ 30.25 x 3 Personas

NORMAS LEGALES

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Articulo 3º.- El General de Ejercito Comandante General del Ejercito, queda facultado para variar la fecha de inicio y/o termino del Nombramiento, sin exceder el periodo total establecido. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneraciones ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 05430

De conformidad con el inciso f) del Articulo 19º, y con el inciso a) del Ar ticulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0832004-PCM de fecha 29 de noviembre del 2004, que establecen que cuando los bienes no admiten sustitutos, las exoneraciones se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad; y contando con el Informe Tecnico-Economico emitido por la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, el Informe Legal emitido por la Oficina de Asesoria Juridica, con la visacion del Director de la Oficina General de Administracion y con la opinion del Director Tecnico del SENAMHI; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica Nº 0003-2006-SENAMHI, para la adquisicion de radiosondas RS92-SGP directamente a la Cia. VAISALA OYJ de Finlandia, por ser el fabricante; por estandarizacion y por cuanto los bienes a adquirir no admiten sustitutos; bajo los INCOTERMS-2000 CIP-Callao, Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez", Lima-Peru"; de acuerdo al siguiente detalle:
ITEM CANTIDAD ESPECIFICACIONES TECNICAS 1.- 384 Und. Radiosondas completos para equipos RWS Codigo RS92-SGP Importe Total CIP-Callao, Lima-Peru : P.UNIT. P. TOTAL

Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de radiosondas para el SENAMHI
RESOLUCION JEFATURAL Nº 0061-SENAMHI-JSS-OGA-OAS/2006 MORDAZA, 20 de marzo de 2006 VISTO: El Oficio Nº 141-SENAMHI-OGA-OAS/2006 de fecha 10 de marzo del 2006 mediante el cual, el Director de la Oficina General de Administracion dando cumplimiento a los dispositivos legales vigentes, solicita se emita la Resolucion Jefatural autorizando la ejecucion del MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia por Exoneracion Nº 0002-2006-SENAMHI por la adquisicion de radiosondas RS92-SGP para los equipos Radio Viento Sonda MORDAZA VAISALA modelo Digicora III MW21; CONSIDERANDO: Que, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del SENAMHI correspondiente al Ano Fiscal 2006 financiado con Recursos Ordinarios, en el MORDAZA de ADP Nº 0003-2006-SENAMHI se encuentra programado la adquisicion de radiosondas RS92-SGP para ser utilizados en los equipos de Radio Viento Sonda Digicora III MW21marca VAISALA, para dar cumplimiento al Plan Anual de Sondeo del SENAMHI2006; Que, la Oficina General de Administracion con el Oficio Nº 131-SENAMHI-OGA-OAS/2006 de fecha 7 de marzo del 2006, remite el Infor me TecnicoEconomico Nº 002-2006-SENAMHI-OGA-OAS a la Oficina de Asesoria Juridica, en el que se sustenta que la adquisicion de los radiosondas RS92-SGP se efectue directamente al fabricante de los equipos Radio Viento Sonda, por estandarizacion y porque los bienes no admiten sustitutos; a fin de que elabore su informe legal sustentando la exoneracion del MORDAZA de seleccion; Que, la Oficina de Asesoria Juridica con el Oficio Nº 063-SENAMHI-OAJ/2006 de fecha 9 de marzo de 2006 remite el Informe Legal Nº 002-SENAMHI-OAJ/ 2006, recomendando que la adquisicion de los materiales se efectue directamente a la Cia. VAISALA OYJ fabricante de los equipos de Radio Viento Sonda; teniendo en cuenta la normatividad de los procesos de adquisicion de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por lo que es necesario determinar los procedimientos establecidos por Ley, para la Exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa;

214.52 82,375.68 EUROS 82,375.68

Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares del SENAMHI, para llevar a cabo el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia por Exoneracion Nº 0002-2006-SENAMHI, hasta por el importe total de 82,375.68 Euros, que al MORDAZA de cambio de S/. 4.05 da el monto total aproximado de Trescientos Treinta y Tres Mil Seiscientos Veintiuno y 50/100 Nuevos Soles (S/. 333,621.50); los mismos que se encuentran financiados con Recursos Ordinarios, debiendo celebrarse el contrato de adquisicion con los requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantias de ley. Articulo 3º.- Disponer que la Oficina General de Administracion, remita MORDAZA de la presente Resolucion y de los informes que sustentan esta exoneracion, a la Contraloria General de la Republica, al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y al Viceministerio de Asuntos Logisticos y de Personal del Ministerio de Defensa; asi como su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe del SENAMHI 05511

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban "Directiva para la Concertacion de Operaciones de Endeudamiento Publico"
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 05-2006-EF/75.01 MORDAZA, 17 de marzo de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, se establecen las normas generales que rigen los procesos fundamentales del Sistema Nacional de Endeudamiento, entre los cuales se encuentra el MORDAZA de concertacion;

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