Norma Legal Oficial del día 25 de marzo del año 2006 (25/03/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, sabado 25 de marzo de 2006

NORMAS LEGALES

Pag. 315477
FE DE ERRATAS RESOLUCION SBS Nº 340-2006

MORDAZA Turriate MORDAZA, Fiscal Adjunto Superior Titular de la Fiscalia Especializada del Despacho de la Fiscalia de la Nacion, mientras dure la ausencia de la Fiscal Adjunta Suprema Titular. Articulo Cuarto.- Encargar la Presidencia de la Unidad de Cooperacion Judicial Internacional y de Extradiciones de la Fiscalia de la Nacion, al doctor MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Vucetich, Asesor del Despacho de la Fiscalia de la Nacion, mientras dure la ausencia de la Fiscal Adjunta Suprema Titular. Articulo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente, al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Ministro de Justicia, Ministro de Relaciones Exteriores, a la Gerencia General, Gerencia de la Oficina de Registro de Fiscales, Gerencia Central de Finanzas, Gerencia de Tesoreria, Fiscal Adjunta Suprema designada, Fiscal Adjunto Superior encargado, y al Asesor mencionado, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 05340

Mediante Oficio Nº 5297-2006-SBS la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion SBS Nº 340-2006, publicada en la edicion del 18 de marzo de 2006. En el Articulo Primero Titulo del literal j) del articulo 9º DICE: j) Naturaleza de la obligacion infringida.DEBE DECIR: j) Caracteristicas particulares del infractor.Ultima linea del MORDAZA parrafo del articulo 26º. DICE:

SBS
Autorizan a la EDPYME Confianza la apertura de agencia en el distrito de Chaupimarca, provincia de Pasco
RESOLUCION SBS Nº 298-2006 MORDAZA, 9 de marzo de 2006 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la EDPYME Confianza para que se le autorice la apertura de una Agencia en el distrito de Chaupimarca, provincia y departamento de Pasco; y, CONSIDERANDO: Que la EDPYME Confianza en sesion de Directorio Nº 109 del 17.12.2005, aprobo la apertura de la Agencia Pasco en el distrito de Chaupimarca, provincia y departamento de Pasco; Que, la empresa recurrente ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica la apertura solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion Microfinanciera "C", mediante Informe Nº 0062006-DEM "C"; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, con la Circular Nº EDPYME 118-2005, en virtud de la facultad delegada por Resolucion SBS Nº 1096-2005; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la EDPYME Confianza la apertura de la Agencia ubicada en el Jr. MORDAZA MORDAZA Nº 116 y 116 - A, con frente a la Plaza MORDAZA, distrito de Chaupimarca, provincia y departamento de Pasco. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 05463

"..., mas los correspondientes intereses." DEBE DECIR: "..., mas los correspondientes intereses legales." 05451

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INACC
Autorizan publicacion del Padron Minero actualizado al 31 de diciembre de 2005
RESOLUCION JEFATURAL Nº 1176-2006-INACC-J MORDAZA, 22 de marzo de 2006 VISTO; el Informe Nº 244-2006-INACC-DGDV de fecha 21 de marzo de 2006 de la Direccion General de Derecho de Vigencia y Desarrollo; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el MORDAZA parrafo del articulo 1º del Decreto Supremo Nº 052-99-EM, se dispone que a partir del 1º de enero del ano 2000, el pago del Derecho de Vigencia de petitorios, denuncios, concesiones mineras, concesiones de beneficio, de labor general y de transporte, se efectuara sobre la base del Padron Minero actualizado al 31 de diciembre de cada ano, elaborado por el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero; el cual estara automatizado e integrado con una o mas entidades del sistema financiero nacional; Que, el pago del Derecho de Vigencia y/o Penalidad se realizara de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 010-2002-EM, que modifica el primer parrafo del articulo 4º del Decreto Supremo Nº 029-2001-EM; Que, se encuentra pendiente de expedicion la Resolucion Directoral que aprueba el listado de concesiones mineras cuyos titulares no han cumplido con acreditar la produccion o inversion minima del ano 2004, en observancia al articulo 78º del Decreto Supremo Nº 03-94-EM y a la Resolucion Directoral Nº 201-2005MEM-DGM;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.