Norma Legal Oficial del día 25 de marzo del año 2006 (25/03/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

MORDAZA, sabado 25 de marzo de 2006

NORMAS LEGALES

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CAPITULO II NATURALEZA DEL BENEFICIO

Otorgan Beneficio Administrativo a la Regularizacion de Edificaciones
ORDENANZA Nº 213-MPL Pueblo Libre, 23 de marzo del 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 003-2006-MPL/CPL-CPDU de la Comision Permanente de Desarrollo Urbano; y, CONSIDERANDO: Que, los articulos 194º, 195º inciso 8) y 197º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que las municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, senala que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, senala que la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el Art. 92º de la Ley Nº 27972, establece que toda obra de construccion, reconstruccion, conservacion, refaccion o modificacion de inmueble, sea publica o privada, requiere de licencia del gobierno local, dentro de cuya jurisdiccion se halla el inmueble; Que, con fecha 28 de febrero de 2004, se publico en el Diario Oficial El Peruano, la Ordenanza Nº 136-MPL, la cual entre otros aspectos, aprueba y declara de interes prioritario, la actualizacion catastral en el distrito de Pueblo Libre y concede beneficios administrativos y tributarios a los contribuyentes que brinden las facilidades para la fiscalizacion de sus predios y culminen con su firma, el MORDAZA de actualizacion catastral; Que, el beneficio permite que los administrados que hubieran efectuado modificaciones, ampliaciones o demoliciones hasta el 15 de marzo del 2006, puedan regularizar su situacion legal ante esta Municipalidad; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tr ibutario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, la deuda tributaria solo podra ser condonada por MORDAZA expresa con rango de ley. Excepcionalmente, los gobiernos locales podran condonar con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren; En uso de las atribuciones conferidas en los articulos 9º numeral 8) y 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el pleno del Concejo por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA CAPITULO I OBJETO Articulo Primero.- La presente ordenanza tiene por objeto otorgar beneficio administrativo a todas las personas que habiendo realizado ampliaciones, modificaciones, remodelaciones y/o demoliciones en inmuebles, sin contar con autorizacion municipal, deseen regularizar su situacion ante esta corporacion. El citado beneficio, comprende a las edificaciones realizadas hasta el 15 de marzo del 2006.

Articulo Segundo.- El beneficio administrativo consiste en la exoneracion de las multas administrativas impuestas por cualquiera de las circunstancias descritas en el articulo primero. La regularizacion se llevara a cabo, conforme al procedimiento establecido en el articulo MORDAZA, debiendo la Municipalidad disponer la entrega gratuita del formulario unico oficial. CAPITULO III REQUISITOS DEL BENEFICIO Articulo Tercero.- Los interesados en acogerse al presente beneficio administrativo para la regularizacion de Licencia de Obra, (modificaciones, ampliaciones, construcciones nuevas y demoliciones), podran presentar declaracion jurada de cumplir con adecuarse al procedimiento establecido en la presente Ordenanza, adjuntando en un plazo MORDAZA de treinta (30) dias, los siguientes requisitos: 1. Hoja de Tramite y For mulario Unico Oficial, adjuntando anexo "D", suscrito por el propietario y el profesional correspondiente. 2. MORDAZA actualizada de la Ficha Registral de Propiedad. 3. Recibo de pago por los derechos de Revision de Proyecto (0.5% del valor de la obra, minimo 2.5% del UIT). 4. Plano de localizacion y ubicacion, planos de Arquitectura (incluyendo planta, cortes y elevaciones) a escala conveniente. 5. Carta de responsabilidad, suscrita por arquitecto o ingeniero. 6. Autorizacion de la Junta de Propietarios o de los copropietarios, en caso de ser necesario. 7. Declaracion de Fabrica cuando se trate de ampliaciones, remodelaciones y/o reparaciones. 8. Pago del derecho de Licencia (2.5% del valor de la obra, minimo 2.5% del UIT). CAPITULO IV PROCEDIMIENTOS Articulo Cuarto.- Para los casos descritos en la presente Ordenanza, el procedimiento sera simplificado, debiendo la Municipalidad revisar, dictaminar y liquidar los expedientes tecnicos que seran revisados y evaluados en un plazo no mayor de veinte (20) dias calendario. Las observaciones a los expedientes tecnicos desaprobados u observados, deberan realizarse necesariamente mediante una esquela. DISPOSICIONES FINALES Primera.- El plazo para acogerse al beneficio sera de seis (6) meses a partir de la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano". Segunda.- Para los efectos de la presente ordenanza, sera de aplicacion el Decreto de Alcaldia Nº 004-2004-MPL, que aprobo el Reglamento de la Ordenanza Nº 140-MPL. Tercera.- Estan comprendidos dentro de los alcances de la presente MORDAZA, los expedientes tecnicos de regularizacion de licencia de obra que cuenten con los requisitos exigidos y que hayan sido presentados a partir del 1 de enero del 2006. Cuarta.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, el cumplimiento de la presente ordenanza asi como tambien proponer a los integrantes de la Comision Especial de Proyectos. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. TACCHINO D. MORDAZA 05510

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